Cancelar ficha policial de extradición (Interpol) ya caducada: cómo pedir la supresión – Máchelin Díaz

EXTRADICIÓN / INTERPOL / VIAJES

Cancelar ficha policial por extradición ya cesada o caducada: qué pedir y cómo solicitar la supresión

Cuando una extradición ya está archivada, retirada o caducada, lo lógico es que dejen de “buscarte”. El problema es que, si no se formaliza bien, puede seguir apareciendo un rastro en bases policiales o en sistemas internacionales y eso explota en el peor momento: aeropuerto, frontera, escala o renovación de documentación.

Importante: no es lo mismo “antecedente policial” que “antecedente penal” ni que una “alerta internacional”.
El enfoque correcto depende de qué exista realmente.


1) Qué es lo que te está afectando

  • Registro/archivo policial por detención, investigación o cooperación.
  • Procedimiento de extradición (en España suele pasar por Audiencia Nacional).
  • Datos en INTERPOL (p. ej., notificación/alerta vinculada a extradición).

2) Lo que “mata” el caso: documento firme

Para que una supresión funcione, necesitas un soporte oficial: certificado judicial o administrativo que acredite la finalización firme/definitiva y que esté claramente relacionado con el expediente.

3) La clave es presentar por el canal correcto

Muchas solicitudes se rechazan por lo mismo: se envían al organismo equivocado, sin acreditar representación,
o sin enlazar el documento con el número de atestado/fecha/lugar del hecho.


Qué pedir cuando la intervención fue por EXTRADICIÓN (Interpol)

Si la intervención se produjo por un asunto de extradición, normalmente la pieza probatoria más útil es un certificado judicial que confirme que: la solicitud fue retirada/archivada, está caducada, o la causa está finalizada y no hay reclamación activa.

En la práctica: cuando el asunto se gestiona en España, es habitual tener que dirigirse a la Audiencia Nacional (Madrid) para solicitar el certificado judicial del estado del procedimiento, porque es el órgano que centraliza la ejecución de extradiciones según la fase del caso.

Supresión en antecedentes policiales (España): lo esencial para que no te lo tumben

Si lo que existe es un antecedente/registro en base policial, la solicitud debe ir con la identificación completa del interesado y, sobre todo, con el certificado judicial o administrativo firme que justifique la supresión, vinculado al hecho concreto.

  • Identificación del interesado (pasaporte en vigor y/o NIE/DNI si lo tuviera).
  • Documento firme (certificado/resolución) que acredite archivo, retirada, caducidad o finalización definitiva.
  • Vinculación al caso: atestado / fecha / lugar / órgano / número de procedimiento.
  • Si actúa un representante: autorización de representación + documento del representante en vigor.

Consejo práctico: si tu documento judicial es de otro país, en muchos casos se necesita presentarlo de forma que sea “usable” en España (formato oficial, traducción si procede, y consistencia de datos).


Si hay datos en INTERPOL: la vía es distinta

INTERPOL no se “borra” con un escrito genérico. Si hay datos registrados en su sistema, la vía formal para pedir acceso, rectificación o eliminación es ante la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL (CCF).

  • La CCF tramita solicitudes por escrito y con documentación de soporte.
  • Primero verifica si existen datos del solicitante; luego valora si el tratamiento cumple las normas internas.
  • No resuelve procedimientos nacionales de extradición: solo el tratamiento de datos en los ficheros de INTERPOL.
Dato importante: una notificación roja es una solicitud para localizar y detener provisionalmente a una persona a la espera de extradición o actuación similar, y no es una orden de detención internacional.

Acordeón: lo que solemos pedir y cómo lo trabajamos



OJO: esto es orientativo. El documento “determinante” es el certificado/resolución firme y bien vinculada al expediente.

  • Pasaporte en vigor del interesado (copia completa).
  • Si hay representante: autorización para representarle + documento del representante en vigor.
  • Certificado judicial (archivo/retirada/caducidad/finalización) con número de procedimiento y órgano.
  • Si hubo detención/atestado: datos para enlazar el antecedente (fecha, lugar, referencia).
  • Si hay elemento internacional: documentación del procedimiento de extradición y cualquier comunicación oficial relevante.

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  • Presentar “capturas” o escritos sin valor acreditativo, en vez de certificado/resolución firme.
  • No vincular el documento al atestado/fecha/lugar (la Administración no adivina).
  • No acreditar la representación cuando firma un tercero.
  • Confundir sistemas: pedir a España lo que es de INTERPOL, o al revés.
  • Enviar documentación ilegible, incompleta o sin datos de contacto coherentes.


En estos casos trabajamos con un objetivo simple: cerrar el círculo.
No basta con “tener razón”; hay que dejar la prueba bien armada para que el organismo competente pueda ejecutar la supresión.

  • Revisamos qué existe realmente (policial, judicial, INTERPOL) y qué NO existe.
  • Te decimos exactamente qué certificado/documento falta y cómo solicitarlo.
  • Preparamos el escrito con representación, estructura y anexos correctos.
  • Seguimiento y respuesta a requerimientos si los hay.

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