Cambio de empresa durante la vigencia NÓMADA DIGITAL O TELETRABAJADOR INTERNACIONAL: cómo notificar y qué pasa con la Seguridad Social/A1

Cambio de empresa durante la vigencia: cómo notificar y qué pasa con la Seguridad Social/A1

Si cambias de empleador o de cliente principal, debes notificar y reacreditar lo esencial: relación (laboral/profesional), teletrabajo desde España, antigüedad mínima, cobertura de Seguridad Social y medios económicos.

¿Cuándo y cómo notificar el cambio?

  • Plazo prudente: comunica en cuanto firmes el nuevo vínculo para mantener la continuidad del permiso.
  • Formato: escrito de notificación con índice y anexos (nuevo contrato/contrato mercantil, carta de teletrabajo, etc.).
  • Contenido clave: identidad de la nueva empresa, descripción del puesto/servicio, teletrabajo desde España, fecha de inicio, y no afectación a las condiciones del permiso.

Documentos que debes volver a acreditar

  • Relación y antigüedad: contrato y prueba de 3 meses (→ nóminas/transferencias o facturas/abonos).
  • Teletrabajo: carta de la empresa que autoriza la ejecución remota desde España.
  • Empresa activa ≥ 1 año: certificados y prueba de actividad real.
  • Seguridad Social: nuevo A1/certificado (cuenta ajena) o encaje en SS española si procede; en profesional, situación en RETA o cobertura válida.
  • Medios económicos: ingresos suficientes y trazables con la nueva relación. Puedes sumar otros ingresos si mantienes consistencia y origen lícito.
  • Tasas: pago del modelo vigente y justificante.

Impacto en Seguridad Social y A1

  • Cuenta ajena (UE): si estabas con A1 por excepción (teletrabajo transfronterizo), solicita un A1 nuevo vinculado al nuevo empleador.
  • Cuenta ajena (fuera UE): revisa si hay convenio bilateral. Sin instrumento aplicable, la empresa puede tener que inscribirse y cotizar en España.
  • Profesional: si cambia el cliente principal, no hay A1 por Acuerdo Marco; revisa RETA o coberturas equivalentes aceptadas.

Riesgos y cómo mitigarlos

  • Vacíos de cotización: solapa fin y alta para no quedar sin cobertura.
  • Antigüedad insuficiente: justifica continuidad con documentación del empleador saliente y entrante; si no llegas a 3 meses, explica transición y adjunta previsión de pagos.
  • % en España (profesional): mantén tu hoja de control ≤20% y actualiza contratos/entregables.

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