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Cómputo del tiempo en situación irregular para solicitar Arraigo (Criterio DGGM 4/2025)
¿Desde cuándo se considera que estoy en situación irregular?
- Si NO recurriste la denegación de asilo: desde la fecha en que se dictó o notificó esa resolución.
- Si SÍ recurriste (reposición o contencioso): desde la última resolución desestimatoria firme o desde la fecha de registro del desistimiento del recurso.
Consejo práctico: guarda y aporta las resoluciones (y, si hubo, las sentencias o el desistimiento) para acreditar con exactitud el inicio del cómputo.
¿Cómo afecta a mi solicitud de Arraigo?
- Arraigo social / laboral / por formación / : verifica si alcanzas 2 años (o 6 meses si te aplica la transitoria) desde el inicio real de tu situación irregular según tu caso.
- El tiempo mientras esperabas la decisión de asilo no suma hasta que haya firmeza.
- Si tu recurso terminó en desistimiento, el cómputo empieza el día del registro del desistimiento.

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