Cómo cambiar de empleador con tu autorización de residencia y trabajo: trámites, plazos y documentos

2Cómo cambiar de empleador con tu autorización de residencia y trabajo: trámites, plazos y documentos

Tras la reforma del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), cambiar de empleador con una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena es posible, pero no siempre es automático. Si estás pensando en hacerlo, es importante que conozcas los pasos exactos, los plazos y la documentación que deberás presentar para no poner en riesgo tu permiso.

Este artículo explica qué debes hacer si:

  • Has cumplido los tres primeros meses con tu empleador.

  • Tu empleador ha incumplido el contrato.

  • Tu empleador no puede continuar la relación laboral.

  • Quieres cambiar de ocupación.

Caso 1: Han pasado tres meses desde la activación del permiso

Si tienes una autorización inicial por cuenta ajena y han pasado más de tres meses desde la fecha de vigencia (alta en la Seguridad Social o entrada en España con visado), puedes cambiar de empleador sin necesidad de justificar causa alguna.

Condición: el nuevo contrato debe ser de la misma ocupación.

Qué debes hacer:

  • El nuevo empleador debe comunicar el cambio a la Oficina de Extranjería.

  • Extranjería emitirá un documento que confirma que tu autorización sigue vigente.

  • Con ese documento puedes inscribirte en el Servicio Público de Empleo, si es necesario.

Caso 2: El empleador incumple el contrato (artículo 79.2)

Si tu empleador no te da de alta, no paga el salario, modifica tus condiciones laborales de forma unilateral o comete cualquier otra infracción laboral grave, puedes cambiar de empleador antes de cumplir los tres meses.

En estos casos:

  • Debes tener pruebas del incumplimiento (denuncias, comunicaciones, testigos, informes, etc.).

  • Dispones de tres meses desde que se detecta el incumplimiento para que un segundo empleador comunique el cambio a Extranjería.

Documentación recomendada:

  • Contrato con el nuevo empleador.

  • Carta de despido o baja voluntaria si aplica.

  • Denuncias ante la Inspección de Trabajo o procedimientos judiciales.

  • Declaración escrita explicando la situación, si no hay otro medio de prueba.

Caso 3: El empleador no puede continuar (artículo 79.3)

Si ocurren hechos ajenos a la voluntad del empleador que impiden iniciar o continuar la actividad laboral (como el cierre de la empresa, fallecimiento del empleador o denegación del visado), puedes cambiar antes de los tres meses.

Plazos:

  • Debes comunicar la situación a Extranjería en un plazo máximo de 15 días.

  • Tienes tres meses desde esa comunicación para que otro empleador presente el nuevo contrato.

Documentación recomendada:

  • Justificante de la causa (cierre, despido objetivo, etc.).

  • Contrato del nuevo empleador.

  • Comunicación formal del cambio dirigida a Extranjería.

Si el nuevo trabajo pertenece a otra ocupación

Durante el primer año, la autorización inicial está limitada a la misma ocupación. Si el nuevo empleo pertenece a otra categoría profesional o grupo de cotización, necesitas tramitar una modificación conforme al artículo 192.

Qué puedes hacer:

  • Solicitar una modificación de autorización ante la Oficina de Extranjería.

  • Esperar al segundo año para solicitar la renovación con ampliación del ámbito ocupacional.

  • Mantenerte dentro de tu ocupación inicial hasta poder cambiar de forma segura.

Documentación general para el cambio de empleador

En todos los casos, conviene tener preparada:

  • Contrato firmado con el nuevo empleador.

  • Identificación del empleador (DNI, NIE o CIF).

  • Certificado de vida laboral o justificante de alta anterior.

  • Documento justificativo del cese laboral.

  • Declaración jurada del trabajador si no hay documentos formales.

  • Denuncias o escritos de la Inspección de Trabajo, si aplica.

  • Formulario oficial de comunicación del cambio.

Recomendaciones profesionales

  • No tomes decisiones sin consultar con un abogado especializado. Un error puede afectar futuras renovaciones.

  • Documenta todo desde el inicio de la relación laboral.

  • Si estás sin empleo durante el cambio, inscríbete como demandante de empleo en el SEPE. Esto protege tu situación administrativa.

  • Verifica que el nuevo contrato cumpla con las condiciones salariales y laborales exigidas.

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