Cambio de empleador y ocupación
ANTES DE TRES MESES
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Cambio de empleador (Art. 79): ❌ No (salvo 79.2 y 79.3)
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Cambio de ocupación (Art. 192): ✅ Sí (si lo solicita el extranjero)
DESPUÉS DE TRES MESES
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Cambio de empleador (Art. 79): ✅ Sí
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Cambio de ocupación (Art. 192): ✅ Sí
“Durante el primer año de vigencia de las autorizaciones iniciales de residencia y trabajo, el órgano competente podrá modificar su alcance en cuanto a la ocupación, sector de actividad y ámbito territorial de limitación, siempre a petición de su titular.”
Se aplica la SNE, salvo exención.
📌 Aplicación del silencio administrativo
ANTES DE TRES MESES
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Cambio de empleador (Art. 79): ❌ No (salvo 79.2 y 79.3)
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Cambio de ocupación (Art. 192): ✅ Sí
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Silencio administrativo: ❌ Negativo
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DESPUÉS DE TRES MESES
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Cambio de empleador (Art. 79): ✅ Sí
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No procede solicitar autorización (ya no es necesario)
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Cambio de ocupación (Art. 192): ✅ Sí
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Silencio administrativo: ✅ Positivo
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