¿Pueden los familiares de estudiantes solicitar su estancia desde España SEM 3/2025?

¿Pueden los familiares de estudiantes solicitar su estancia desde España SEM 3/2025?

 

Sí. La reforma del Reglamento de Extranjería y la publicación de la Instrucción SEM 3/2025 han confirmado algo muy esperado por muchas familias extranjeras: los familiares de estudiantes pueden solicitar su autorización de estancia directamente desde España, siempre que estén en situación regular en el momento de presentar la solicitud.

Este cambio representa una mejora significativa en términos de accesibilidad, agilidad y conciliación familiar, especialmente para quienes desean acompañar o reunirse con un estudiante que cursa estudios superiores en España.

Fundamento legal

Reglamento de Extranjería

El Real Decreto 1155/2024, que reforma el Reglamento de Extranjería (anterior RD 557/2011), regula esta materia en el artículo 54 (sobre procedimiento) y en el artículo 56 (requisitos de los familiares). El nuevo marco ya no impone la exigencia de presentar la solicitud desde el consulado, y permite expresamente la tramitación en territorio español, siempre que se cumplan los requisitos y la persona se encuentre legalmente en el país.

Instrucción SEM 3/2025

La Instrucción Quinta de la SEM 3/2025 es clara al respecto. En el punto 1 se establece:

“En caso de que la persona extranjera vaya a presentar la solicitud de autorización de estancia de larga duración por estudios superiores en territorio español, acogiéndose a la excepción prevista en el segundo párrafo del artículo 54.1, su familiar o la persona que apoye al titular de la autorización podrá presentar su solicitud de forma conjunta siempre y cuando también se encuentre regularmente en territorio español, de forma que estas solicitudes se puedan conceder simultáneamente.INSTRUCCIONES SEM 3_202…

Y continúa, en el punto 2:

“…aunque la persona titular haya presentado su solicitud de visado ante una oficina consular, el familiar o la persona que apoye al titular de la autorización podrá presentar su solicitud posteriormente ante la oficina de extranjería competente, siempre y cuando se encuentre regularmente en territorio español y la autorización de la persona titular ya esté vigente.”

¿Quiénes pueden acogerse?

La solicitud puede ser presentada por:

  • El cónyuge del estudiante.

  • La pareja de hecho acreditada.

  • Hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad.

  • Otras personas que presten apoyo, en los términos definidos por el artículo 56 del Reglamento.

No es necesario esperar fuera de España. Si el familiar ha entrado legalmente (por ejemplo, con visado Schengen o exento de visado según su nacionalidad) y está dentro del periodo autorizado, puede presentar la solicitud desde España.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

  • Situación regular en España al momento de la solicitud.

  • Vínculo familiar acreditado con el estudiante.

  • Medios económicos suficientes por parte del titular (100 % IPREM por cada acompañante).

  • Seguro médico.

  • Alojamiento adecuado.

Además, la autorización del familiar estará siempre subordinada a que el estudiante obtenga o tenga vigente su propia autorización de estancia.

¿Qué beneficios ofrece esta vía?

  • Agiliza la reunificación familiar, permitiendo que la solicitud se presente desde España.

  • Evita viajes innecesarios y trámites ante consulados.

  • Facilita la planificación conjunta del proyecto educativo y familiar.

  • Es una opción legal y plenamente reconocida en la normativa actual.

Agenda ya tu cita con nuestro equipo. Analizaremos tu solicitud, evaluaremos tu situación procesal y te diremos exactamente qué puedes hacer para realizar tus trámites de extranjería, nacionalidad o asilo.
Porque incluso en los casos más difíciles, hay soluciones si actúas a tiempo.

Consulta gratuita sobre extranjería:
Rellena este formulario:
Formulario de consulta gratuita de extranjería

Consulta gratuita sobre nacionalidad española:
Completa este formulario:
Formulario de consulta gratuita de nacionalidad española

Pasos para obtener tu consulta gratuita personalizada de 15 minutos online

Suscríbete a nuestra Newsletter
Al suscribirte, recibirás:

  • Promociones exclusivas
  • Novedades y actualizaciones sobre procesos migratorios.
  • Acceso a consultas gratuitas personalizadas de 15 a 30 minutos (presencial o por videollamada).
    👉 Suscríbete aquí

Síguenos en redes sociales
Mantente informado con los mejores consejos y actualizaciones legales:

Regálanos 5 estrellas
Agenda tu cita aquí

Nota importante:
Para que podamos atenderte en el horario programado, recuerda suscribirte a la newsletter antes de la cita. Este paso es imprescindible para validar tu consulta gratuita.

Comentar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

7 + 15 =