¿Qué ocurre con los solicitantes de asilo tras la entrada en vigor de la nueva normativa?
La Disposición Transitoria 5ª del Reglamento de Extranjería 2024 introduce medidas específicas para quienes hayan solicitado asilo y cuya solicitud haya sido denegada o desestimada antes de la entrada en vigor de la normativa, el 20 de mayo de 2025.
Requisitos para solicitar el arraigo:
- Permanencia en España: Haber permanecido en territorio español durante al menos 6 meses en situación irregular antes de la presentación de la solicitud.
- Cumplimiento de requisitos generales: Cumplir las condiciones necesarias para obtener una autorización de residencia por razones de arraigo, ya sea sociolaboral, socioformativo o de segunda oportunidad, según el caso.
Plazo para solicitar el arraigo:
- Los interesados podrán presentar su solicitud dentro de un plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de la normativa (hasta el 20 de mayo de 2026).
- Posibilidad de ampliación: Este plazo podría ser prorrogado por decisión del Consejo de Ministros, si lo consideran oportuno.
Recomendación clave:
Si actualmente eres solicitante de asilo y no has recibido una resolución favorable, se recomienda valorar la opción de desistir de la solicitud de asilo. Esta estrategia tiene varias ventajas:
- Archivado del expediente: Al desistir formalmente, se generará un archivo oficial de tu expediente, lo que puede ser útil como soporte documental en el futuro.
- Cómputo del tiempo para el arraigo: El tiempo de estancia acumulado durante el proceso de asilo podría computarse para cumplir el requisito de permanencia exigido en las nuevas modalidades de arraigo (mínimo 6 meses).
Importancia de actuar con asesoramiento
Antes de tomar cualquier decisión, se recomienda buscar asesoría legal especializada para evaluar cómo impacta tu situación personal y los posibles beneficios de optar por estas medidas. La nueva normativa ofrece oportunidades de regularización, pero es fundamental cumplir estrictamente los requisitos establecidos para evitar rechazos.
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