Acuerdo UE–Brasil sobre Europol: qué dice la Decisión (UE) 2025/2166 y por qué importa para la seguridad y los datos personales
El 29 de septiembre de 2025, el Consejo de la Unión Europea adoptó la
Decisión (UE) 2025/2166, por la que se aprueba el
Acuerdo entre la Unión Europea y la República Federativa de Brasil sobre cooperación con y a través de la
Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) y la Policía Federal de Brasil
Este acuerdo permite que Europol y las autoridades policiales federales brasileñas cooperen de forma más estrecha, incluyendo la
transferencia de datos personales y no personales, con el objetivo de luchar contra la delincuencia grave y el terrorismo y reforzar la seguridad de la Unión y de sus ciudadanos.
En este artículo te explico, en lenguaje claro, qué contiene esta Decisión, qué tipo de cooperación se habilita, qué garantías de protección de datos incorpora y cómo puede influir en la práctica en investigaciones que afecten a personas que viven o tienen vínculos con España y Brasil.
1. ¿Qué es la Decisión (UE) 2025/2166 del Consejo?
La Decisión (UE) 2025/2166 es el acto jurídico por el que la Unión Europea
celebra oficialmente el Acuerdo de cooperación policial entre la UE (a través de Europol) y Brasil. Jurídicamente, se basa en el
artículo 16.2 y el artículo 88 del TFUE, en relación con el artículo 218 sobre celebración de acuerdos internacionales por la Unión.
Algunos datos clave de esta Decisión:
- Confirma que el Acuerdo se firmó el 5 de marzo de 2025, pendiente de posterior celebración, mediante la Decisión (UE) 2025/426.
- Declara que el Acuerdo establece relaciones de cooperación entre Europol y las autoridades competentes de Brasil y que permite la transferencia de datos personales y no personales.
- Precisa que la finalidad es combatir la delincuencia grave y el terrorismo y proteger la seguridad de la Unión y de sus ciudadanos.
- Ordena que el Acuerdo quede aprobado en nombre de la Unión y que la Comisión pueda, previa consulta al Consejo, aprobar cambios en los anexos II y III del Acuerdo.
Es decir, la Decisión 2025/2166 es el paso formal que permite que ese Acuerdo deje de ser solo un texto firmado y se convierta en un instrumento plenamente operativo dentro del ordenamiento de la UE.
2. ¿Qué tipo de cooperación prevé el Acuerdo UE–Brasil con Europol?
Aunque el texto íntegro del Acuerdo se publica en un documento separado, la Decisión 2025/2166 resume su esencia: se trata de
cooperación policial entre Europol y la Policía Federal de Brasil, con posibilidad de intercambiar información relevante para la lucha contra:
- Delincuencia grave organizada (por ejemplo, trata de seres humanos, tráfico de drogas, redes de inmigración irregular, blanqueo de capitales, ciberdelincuencia, etc.).
- Terrorismo y financiación del terrorismo.
- Otras amenazas que puedan afectar a la seguridad de la Unión y de sus ciudadanos.
En la práctica, esto significa que, ante investigaciones policiales que impliquen conexiones entre España/UE y Brasil (por ejemplo, redes de trata de personas que utilizan rutas Brasil–Europa), habrá un
marco jurídico más claro para el intercambio de datos entre Europol y las autoridades brasileñas.
3. Protección de datos y derechos fundamentales: garantías del Acuerdo
Uno de los aspectos fundamentales que subraya la Decisión es la
protección de datos personales. El propio Reglamento (UE) 2016/794, que regula Europol, exige que cualquier acuerdo con terceros países ofrezca
garantías adecuadas de protección de la intimidad y de los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas.
En este sentido, el Consejo destaca que el Acuerdo con Brasil:
- Respeta la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, en particular:
- El derecho al respeto de la vida privada y familiar (art. 7).
- El derecho a la protección de los datos de carácter personal (art. 8).
- El derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial (art. 47).
- Ofrece garantías suficientes para la protección de los datos personales que Europol transfiera con arreglo al Acuerdo.
- No afecta a otras formas de cooperación entre autoridades responsables de seguridad nacional ni las limita.
Además, la Decisión menciona que el
Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) emitió el dictamen 2/2025 el 10 de febrero de 2025, lo que indica que hubo un
control específico de impacto en privacidad.
4. Papel de los Estados miembros: Irlanda, Dinamarca y la ejecución del Acuerdo
La Decisión también aclara cómo se posicionan algunos Estados miembros frente al Acuerdo:
- Irlanda participa en la Decisión porque está vinculada por el Reglamento (UE) 2016/794 sobre Europol y, por tanto, forma parte del marco de cooperación que se articula con Brasil.
- Dinamarca, en cambio, no participa en la adopción de la Decisión ni queda vinculada por ella, de acuerdo con su Protocolo nº 22 sobre la posición respecto al espacio de libertad, seguridad y justicia.
La ejecución práctica del Acuerdo incluirá, entre otras cosas:
- La publicación de la fecha de entrada en vigor del propio Acuerdo en el Diario Oficial, a cargo de la Secretaría General del Consejo.
- La autorización a la Comisión Europea para que adopte, previa consulta al Consejo, posiciones sobre futuras modificaciones de los anexos II y III del Acuerdo (por ejemplo, en materia de categorías de datos o tipos de delitos cubiertos).
5. ¿Cómo puede afectar este Acuerdo a personas con vínculos España–Brasil?
Aunque se trata de un instrumento de
cooperación policial y no de extranjería, en la práctica puede tener impacto en procedimientos que afectan a personas con vínculos entre España y Brasil:
- Investigaciones penales transfronterizas: si una persona está siendo investigada en España por delitos de delincuencia organizada, trata, tráfico de drogas, etc., y hay conexiones con Brasil, el intercambio de información a través de Europol puede ser más ágil y estructurado.
- Casos de trata y explotación de personas migrantes: el acuerdo puede reforzar la persecución de redes que utilizan rutas Brasil–Europa, lo que, a su vez, incide en la protección de víctimas y en la valoración de riesgos en procedimientos de asilo o protección internacional.
- Verificaciones de antecedentes en el contexto de determinados trámites (por ejemplo, extradiciones, cooperación judicial penal), donde la coordinación entre UE y Brasil es clave.
- Cuestiones de privacidad y derechos: cualquier intercambio de datos deberá respetar las garantías establecidas (limitación de finalidad, proporcionalidad, supervisión, posibilidad de tutela judicial, etc.).
Por tanto, aunque esta Decisión no modifica directamente las normas de visados, residencia o nacionalidad, sí forma parte del
ecosistema jurídico que rodea a muchas personas extranjeras que pueden verse afectadas por investigaciones policiales, ya sea como investigadas, testigos o víctimas.
6. Documento oficial y enlace de acceso
La Decisión (UE) 2025/2166 del Consejo se ha publicado en el
Diario Oficial de la Unión Europea y puede consultarse íntegramente a través de la página oficial de EUR-Lex, en este enlace:
Decisión (UE) 2025/2166 del Consejo, de 29 de septiembre de 2025
Además, desde nuestro despacho puedes acceder al documento en PDF a través del siguiente enlace de Adobe:
Descargar PDF de la Decisión (UE) 2025/2166 sobre el Acuerdo UE–Brasil (Europol–Policía Federal de Brasil)
Si consideras que este tipo de cooperación puede influir en un procedimiento penal, de asilo o de extranjería que te afecta, es fundamental que lo
analices con un equipo jurídico especializado que pueda valorar el impacto concreto en tu caso.
Asesoramiento especializado en extranjería, nacionalidad y asilo
Agenda ya tu cita con nuestro equipo. Analizaremos tu solicitud, evaluaremos tu situación procesal y te diremos exactamente qué puedes hacer para realizar tus trámites de extranjería, nacionalidad o asilo.
Porque incluso en los casos más difíciles, hay soluciones si actúas a tiempo.
Te invitamos a agendar una consulta online gratuita de 15 minutos, diseñada especialmente para responder todas tus dudas y brindarte las opciones ideales para tu caso.
¿Cómo funciona?
Síguenos en nuestras redes sociales, más abajo están nuestras redes sociales:
Regálanos 5 estrellas! ⭐⭐⭐⭐⭐
Deja tu reseña aquí
Suscríbete a nuestra Newsletter:
haz clic aquí para suscribirte.
Al completar estos pasos, tendrás acceso exclusivo a nuestro calendario para reservar tu consulta gratuita personalizada.
¿Qué puedes esperar?
- ✨ Una atención personalizada para escuchar tus necesidades.
- ✨ Respuestas claras y directas a tus preguntas.
- ✨ Orientación experta en tu proceso migratorio.
Comentar