El pasado 29 de diciembre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE Núm. 311) la Resolución de 2 de diciembre de 2015, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se publica el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el primer trimestre de 2016.
Dicha resolución establece lo siguiente:
El artículo 65 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 establece que, a los efectos de determinar la situación nacional de empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal elaborará, con periodicidad trimestral, de acuerdo con la información suministrada por los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos y previa consulta de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, un Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura para cada provincia o demarcación territorial que, en su caso, establezca la correspondiente Administración Autonómica, así como para Ceuta y Melilla. En las provincias insulares, el Catálogo podrá establecerse para cada isla o agrupación de ellas.
Para la confección del presente Catálogo, el Servicio Público de Empleo Estatal ha tenido en cuenta criterios técnicos acerca del impacto sobre el empleo de la inclusión de las ocupaciones relacionadas con el sector de Marina Mercante, así como de los entrenadores y deportistas profesionales. Estos criterios se han establecido conjuntamente con las unidades de la Administración General del Estado, que por su ámbito de actividad tienen autoridad y conocimiento sobre las materias relacionadas con dichas ocupaciones.
La calificación de una ocupación como de difícil cobertura implica la posibilidad de tramitar la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena dirigida al extranjero.
En virtud de la competencia que el mencionado artículo 65 confiere al Servicio Público de Empleo Estatal, esta Dirección General ha elaborado el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, con vigencia para el primer trimestre de 2016 y resuelve, previa consulta con la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, dar publicidad al mismo, incluyéndose su contenido en el Anexo adjunto.
Firmado en Madrid, el 2 de diciembre de 2015, por la Directora General del Servicio Público de Empleo Estatal, Reyes Zatarain del Valle.
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Descargar el Catálogo: http://www.boe.es/boe/dias/2015/12/29/pdfs/BOE-A-2015-14237.pdf
Soy médico traumatólogo venezolana, con entrenamiento en EUA en artroscopia de rodilla y hombro, con nacionalidad española obtenida por mi padre, tengo el título de médico homologado en España desde el 2007, pero no el de especialista ni estoy colegiada, quisiera migrar a España en la búsqueda de poder trabajar como médico y lograr la hmologación de mi especialidad, que debo hacer?
Estimada Veronica,
Debes comenzar el proceso de homologacion de tu segundo titulo, si tienes alguna duda con respecto al proceso y gestionar el mismo o cualquier otro caso de asistencia juridica procede a realizar una cita para una consulta presencial o online (vía Skype, Whats app o telefónica) directamente conmigo.desde este despacho podemos ayudarte a realizar cualquier trámite de Extranjeria tanto dentro de España como fuera
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Saludos.
Buenas tardes, me gustaría saber si es posible obtener permiso para trabajar en España en un rubro que no este en el catálogo de oficios de difícil cobertura. Soy de Uruguay. Desde ya muchas gracias, saludos!
Estimada Alejandra,
Podrías solicitar un permiso de trabajo por cuenta ajena o visado para emprendedores.
Si requieres mayor aclaración escribirnos para una consulta Online.
Un saludo