Caso real: expulsión ordinaria solo por estar sin papeles (sin antecedentes policiales ni penales)

Caso real: expulsión ordinaria solo por estar sin papeles (sin antecedentes policiales ni penales)

Sobre el papel, los tribunales vienen diciendo que la sanción “natural” por estancia irregular debería ser la multa, y que la expulsión es excepcional. Pero en la práctica, vemos expedientes donde:
  • La persona no tiene antecedentes policiales.
  • Tampoco tiene antecedentes penales.
  • Lo único que ocurre es que está en situación irregular.
Aun así, la policía inicia un procedimiento de expulsión ordinaria. Eso es justo lo que ocurre en el caso que comentamos aquí.

Datos clave del expediente

En el documento de inicio del procedimiento se puede leer que:
  • Se trata de una persona extranjera identificada con pasaporte de su país de origen, sin autorización de residencia ni estancia en vigor.
  • En el apartado de antecedentes se indica expresamente que no le constan antecedentes policiales.
  • También se señala que no le constan antecedentes penales en los registros consultados.
Pese a eso, la comisaría acuerda:

¿Cómo justifican la expulsión en un caso así?

En estos modelos de acuerdo de inicio, la policía suele marcar una serie de “causas agravantes” (casillas tipo) para intentar justificar por qué escoge la expulsión en vez de la multa. Entre ellas aparecen opciones como:
  • “Carece de documentación”.
  • “Es imposible por los medios aportados determinar cómo y/o cuándo entró en el Territorio Schengen”.
  • “Ausencia de sello de entrada en el Territorio Schengen en su documentación, que acredite su estancia/residencia legal”.
  • “Carece de domicilio conocido”.
En la vida real, esto se traduce en:
  • Personas que llevan muchos años en España, pero no se empadronaron o perdieron documentación de entrada.
  • Entradas por terceros países Schengen donde nunca les sellaron el pasaporte.
  • Trabajos informales, cambios de domicilio constantes, etc.
Es decir, muchos de los problemas derivan de la propia irregularidad y de la falta de información, y se usan luego como “agravantes” para endurecer la sanción.

La contradicción interna del propio expediente

Lo llamativo es que, en el mismo documento, se citan las sentencias recientes del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que insisten en:
  • La obligación de respetar el principio de proporcionalidad.
  • La necesidad de valorar individualmente cada caso: arraigo, vínculos, tiempo en España, etc.
  • La idea de que la simple irregularidad no puede llevar de forma automática a la expulsión.
Es decir: el propio acuerdo de inicio reconoce esa jurisprudencia, pero aun así propone la expulsión como sanción. Esto deja claro que:
  • La Administración muchas veces “se cubre” citando la jurisprudencia, pero luego aplica una política de expulsiones que no siempre respeta ese estándar.
  • Terminan siendo los tribunales, a través de recursos, quienes corrigen estas decisiones, cuando la persona consigue llegar a esa fase y tiene abogado.

¿Se puede pelear un expediente así?

Cada caso es distinto, pero en situaciones como esta suele ser posible:
  • Discutir la proporcionalidad:
    • Aportar empadronamientos, informes sociales, certificados escolares de hijos, vínculos familiares, etc.
    • Explicar por qué la multa sería suficiente conforme a la jurisprudencia.
  • Señalar la contradicción entre:
    • La ausencia de antecedentes policiales y penales.
    • Y la opción de expulsar, que es la sanción más grave.
  • Alegar la falta de motivación real de las “agravantes” marcadas en el formulario, cuando simplemente se rellenan casillas de forma automática sin prueba sólida.
  • En algunos casos, solicitar o impulsar un arraigo (social, familiar, laboral) de forma paralela, si ya se cumplen requisitos.

Qué puedes hacer tú si te ves en una situación parecida

  • No normalices la expulsión. Que te digan “esto es automático” no significa que sea legal o proporcionado.
  • Contacta rápidamente con un abogado de extranjería que revise el expediente y valore posibilidades reales de recurso.
  • Reúne todo lo que tengas que demuestre:
    • Años de residencia de hecho en España.
    • Hijos, pareja, familia a tu cargo.
    • Inserción laboral, aunque haya sido irregular (transferencias, mensajes, contratos privados, etc.).
    • Informes médicos o sociales relevantes.

Cierre

Este caso refleja lo que vemos cada día en los despachos de extranjería:
  • Una distancia enorme entre lo que dicen las sentencias y lo que se hace en comisaría.
  • Personas sin antecedentes, pero con muchos años de vida en España, que reciben de golpe un expediente de expulsión.
Por eso es tan importante:
  • Proteger tu pasaporte original y no entregarlo alegremente en cualquier control.
  • Entender la diferencia entre multa, expulsión ordinaria y preferente.
  • Y, sobre todo, no enfrentarte solo a un expediente de expulsión.
Si te han notificado un procedimiento parecido o te preocupa tu situación, busca ayuda profesional cuanto antes. Los plazos corren y tus decisiones de los primeros días marcan la diferencia.

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