Presentación del nuevo Reglamento de Extranjería
III Congreso de Extranjería de Almería – Abril 2025
PRINCIPALES NOVEDADES DEL NUEVO REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY ORGÁNICA DE EXTRANJERÍA
La población extranjera en cifras
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Personas extranjeras residentes en España: casi 7 millones, aproximadamente el 14 % de la población total.
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2,9 millones de personas extranjeras afiliadas a la Seguridad Social.
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Representan el 13,6 % del total
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16 % del total de autónomos
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Según el OPI, en 2023 se expidieron más de 1.300.000 visados en oficinas consulares.
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84 % visados de corta duración
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16 % visados de larga duración
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Impacto económico y social
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España pierde 17.000 millones de euros y un 1,3 % del PIB por la discriminación laboral y educativa de la población extranjera.
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48 % del contenido en redes contra los migrantes es violento o explícito (Informe del OBERAXE).
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Banco Mundial y Comisión Europea estiman que España necesita 250.000 migrantes al año para sostener el estado del bienestar.
Línea temporal de reformas
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2011: Aprobación del anterior RLOEX
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2018: 1ª modificación (Directiva de estudiantes)
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2021: 2ª modificación (capítulo menores acompañados)
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2022: 3ª modificación (arraigos)
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2024: NUEVA REFORMA – la más ambiciosa e integral
Objetivos de la reforma
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Menos trámites
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Más protección para trabajadores y empleadores
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Más seguridad jurídica
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Más vías regulares
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Más agilidad
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Alineación con el marco normativo de la Unión Europea
Cambios claves en visados y residencia
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Creación de un título específico para los visados
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Se organiza la competencia entre consulados y Oficinas de Extranjería
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Ya no es necesario abandonar el país para pasar de residencia temporal a larga duración
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Todos los visados tienen una vigencia máxima de 1 año
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El visado de búsqueda de empleo se configura como visado de residencia durante 12 meses
Figuras de estancia y residencia
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Estancia de corta duración
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Estancia de larga duración
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Residencia
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Tránsito aeroportuario
Nueva regulación de arraigos
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España sigue siendo el único país de la UE con una figura específica para que una persona en situación irregular pueda pasar a situación regular: el arraigo
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Se crea el arraigo de segunda oportunidad para quienes han perdido una autorización anterior
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Se mantiene el arraigo familiar, sociolaboral y socioformativo
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Reducción de plazos: se reduce de 3 a 2 años el periodo exigido para acceder al arraigo social
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Salvo en el arraigo familiar, que no exige plazo mínimo
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Cambios en el ámbito educativo
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Registro obligatorio de centros e instituciones
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Modalidad híbrida: al menos el 50 % de clases deben ser presenciales
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Máxima de 30 h/semana de trabajo permitido
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Mayor transparencia y control para evitar academias fraudulentas
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Facilita la transición a residencia y trabajo para quienes obtengan el título
Contratación y empleo
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Se mejora la contratación en origen
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El permiso de residencia va asociado al permiso de trabajo
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En el arraigo social: ya no se exige el informe de integración si se acreditan vínculos familiares
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Mayor cobertura y seguridad para trabajadores y empresas
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1 año inicial + 4 años de renovación
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Se simplifican procesos
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Se potencia la colaboración con terceros países y agentes sociales
Reagrupación familiar
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Se amplían los supuestos de reagrupación:
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Cónyuge: ya no es necesario estar casado ni ser pareja registrada
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Hijos: edad ampliada hasta los 26 años
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Descendientes y ascendientes a cargo
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Padres de hijos españoles
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Cuidador de español
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Familia extensa
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Se incluye el derecho a reagrupación de familiares de víctimas de:
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Violencia de género
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Violencia sexual
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Trata de personas
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Efectos esperados de la reforma
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Reducción de la burocracia
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Mejora en la tramitación y unificación de criterios
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Mayor atracción y retención de talento
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Mejora de la competitividad de las empresas españolas
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Mejor integración social y económica de trabajadores extranjeros
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Posibilidad de trabajar desde el primer momento, sin necesidad de autorización inicial
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