Regularización extraordinaria 2026: qué significa la nota de prensa oficial y cómo prepararte sin errores

Audiencia pública · 28/01/2026

Regularización extraordinaria 2026: qué significa la nota de prensa oficial y cómo prepararte sin errores

Ya hay comunicación oficial: el Gobierno ha iniciado los trámites y el texto está en audiencia pública. Aun así, el paso clave será el Real Decreto publicado. Mientras llega, puedes adelantar trabajo: reunir pruebas, ordenar fechas y revisar riesgos.

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Lo oficial, en una frase

Lo que se ha publicado oficialmente confirma que el proceso se está tramitando y que se plantea para personas extranjeras que ya viven en España. Por eso, si quieres aprovechar el plazo, lo mejor es preparar el caso antes de abril.

Qué es una nota de prensa y qué NO es

La nota de prensa es una comunicación oficial que explica la medida y marca el enfoque. Sin embargo, no sustituye al BOE. En otras palabras: sirve para entender por dónde va el proceso, pero el detalle final lo fija el texto publicado.

Ahora bien, aunque no sea BOE, sí te da pistas muy claras. De hecho, repite varias ideas: fechas, permanencia, antecedentes y el tipo de autorización.

Fuentes oficiales (enlaces)

  • Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (web): https://www.inclusion.gob.es/w/el-gobierno-inicia-los-tramites-de-un-proceso-de-regularizacion-extraordinaria-para-integrar-a-personas-extranjeras-que-ya-viven-en-espana
  • Nota de prensa (PDF): https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:EU:66b0aa95-97b0-4657-84ff-dacccf09b65a

Nota de prensa: qué dice y qué significa (sin ruido)

Para que lo entiendas rápido, aquí van los puntos que más importan y lo que suelen implicar en la práctica.

  • Estar en España antes del 31/12/2025 → necesitas pruebas con fechas que te sitúen aquí (y que encajen entre sí).
  • Permanencia mínima (se menciona “cinco meses”) → conviene ordenar documentos por meses, sin huecos raros.
  • Antecedentes / orden público → si hubo incidencias, no lo dejes para el último día: se revisa estrategia antes.
  • Autorización que permite trabajar → el enfoque busca regularizar y sacar gente de economía sumergida.
  • Fechas previstas → se habla de solicitudes desde principios de abril y apertura hasta 30/06/2026.
Lo que más te conviene hoy: aunque el texto final pueda ajustar detalles, la preparación documental no se pierde. Al contrario: te evita prisas y errores.

El Gobierno sube a audiencia pública el texto de
la regularización extraordinaria para integrar a
personas extranjeras que ya están en España

• El objetivo del proceso de regularización extraordinaria consiste en dar
una respuesta inmediata y garantista a la situación de cientos de miles
de personas extranjeras que ya se encuentran en nuestro país

• La autorización concedida será de residencia con habilitación para
trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector.

• Las personas interesadas deben acreditar una permanencia continuada
de, como mínimo, cinco meses en el momento de la solicitud y haber
residido en nuestro país antes del 31 de diciembre de 2025

• Se espera que las solicitudes se empiecen a presentar a principios de
abril, una vez cumplidos los trámites preceptivos de la tramitación del
Real Decreto, y el proceso estará abierto hasta el 30 de junio de 2026

• Elma Saiz: “Retomamos el camino que nos ha marcado la iniciativa
ciudadana respaldada por más de 700.000 firmas y por una amplísima
mayoría del Congreso. Llegados a este punto, la vía reglamentaria es la
más rápida, eficaz y garantista para dar una respuesta conforme al
marco legal español y europeo”

Madrid, 28 de enero de 2026.- El texto de la regularización extraordinaria de
personas migrantes en España ya se encuentra subido a audiencia pública. La
iniciativa, impulsada por el Gobierno, abre un periodo de participación ciudadana
para recabar aportaciones antes de su aplicación. El Consejo de Ministros aprobó
este martes el inicio de la tramitación de una regularización extraordinaria dirigida a
personas extranjeras que ya se encuentran en España, con el objetivo de garantizar
derechos y dotar de seguridad jurídica al sistema.
Se trata del primer hito dentro del Plan de Integración y Convivencia Intercultural,
con el que España refuerza su modelo de política migratoria basada en los derechos
humanos, la integración y la convivencia, compatible con el crecimiento económico
y la cohesión social.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha subrayado
en rueda de prensa que se trata de “una medida largamente trabajada, dialogada y
necesaria para dar respuesta a una realidad que ya existe en nuestras calles, en
nuestras empresas y en nuestra sociedad”.
El proceso estará dirigido a todas las personas extranjeras que se encontraran en
España antes del 31 de diciembre de 2025 y que acrediten haber permanecido al
menos cinco meses de forma continuada en nuestro país en el momento de
presentar la solicitud. Estas circunstancias podrán acreditarse mediante documentos
públicos, privados o una combinación de ambos. En el caso de los
solicitantes de protección internacional, bastará con que dicha solicitud se hubiera
presentado antes del 31 de diciembre de 2025 y se pueda acreditar.
Otro de los requisitos será no contar con antecedentes penales ni suponer una
amenaza para el orden público.
Las personas que participen en este proceso y acrediten el cumplimiento de los
requisitos podrán acceder a una autorización de residencia en España con una
vigencia inicial de un año. Transcurrido ese plazo, deberán incorporarse a las
figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería, lo que permite una
integración plena y progresiva en el sistema. “La propia autorización de residencia
permitirá trabajar, desde el primer día, en cualquier sector y en cualquier parte de
España”, ha añadido.
Según ha destacado Elma Saiz, “el mecanismo que hemos diseñado es sencillo y
persigue romper con las barreras burocráticas del pasado”. En este sentido, el plazo
de tramitación será de máximo 3 meses, pero con la mera admisión a trámite de las
solicitudes -la cual se resolverá en un máximo de 15 días-, las personas podrán
empezar a trabajar.
Alcance de la medida
El alcance del proyecto se dirige principalmente a personas que ya se encuentran
en España desde hace tiempo y que han quedado fuera de los cauces ordinarios de
regularización, incluidas aquellas con solicitudes de protección internacional
pendientes o denegadas que no han podido acogerse a las distintas figuras de
arraigo. La medida se aplicará con carácter general, sin distinción de nacionalidad,
siempre que se cumplan los requisitos establecidos, dando respuesta a una realidad
administrativa y social existente en nuestro país.
Este desarrollo normativo beneficia tanto a las personas trabajadoras como a las
empresas. “El trabajador gana derechos y el empresario gana seguridad jurídica.
Con esta medida estoy convencida de que reduciremos la economía sumergida y
ayudaremos a romper el círculo de explotación laboral”, ha afirmado la ministra.
La familia como eje de la integración
Otro de los pilares del proyecto normativo es la protección de la unidad familiar. El
proceso permitirá la regularización simultánea de los hijos e hijas menores de las
personas solicitantes que se encuentren en España, cuyo permiso será de 5 años.
“Sabemos que la integración no es individual, es familiar”, ha recordado Elma Saiz,
destacando la importancia de ofrecer estabilidad y derechos a los menores y a los
proyectos de vida que ya se desarrollan en nuestro país.
Continuidad histórica
La ministra ha enmarcado esta medida en una larga trayectoria histórica de España
abordando procesos de regularización cuando la realidad social así lo ha exigido.
“Desde 1986 hasta 2005, gobiernos de distintos colores políticos han recurrido a
procesos de regularización. Cuando la realidad social va por delante de la
burocracia, el Estado responsable es el que actúa para ordenarla, no el que mira
hacia otro lado”, ha señalado.
Asimismo, ha recordado que esta iniciativa “retoma el camino marcado por una
iniciativa ciudadana respaldada por más de 700.000 firmas y por una amplísima
mayoría del Congreso”, que ha permanecido bloqueada durante meses.
“Llegados a este punto, la vía reglamentaria es la más rápida, eficaz y garantista
para dar una respuesta inmediata, ordenada y plenamente conforme al marco legal”,
ha concluido.

Qué preparar desde ya (sin esperar al BOE)

Si quieres llegar fuerte a abril, prepara pruebas simples, claras y ordenadas. Además, así evitas contradicciones.

1) Presencia real en España (mes a mes)

  • Empadronamiento y cualquier cambio de domicilio.
  • Sanidad: citas, urgencias, informes, farmacia.
  • Escolarización de menores (si aplica): matrículas, comunicaciones, tutorías.
  • Pagos y recibos: alquiler, suministros, envíos, movimientos bancarios.
  • Formación, ONG o asociaciones (si aplica): certificados con fecha.

2) Antecedentes y “incidencias”

Si tuviste detenciones, denuncias, altercados o procedimientos, no lo tapes ni lo improvises. En cambio, revísalo con estrategia. A veces se puede resolver; otras veces hay que elegir bien el momento y el enfoque.

3) Coherencia

No se trata de tener mil papeles. Se trata de que todo cuente la misma historia. Por tanto, si un documento contradice a otro, se corrige antes de presentar.

Solicitantes de asilo y protección internacional

En la comunicación oficial se menciona el caso de solicitantes de protección internacional. Aun así, cada expediente tiene matices. Por eso, si estás en asilo (o con denegación), conviene revisar el caso con calma antes de mover ficha.

Lo que aún NO está cerrado

Hasta que salga el texto final, hay piezas que pueden ajustarse. Por ejemplo: cómo se pedirá cada documento, qué prueba tendrá más peso, o cómo se aplicará “orden público” en ciertos supuestos. Sin embargo, lo básico sí se puede preparar ya.

Preguntas frecuentes (acordeón)



Falta el paso definitivo: el texto final publicado. La nota oficial confirma que el trámite está en marcha y que el texto está en audiencia pública, pero el detalle final lo fija el BOE.


Se menciona como idea base estar en España antes del 31/12/2025. Por eso, prepara pruebas con fechas claras.


Se menciona una permanencia mínima (cinco meses) en el momento de pedir. Por tanto, organiza documentos por meses, sin huecos.


La comunicación oficial lo pone como requisito. Si hubo incidencias, lo mejor es revisar tu situación antes de presentar, para no quemar opciones.


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