Certificado de Concordancia
Cuando una persona obtiene la nacionalidad española, uno de los temas más recurrentes es si debe tramitar el certificado de concordancia. En Máchelin Díaz Abogado, entendemos la confusión que esto puede generar, ya que nuestros clientes suelen tener dudas sobre cuándo es obligatorio este documento y en qué circunstancias es simplemente innecesario. A lo largo de este artículo, responderemos a estas preguntas, basándonos en nuestra experiencia práctica, y explicaremos cuándo es recomendable realizar este trámite y cuándo puedes evitarlo.
El certificado de concordancia es un documento emitido por la Policía Nacional española que certifica que el NIE (Número de Identificación de Extranjeros) y el DNI (Documento Nacional de Identidad) pertenecen a la misma persona. Esto es especialmente útil cuando, tras obtener la nacionalidad, surge la necesidad de probar que ambos números (NIE y DNI) corresponden al mismo individuo.
¿Es obligatorio tramitar el Certificado de Concordancia?
Desde nuestra experiencia en Máchelin Díaz Abogado, hemos comprobado que el certificado de concordancia no siempre es necesario. En la mayoría de los trámites administrativos o bancarios, como los que involucran a la Seguridad Social, Hacienda o incluso la Dirección General de Tráfico (DGT), este documento no es solicitado.
Nuestros clientes han podido realizar gestiones como el cambio de titularidad de vehículos, la afiliación a la seguridad social o incluso la apertura de cuentas bancarias sin la necesidad de presentar el certificado de concordancia. ¿Por qué? Porque, en la mayoría de estos casos, basta con el DNI para acreditar tu identidad ante las entidades correspondientes. Sin embargo, hay situaciones específicas donde sí se solicita.
Casos donde no es necesario el certificado de concordancia:
- Seguridad Social: Si ya tienes tu DNI tras obtener la nacionalidad, puedes gestionar tus trámites sin necesidad de este certificado. La Seguridad Social reconoce automáticamente el cambio de NIE a DNI.
- Hacienda: Para realizar declaraciones fiscales o trámites relacionados con tu situación tributaria, el uso de tu DNI es suficiente.
- Dirección General de Tráfico (DGT): Cambiar el número de NIE a DNI en registros de la DGT se puede realizar sin necesidad del certificado de concordancia.
- Entidades Bancarias: La mayoría de los bancos solo requieren el DNI para continuar gestionando tus cuentas y productos financieros.
Te animamos a contactarnos si tienes dudas sobre si tu caso particular requiere el certificado o si puedes gestionarlo sin él. También puedes dejarnos un comentario si te han solicitado el certificado en alguna de estas instituciones.
¿Cuándo sí es necesario el Certificado de Concordancia?
A pesar de que el certificado no suele ser necesario para la mayoría de los trámites cotidianos, hay situaciones específicas donde sí es exigido. Según nuestra experiencia, los siguientes casos requieren este documento:
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Cambios en el Registro Mercantil
Si tienes una empresa constituida con tu NIE, es probable que necesites el certificado de concordancia cuando decidas cambiar tu número de identificación de NIE a DNI en el Registro Mercantil. Esto es especialmente importante si eres administrador de una sociedad o tienes algún rol dentro de la misma.
En estos casos, el notario puede solicitarte este certificado para asegurarse de que el cambio de NIE a DNI en los documentos empresariales está debidamente justificado. Este trámite busca evitar confusiones en las operaciones comerciales o legales que involucren a la sociedad.
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Propiedades Registradas en el Registro de la Propiedad
Si realizaste la compra de una propiedad con tu NIE y deseas registrar el cambio a tu DNI tras obtener la nacionalidad, el Registro de la Propiedad puede pedirte el certificado de concordancia. Este trámite es crucial para evitar discrepancias en los registros y asegurar que la propiedad está correctamente asociada a tu nuevo número de identificación.
Este tipo de situaciones se da comúnmente cuando una persona ha adquirido una vivienda con su NIE y, después de obtener la nacionalidad, necesita actualizar sus datos en el Registro de la Propiedad.
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Testamentos y Herencias
En casos de redacción de testamentos o para la gestión de herencias, algunos notarios pueden solicitar el certificado de concordancia para garantizar que no existen problemas con la identificación de la persona. Esto se debe a que el NIE aparece en los documentos originales de compraventa o contratos, y el notario necesitará verificar que el número de DNI que ahora figura pertenece a la misma persona.
Si este es tu caso, podemos guiarte en todo el proceso, desde la solicitud del certificado hasta la actualización de tus datos en los documentos correspondientes. Contáctanos para recibir asesoría legal especializada.
¿Cómo tramitar el Certificado de Concordancia?
Si después de evaluar tu caso, consideras que necesitas el certificado de concordancia, el proceso para obtenerlo es sencillo. A continuación, te explicamos los pasos a seguir:
- Solicitud en la Policía Nacional: El trámite se realiza presencialmente en cualquier comisaría de la Policía Nacional. Deberás solicitar cita previa a través de su plataforma en línea.
- Documentación necesaria:
- Tu DNI (ya que has obtenido la nacionalidad).
- Tu antiguo NIE.
- Un formulario de solicitud que te entregarán en la comisaría.
- Pago de la tasa administrativa correspondiente (actualmente alrededor de 7 a 9 euros).
- Tiempo de espera: Generalmente, el certificado se entrega en el mismo día o, en algunos casos, puede tardar entre 3 a 7 días hábiles.
El certificado de concordancia, una vez obtenido, puede ser utilizado en los trámites específicos que lo requieran, aunque, como hemos mencionado antes, no es necesario para la mayoría de las gestiones diarias.
¿Necesitas o no el Certificado de Concordancia?
En resumen, el certificado de concordancia tras obtener la nacionalidad española no es necesario para la mayoría de los trámites con entidades públicas y privadas, como la Seguridad Social, Hacienda o los bancos. Sin embargo, sí es recomendable y necesario en situaciones específicas, como el cambio de datos en el Registro Mercantil, el Registro de la Propiedad o para gestiones notariales relacionadas con testamentos y herencias.
En Máchelin Díaz Abogado, somos especialistas en extranjería, asilo y nacionalidad, y contamos con la experiencia necesaria para asesorarte en cada paso del camino. Si tienes dudas sobre si deberías tramitar el certificado de concordancia en tu caso particular, o necesitas ayuda para otros trámites relacionados con tu nacionalidad, no dudes en contactarnos. Nuestro equipo estará encantado de ayudarte a resolver tus inquietudes y facilitarte el proceso.
Deja tu comentario si en algún momento te han solicitado el certificado de concordancia, y no olvides seguirnos en nuestras redes sociales para estar al día con las últimas novedades en materia de extranjería y nacionalidad española.
Fuentes de información:
- Ministerio del Interior – Policía Nacional (https://www.policia.es/)
- Registro Mercantil de España (https://www.rmc.es/)
- Dirección General de Tráfico (https://sede.dgt.gob.es/)
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