Arraigo sociolaboral · Empleador de hogar

Arraigo sociolaboral con empleador de hogar (Nuevo Reglamento)

Si vas a formalizar un contrato como empleada/o de hogar (Sistema Especial), esta página te ayuda a revisar lo que más provoca requerimientos: jornada mínima, salario y solvencia del empleador.

⚠️ Importante: en el arraigo sociolaboral la suma de contratos debe alcanzar mínimo 20 horas/semana y el salario debe respetar el SMI o convenio en proporción a la jornada.

Contrato de empleada/o de hogar: lo que Extranjería mira con lupa

1) Jornada mínima y contratos

  • La suma de contratos debe ser mínimo 20 horas/semana (cómputo global).
  • Se admiten varios empleadores en trabajos parciales simultáneos (típico en hogar).
  • Si el contrato es temporal, la Instrucción aclara que debe ser superior a 90 días (y pueden concatenarse si aplica).

2) Salario

  • Debe garantizar SMI o salario de convenio aplicable, en proporción a la jornada.

3) Obligaciones del empleador

  • Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
  • Aportar solvencia/medios para asumir el contrato.

Solvencia del empleador si es persona física (hogar)

Cuando el empleador es persona física, el Reglamento fija una referencia clara: ingresos mínimos en función del SMI, descontado el pago del salario.

  • Unidad familiar de 1 miembro: mínimo 50% del SMI (tras pagar el salario).
  • Unidad familiar de 2 miembros: mínimo 100% del SMI (tras pagar el salario).
  • Desde el 3er miembro: añadir +25% del SMI por cada miembro adicional (tras pagar el salario).

Tip práctico: si el empleador no llega a esos mínimos, es muy probable requerimiento/denegación. En hogar esto es lo más frecuente.

Procedimiento y plazos

  • Se presenta en Oficina de Extranjería (provincia del domicilio) o por sede electrónica (Mercurio).
  • Plazo de resolución: 3 meses (silencio desestimatorio).
  • Concedido: el alta en Seguridad Social condiciona la eficacia y debe hacerse en 1 mes.
  • TIE: se solicita en 1 mes desde la notificación de la concesión.

¿Y si cambia el empleador?

El Reglamento prevé el cambio de empleador tras 3 meses de vigencia durante el primer año (y también en supuestos de incumplimiento grave u otras circunstancias).

El contenido es informativo y cada caso puede variar según provincia, documentación disponible y criterios vigentes en el momento de presentar

  • Análisis de viabilidad y estrategia (especialmente cuando el empleador es hogar).
  • Revisión de contratos y documentación de solvencia (para evitar requerimientos).
  • Preparación del expediente, presentación y seguimiento.
  • Respuesta a requerimientos, si los hubiera.

Información importante


  • Confirmación: la reserva puede quedar pendiente de aceptación por el despacho (especialmente fuera de horario).
  • Antelación mínima: se requiere al menos 1h 30min para reservar o reprogramar.
  • Cancelación: solo con al menos 1 día de antelación. Fuera de plazo, se pierde el importe.
  • Devoluciones (si proceden): por el mismo método de pago utilizado (plazos dependen del banco/plataforma).
  • Si no encuentras hueco, escríbenos por WhatsApp y revisamos opciones según agenda.

  • Escucha activa y preguntas dirigidas para captar los datos necesarios del caso.
  • Planteamiento de opciones valorando requisitos y tiempos.
  • Explicación clara de la estrategia y próximos pasos.
  • Si procede y hay disponibilidad, solicitud de citas administrativas durante la consulta.
  • Envío de presupuesto con honorarios, posibles tasas y documentación general.
  • Si contratas: descontamos el coste de la consulta de los honorarios (según condiciones internas).


Pago fraccionado: puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.

En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).


  • Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), enviamos la factura y abrimos tu expediente.
  • Hoja de encargo: en horario laboral enviaremos la hoja de encargo para firma.
  • Inicio del servicio: con hoja firmada y primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).
  • Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
  • Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
  • Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
  • Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h) y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.



Contacto oficial

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