Documentos y Consulado (No Lucrativa desde origen)

Esta página es para ti si estás fuera de España y vas a solicitar la residencia no lucrativa ante el Consulado de España. Aquí te dejamos lo que más bloquea expedientes: demarcación, penales, médico, legalizaciones, traducciones, seguro y banca.

Clave: cada Consulado tiene matices. Nosotros te preparamos el expediente para el criterio más exigente y te decimos qué pedir exactamente a banco y aseguradora.

1) Consulado competente (demarcación)

Normalmente debes solicitar en el Consulado que te corresponda por tu residencia en ese país. Esto se prueba con documentos de residencia legal (según el país: tarjeta de residencia, visado de larga duración, DNI local, etc.).

  • Si presentas en un Consulado que no te corresponde, puedes tener inadmisión o retrasos.
  • Si resides en un tercer país, se revisa si ese Consulado acepta solicitudes de no residentes o exige residencia acreditada.

2) Documentación personal básica

  • Pasaporte en vigor (y copias de páginas relevantes).
  • Formulario y tasa (según Consulado).
  • Fotografía (según formato consular).
  • En su caso: certificados de estado civil (matrimonio, nacimiento, custodia, etc.) si viajas con familia.

Lo que más falla aquí no es “tener el papel”, sino fechas, formatos y legalización/traducción cuando aplica.

3) Antecedentes penales

Uno de los puntos más sensibles. En muchos casos se piden penales del país (o países) donde hayas residido en los últimos años, y además pueden exigir:

  • Vigencia reciente (según Consulado: puede variar mucho).
  • Apostilla o legalización consular.
  • Traducción jurada si no está en español.

Consejo práctico: antes de pedir los penales, confirmamos contigo el Consulado y la redacción/formato correcto, para evitar “penales no válidos” por forma.

4) Certificado médico

Algunos Consulados lo exigen. Lo que suele fallar es el texto y el formato (firma, sello, fecha, y si necesita legalización/traducción).

  • Debe estar emitido por médico y con los datos completos.
  • Puede requerir apostilla/legalización según país.
  • Si no está en español: traducción jurada.

5) Apostilla, legalización y traducciones

Este bloque es el que más “rompe” expedientes por detalles. Regla práctica:

  • Si el documento es extranjero: puede requerir Apostilla de La Haya o legalización (según país).
  • Si el documento no está en español: traducción jurada (y a veces el Consulado pide traductor concreto o formato específico).
  • Documentos familiares (nacimiento, matrimonio, custodia) deben venir “perfectos” para evitar requerimientos.

Lo hacemos fácil: te decimos qué documentos van con apostilla, cuáles con legalización, cuáles con traducción jurada y cuáles no, según tu Consulado.

6) Seguro médico: cómo debe venir (para que no lo rechacen)

En la práctica consular, para minimizar denegación, el seguro suele exigirse:

  • Sin copagos (sin franquicias/deducibles).
  • Sin carencias (cobertura desde el día 1).
  • Cobertura completa (hospitalización y asistencia).
  • En algunos Consulados: repatriación incluida.

👉 Cómo pedir a tu aseguradora el certificado exacto

7) Banca y solvencia: extractos, movimientos y certificaciones

Los Consulados suelen pedir:

  • Extractos y movimientos (a veces 6 meses y otras 12 meses).
  • Certificación bancaria (saldo, titularidad, fechas, sello/firma si procede).
  • Si hay inversiones: soporte de fondos/acciones + trazabilidad.
  • Si hay rentas: soporte documental (pensión, alquiler, etc.).

Clave: no es solo “tener dinero”, sino demostrar disponibilidad real y origen claro para que el Consulado no lo cuestione.

8) Cómo organizar la presentación (para evitar requerimientos)

Para que el Consulado lo entienda rápido y no “pierda” documentos, recomendamos presentar con un orden claro:

  1. Formulario + tasa + foto + pasaporte.
  2. Seguro médico + certificado de cobertura (texto correcto).
  3. Solvencia económica: certificación bancaria + extractos + soportes (inversiones/rentas).
  4. Penales (apostillados/legalizados + traducción si procede).
  5. Certificado médico (si lo exigen) + legalización/traducción si procede.
  6. Estado civil / familia (si aplica) + apostilla/legalización + traducciones.
  7. Residencia legal en el país (demarcación).

Honorarios

Titular: 2.500€

Cada familiar: 1.800€

Pago fraccionado: puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.

En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).

Cómo trabajamos

  • Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.
  • Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.
  • Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).
  • Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
  • Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
  • Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
  • Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.

Contacto oficial

Razón social: DÍAZ TAVAREZ ABOGADOS DE EXTRANJERÍA SLP   CIF: B88173893

Dirección: C/ De Fortunata y Jacinta 23, Oficina 1C, 28020 Madrid (España)

  • Teléfono fijo (oficina): +34 910 601 978
  • WhatsApp principal (oficial): +34 608 80 73 36
  • WhatsApp 2: +34 697 33 45 00
  • Gestoría: +34 600 73 81 43
  • Emergencias: +34 722 35 64 45
  • República Dominicana: +1 849 936 6307
  • Email: [email protected]

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