Cómo extranjero en España debes notificar tu cambio de domicilio, nacionalidad y estado civil ¿Lo sabías?

¿Sabías que como extranjero con autorización para permanecer en España tienes del deber de notificar el cambio de domicilio?. En efecto según lo establece el artículo 214 del RD 557/2011 textualmente expresa:

“Los extranjeros autorizados a permanecer en España estarán obligados a poner en conocimiento de la Oficina de Extranjería o de la Comisaría de Policía correspondientes al lugar donde residan o permanezcan los cambios de nacionalidad, de domicilio habitual y de estado civil. Dicha comunicación deberá realizarse en el plazo máximo de un mes desde que se produjese el cambio o modificación y deberá ir acompañada de los documentos que acrediten dichos cambios.”