Visado de Residencia No Lucrativa en Miami: FBI + apostillas (federal vs. estatal), autorización a terceros y la carpeta que entra a la primera

Visado de Residencia No Lucrativa en Miami: FBI + apostillas (federal vs. estatal), autorización a terceros y la carpeta que entra a la primera

Bajada: En el Consulado de España en Miami el Visado de Residencia No Lucrativa (RNL) se juega en tres detalles que casi nadie te explica: antecedentes FBI con apostilla FEDERAL (no estatal), médico con apostilla ESTATAL (sobre firma notarial del médico) y autorizaciones/poderes bien hechos si presenta un tercero. Aquí tienes el guion práctico, errores típicos y modelos listos para copiar.

1) Lo que Miami mira primero (y cómo lo “traducimos” a papeles)

  • Penales correctos del país de residencia (en EE. UU. suele ser FBI Identity History Summary) + apostilla federal + traducción jurada al español.
  • Certificado médico con mención al Reglamento Sanitario Internacional (2005), notariado y apostillado a nivel estatal (Secretaría de Estado correspondiente) + traducción jurada si está en inglés.
  • Seguro médico en España por 12 meses, sin copagos ni carencias (mejor con certificado textual).
  • Medios económicos “pasivos” (alquileres, dividendos, intereses, patrimonio líquido disponible). Si paga el cónyuge: matrimonio apostillado + carta bancaria de libre disposición.
  • Alojamiento en España con dirección completa: contrato/precontrato o carta notarial de invitación + título del anfitrión.

2) FBI vs. estatal: la secuencia sin ida y vuelta

  • Penales (FBI): solicita el Identity History Summary del FBI. Una vez emitido, pide la apostilla del U.S. Department of State (nivel federal). Luego haz la traducción jurada al español. Si aportas además penales de otros países de los últimos 5 años: cada uno con su apostilla y, si procede, traducción.
  • Médico: carta del médico con texto RSI 2005, firma original, notarizada. Con esa notarización, solicita la apostilla ESTATAL del estado donde se notarizó. Después, traducción jurada al español si está en inglés.
Regla de oro: documento → apostilla (federal o estatal según toque) → traducción jurada. La traducción debe “ver” la apostilla.

3) ¿Presenta un tercero por ti? Poder/authorization que sí aceptan

  • Si otra persona presenta tu expediente, lleva una autorización/poder firmada por ti, notarizada en EE. UU. y apostillada por la Secretaría de Estado correspondiente (y traducida si está en inglés).
  • Adjunta copia del ID del autorizado y del pasaporte del solicitante.
Modelo breve de autorización (para presentar en ventanilla):
Yo, [Nombre, pasaporte], AUTORIZO a [Nombre y ID del presentante] a presentar, retirar y recibir comunicaciones relativas a mi Visado de Residencia No Lucrativa ante el Consulado General de España en Miami. [Ciudad, Estado], [Fecha]. Firma ante notario. [Apostilla estatal y, si procede, traducción jurada]

4) Traducción jurada: dónde y cómo

Usa traducción jurada al español después de apostillar. Puedes optar por traductor/a jurado/a reconocido/a por autoridades españolas. Evita “traducciones simples” o certificados bilingües sin sello jurado.

5) Cita y formato de entrega: anti-rebote

  • Cita: sigue el canal y formato que indique el Consulado (asunto, datos en línea, un email por solicitante si lo piden). Un asunto mal puesto retrasa semanas.
  • Forma de la carpeta: bloques numerados, cada uno con documento → apostilla → traducción. Añade índice y un resumen financiero (cuánto, origen, periodicidad).
  • Tasas: lleva impreso el justificante conforme al arancel vigente del Consulado, en la modalidad de pago que indiquen.

6) Errores típicos en Miami (y cómo los curamos)

  • FBI con apostilla estatalNo vale. Repite la apostilla a nivel federal (U.S. DoS) y traduce después.
  • Médico sin notarizar (no se puede apostillar) → reemite con firma notarizada y pide apostilla estatal.
  • Seguro “travel” con franquicias → cambia a salud sin copagos ni carencias y pide certificado textual.
  • Autorización simple para presentante → haz notarización + apostilla estatal y anexa ID del autorizado.
  • Traducción antes de apostillar → la traducción debe incluir la apostilla; si no, hay que rehacerla.

7) Plantillas rápidas (copiar y adaptar)

Texto de certificado médico (inglés → español)
“This certificate states that the applicant does not suffer from any of the diseases that can have serious repercussions for public health in accordance with the International Health Regulations (2005).” [Firma del médico, sello del centro, notarización y apostilla ESTATAL → traducción jurada]
Certificado de seguro (literal útil)
La póliza nº [XXXX] proporciona COBERTURA EN ESPAÑA durante 12 meses, SIN COPAGOS, SIN PERÍODOS DE CARENCIA, con hospitalización y asistencia desde el día 1. [Ciudad], [Fecha]. Firma y sello de la aseguradora.
Carta bancaria de libre disposición (si tu cónyuge acredita los fondos)
A petición de nuestro cliente [Titular de la cuenta], esta entidad certifica que [Solicitante, pasaporte] tiene LIBRE DISPOSICIÓN de fondos por [importe/mes o saldo] para su sostenimiento en España durante [periodo]. [Ciudad], [Fecha]. Firma y sello.

8) Dudas rápidas (15 segundos cada una)

  • ¿Sirve el “state background check” en vez del FBI? Para RNL suele pedirse el FBI; el estatal no sustituye al federal.
  • ¿Puedo presentar original del médico sin apostilla? No: al emitirse en EE. UU. necesita apostilla estatal (tras notarizarlo) y, si está en inglés, traducción jurada.
  • ¿Traducciones hechas en EE. UU. valen? Sí, si son juradas al español y aceptadas por el Consulado. Evita traducciones simples.
  • ¿Puedo empadronarme en otra provincia al llegar? Sí. El domicilio declarado solo marcó la competencia; el padrón y la TIE se hacen donde realmente vivas.

Cierre práctico

En Miami, la forma es fondo: FBI + apostilla federal, médico notarizado + apostilla estatal, traducción jurada después, y poderes/autoridades bien armados si presenta un tercero. Si cada afirmación del expediente “tiene su papel”, tu RNL entra a la primera.
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