Carta de invitación a España (2025)

Carta de invitación a España (2025)

Qué es de verdad: documento de Policía que acredita que el invitado se alojará en tu domicilio. Se tramita en la comisaría que te corresponde por empadronamiento, normalmente con cita previa. No sustituye al visado ni garantiza entrada: es una prueba de alojamiento.

Condiciones que revisan

  • Vivienda disponible para alojar al invitado (habitabilidad y espacio real).
  • Empadronamiento del invitante en esa dirección y titularidad acreditada (propiedad o alquiler).
  • Autorización de otros copropietarios o co-inquilinos que figuren en escritura/nota simple o en el contrato de arrendamiento.
  • Que no consten personas empadronadas irregularmente en el domicilio.
  • Historial del invitante: pueden valorar si ya invitó a alguien que se quedó irregular en España.

Documentación que suelen pedir

  • Identificación del invitante (DNI/NIE/pasaporte).
  • Padrón del domicilio actual.
  • Titularidad de la vivienda (escritura o nota simple) o contrato de alquiler vigente.
  • Autorizaciones firmadas de copropietarios o co-inquilinos, si aplica.
  • Datos del invitado: fotocopia de pasaporte y relación con el invitante (familia, amistad, motivo del viaje).

Tasas y tiempos

Hay una tasa policial específica por la carta de invitación. Se abona cuando la solicitud está aprobada y te lo indica la comisaría; no se paga antes. La emisión se realiza por Policía en el plazo que comunique tu comisaría (varía por ciudad).

Visado vs. turismo: no te confundas

  • Para nacionales que necesitan visado: la carta es uno de los documentos que el consulado puede pedir; no garantiza la concesión.
  • Para viajes sin visado (turista): la carta acredita alojamiento, pero en fronteras exigirán además medios económicos, billetes, seguro y arraigo en tu país (trabajo, estudios, familia, bienes). Sin el conjunto, pueden denegar la entrada.

Motivos típicos de problemas

  • Falta la autorización de un copropietario o co-inquilino que figura en la documentación de la vivienda.
  • Datos del invitado incompletos o sin pasaporte legible.
  • Empadronamiento del invitante desactualizado respecto al domicilio.
  • Pagar la tasa antes de que Policía lo indique.
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