Criterios de regularización extraordinaria 2026

Árbol de decisiones para regularización extraordinaria 2026, abogada de extranjería en Madrid.

Actualidad de extranjería

Criterios de regularización extraordinaria 2026: EX31, EX32, asilo, familia y vulnerabilidad

El Ministerio ha publicado respuestas técnicas para aclarar cómo debe aplicarse la regularización extraordinaria. Este documento es importante porque muchas personas están confundidas con el formulario que deben presentar, cuándo se exige certificado de vulnerabilidad, qué ocurre con el asilo y cómo se tramitan los expedientes familiares.

En este artículo te explicamos los puntos clave de forma clara, práctica y orientada a evitar errores antes de presentar.

Importante: este contenido no sustituye una consulta legal personalizada. La regularización extraordinaria puede parecer sencilla, pero una mala elección del formulario, una prueba insuficiente o un desistimiento mal hecho puede perjudicar el expediente.

Qué plazo hay para presentar la regularización extraordinaria

El plazo oficial para presentar la solicitud termina el 30 de junio de 2026, incluido. Esto aplica tanto si se presenta por vía telemática como por vía presencial.

Que exista plazo hasta esa fecha no significa que convenga esperar. Si faltan antecedentes penales, apostillas, traducciones, pruebas de permanencia, oferta de trabajo o documentación familiar, es mejor preparar el expediente cuanto antes.

A quién va dirigida esta regularización

La regularización extraordinaria está pensada principalmente para dos grupos:

  • Personas que son o han sido solicitantes de protección internacional en España antes del 1 de enero de 2026.
  • Personas en situación administrativa irregular que llegaron a España antes del 1 de enero de 2026.

En ambos casos se debe acreditar una permanencia ininterrumpida mínima de cinco meses en España en el momento de presentar la solicitud.

No es una nacionalidad española

La regularización extraordinaria no concede nacionalidad española. Concede una autorización temporal de residencia y trabajo en España. La nacionalidad exige otros requisitos, años de residencia legal y, en muchos casos, pruebas o trámites adicionales.

EX31 o EX32: el error más frecuente

Uno de los puntos más delicados es elegir bien el modelo. No todos deben presentar el mismo formulario.

EX31

Debe usarse por quienes son o han sido solicitantes de protección internacional dentro del supuesto previsto para este procedimiento. También puede aplicar si la solicitud fue denegada, desistida o si existe una situación vinculada al expediente de protección internacional.

EX32

Debe usarse por personas en situación irregular que nunca fueron solicitantes de protección internacional, o por quienes llegaron antes del 1 de enero de 2026 pero solicitaron protección internacional después de esa fecha.

Este matiz es clave: si una persona llegó antes del 1 de enero de 2026 pero pidió protección internacional después de esa fecha, puede acceder al proceso, pero debe presentar EX32, no EX31.

¿Hay que desistir del asilo para presentar?

No. Este punto debe quedar muy claro.

Si la solicitud de protección internacional está en trámite, no hay que desistir para presentar la regularización. Y si existe un recurso contra una denegación, tampoco hay que desistir del recurso para poder presentar.

El desistimiento se plantea solo si llega una resolución favorable de la autorización de residencia y cuando se vaya a solicitar la TIE ante la Comisaría correspondiente.

Advertencia: desistir antes de tiempo puede dejar a la persona en una situación peor. Si tienes asilo en trámite, denegación, recurso o dudas sobre tu situación procesal, reserva una consulta antes de mover el expediente.

Certificado de vulnerabilidad: no lo necesita todo el mundo

Otra confusión frecuente es pensar que todas las personas deben conseguir un certificado de vulnerabilidad. No es así.

No necesitas certificado de vulnerabilidad si entras por alguna de estas vías:

  • Has sido solicitante de protección internacional.
  • Has trabajado con contrato laboral o has sido autónomo en España.
  • Acreditas intención de trabajar por cuenta ajena mediante oferta o precontrato.
  • Acreditas intención de trabajar por cuenta propia mediante declaración responsable.
  • Formas parte de una unidad familiar con menores, descendientes mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado.

El certificado de vulnerabilidad se exige cuando la persona no puede acreditar ninguna de esas situaciones y necesita encajar por vulnerabilidad.

Quién puede emitir el certificado de vulnerabilidad

El certificado puede ser emitido por servicios sociales públicos o por entidades sociales y organizaciones sindicales inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería.

Además, cuando se trate de entidades inscritas en ese registro, la acreditación debe ser gratuita. Si una entidad cobra por emitir este documento, conviene revisar muy bien si está actuando correctamente y si realmente está habilitada.

Familia, menores y unidad de convivencia

En los expedientes familiares, el criterio técnico aclara que se puede gestionar una misma cita para las solicitudes de los miembros de una misma unidad de convivencia, siempre que se indique al solicitar la cita.

Cuando se presentan solicitudes de menores o de personas mayores de edad con discapacidad que requieren apoyo, el formulario dependerá de la vía por la que se presente la persona adulta responsable:

  • Si la persona adulta va por EX31, se utiliza EX31 para cada miembro de la familia cuando corresponda.
  • Si la persona adulta va por EX32, se utiliza EX32 para cada miembro de la familia cuando corresponda.
  • Si la persona adulta ya tiene residencia en España, puede corresponder el EX25 para regularizar a menores en situación irregular.

Ojo con esto: no todos los menores van automáticamente por EX25. Primero hay que ver si la persona adulta está solicitando la regularización al mismo tiempo o si ya tiene una autorización de residencia.

Tasas de la regularización extraordinaria

La solicitud exige el pago de tasa. Según el documento técnico, las tasas indicadas son:

  • 38,28 € para personas adultas.
  • 10,94 € para menores y para mayores de edad con discapacidad que requieren apoyo o no pueden proveer sus propias necesidades por su estado de salud.

No existe una tasa familiar única. Se paga una tasa por cada autorización solicitada.

Qué documentos suelen ser importantes

La documentación exacta depende del caso, pero hay documentos que suelen ser decisivos:

  • Pasaporte completo o documento de viaje válido.
  • Pruebas de estar en España antes del 1 de enero de 2026.
  • Pruebas de permanencia ininterrumpida durante los cinco meses anteriores a la solicitud.
  • Antecedentes penales del país de origen o de países donde se haya residido antes de llegar a España, cuando proceda.
  • Documentación de protección internacional, si aplica.
  • Oferta, precontrato, vida laboral, pruebas de actividad o declaración responsable, según la vía.
  • Documentos familiares o de convivencia, si el expediente se presenta por unidad familiar.

Errores que pueden perjudicar tu expediente

Estos son algunos errores que estamos viendo con frecuencia:

  • Presentar EX31 cuando corresponde EX32.
  • Desistir del asilo o del recurso antes de recibir resolución favorable de residencia.
  • Pedir certificado de vulnerabilidad cuando no es necesario.
  • No probar bien la permanencia en España.
  • Presentar documentos familiares sin prueba suficiente de convivencia o dependencia.
  • Esperar hasta el final del plazo sin tener antecedentes, traducciones o pruebas ordenadas.
  • Presentar por una vía no habilitada o sin controlar las notificaciones.

Si tu caso tiene plazo, denegación, requerimiento, asilo, recurso o riesgo de quedar mal presentado, reserva una consulta urgente de pago.

Cómo trabajamos en Máchelin Díaz Abogados Extranjería

Primero valoramos tu caso y verificamos la vía correcta. Después te indicamos la documentación necesaria, revisamos lo que tienes, pedimos ajustes si hace falta y preparamos la estrategia de presentación.

Al pagar o abonar el 60% inicial, enviamos factura y abrimos expediente. En horario laboral enviamos la hoja de encargo para firma. Tras recibir hoja firmada y primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar; el abogado o abogada asignada contacta con un listado personalizado.

Revisamos documentos, pedimos ajustes y preparamos estrategia. Después presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimiento, preparamos respuesta. Si hay plazo próximo, puede aplicarse suplemento según urgencia y complejidad. El expediente completo puede pasar a revisión interna de unas 48 horas y requerir ajustes.

Enlaces útiles

Conclusión: antes de presentar, confirma tu vía

La regularización extraordinaria puede ser una oportunidad real, pero no todos los casos se presentan igual. La diferencia entre EX31 y EX32, el momento correcto del desistimiento, la necesidad o no del certificado de vulnerabilidad y la documentación familiar pueden cambiar completamente la estrategia.

Si tu consulta no es urgente y solo necesitas orientación inicial, solicita una consulta gratuita online de 15 minutos, según disponibilidad.

Si tu caso tiene plazo, denegación, requerimiento, recurso, asilo pendiente o riesgo de quedar mal presentado, reserva una consulta urgente de pago.

¿Quieres que revisemos tu caso?

En Máchelin Díaz Abogados Extranjería revisamos tu situación y te ayudamos a elegir la vía correcta antes de presentar.

Teléfono oficina: +34 910 601 978
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Información orientativa basada en criterios técnicos publicados sobre la regularización extraordinaria. No garantiza resultado favorable. Cada expediente debe revisarse individualmente.

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