Ampliación de plazos administrativos por el apagón eléctrico del 28 de abril: ¿cómo te afecta si estás tramitando extranjería o nacionalidad?

Ampliación de plazos administrativos por el apagón eléctrico del 28 de abril: ¿cómo te afecta si estás tramitando extranjería o nacionalidad?

Ampliación de plazos administrativos por el apagón eléctrico del 28 de abril: ¿cómo te afecta si estás tramitando extranjería o nacionalidad?

El pasado 28 de abril, una interrupción generalizada del suministro eléctrico afectó gravemente al funcionamiento de múltiples servicios en toda la península, incluyendo las plataformas electrónicas de las administraciones públicas. Esta situación provocó el colapso de sistemas como Mercurio, la Sede Electrónica de Extranjería, Cl@ve y otros portales clave para quienes están tramitando su nacionalidad, residencia o cualquier expediente administrativo.

Ante esta emergencia, el Consejo de Ministros ha aprobado una medida urgente para evitar que se produzcan caducidades o perjuicios por los retrasos. Veamos qué dice exactamente el BOE y cómo puede beneficiarte si estás en medio de un procedimiento.

¿Qué establece la Orden PJC/414/2025 publicada en el BOE?

El BOE número 105 del 1 de mayo de 2025 recoge el Acuerdo del Consejo de Ministros del 30 de abril, por el cual se amplían los términos y plazos administrativos debido al apagón eléctrico nacional del 28 de abril. Esta ampliación se apoya en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, que permite prorrogar plazos cuando una incidencia técnica impide el funcionamiento normal de las plataformas electrónicasBOE-A-2025-8712.

¿Hasta cuándo se amplían los plazos?

La orden establece que los plazos se extenderán hasta las 0:00 horas del 6 de mayo de 2025. Es decir, si tuviste que presentar un escrito, recurso, alegación, o si vencía el plazo para responder a un requerimiento entre el 28 de abril y el 6 de mayo, cuentas con esta prórroga legalBOE-A-2025-8712.

¿A quién aplica esta ampliación?

Esta medida afecta a todo el sector público, es decir, se aplica a trámites con cualquier administración pública, incluyendo:

  • Nacionalidad española por residencia o por Ley de Memoria Democrática.

  • Renovaciones y modificaciones de permisos de residencia.

  • Recursos administrativos.

  • Respuestas a requerimientos de Extranjería.

  • Solicitudes de asilo.

  • Presentación de documentación pendiente.

¿Qué significa esto en la práctica?

Desde mi experiencia como abogada de extranjería, esta ampliación es clave para evitar caducidades automáticas o denegaciones por “fuera de plazo” en procedimientos en curso. Muchas personas no pudieron acceder a sus expedientes, presentar documentación o recibir notificaciones debido al colapso de las plataformas.

Este tipo de medidas son excepcionales, pero muy necesarias cuando se trata de garantizar el derecho a un procedimiento justo, especialmente para quienes dependen del funcionamiento digital de las administraciones.

¿Qué debes hacer si se vio afectado tu expediente?

  1. Verifica si tenías un plazo que vencía entre el 28 de abril y el 5 de mayo.

  2. Prepara y presenta tu documentación cuanto antes, incluyendo una referencia a la ampliación aprobada.

  3. Guarda justificantes de cualquier incidencia técnica (pantallazos, emails de error, etc.).

  4. Consulta con un profesional si tienes dudas sobre cómo justificar tu actuación o si el sistema sigue fallando.

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