Criterio de Gestión 6/2025: silencio administrativo positivo en la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE/EEE

Criterio de Gestión 6/2025: silencio administrativo positivo en la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE/EEE

Actualizado: 7 de noviembre de 2025 La Dirección General de Gestión Migratoria (DGGM) ha fijado que, si la Oficina de Extranjería no resuelve en el plazo legal de tres meses una solicitud de tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión (o EEE), la petición se entiende estimada por silencio administrativo positivo. Este criterio unifica la práctica en todo el territorio y recoge la doctrina del Tribunal Supremo y del Derecho de la Unión.

¿Qué establece exactamente el Criterio 6/2025?

  • Si transcurren 3 meses desde la solicitud sin resolución expresa, la tarjeta permanente se considera concedida por silencio administrativo positivo.
  • La Oficina de Extranjería debe emitir, a petición del interesado, una certificación administrativa que acredite el silencio estimatorio, sin revalorar el fondo del expediente.
  • Si se dicta resolución fuera de plazo, debe respetar los efectos favorables del silencio, salvo causas legales de nulidad o revisión.

¿A quién aplica?23

A las solicitudes de tarjeta de residencia permanente presentadas por familiares de ciudadanos de la UE/EEE (Real Decreto 240/2007) que cumplan los requisitos materiales, incluido el cómputo de cinco años de residencia legal continuada.

Resumen operativo

Plazo legal para resolver 3 meses desde la solicitud de la tarjeta permanente
Si no hay resolución en plazo Silencio positivo (concesión)
Qué puedes pedir Certificación administrativa de silencio estimatorio
Resolución fuera de plazo Debe respetar el efecto del silencio favorable (salvo nulidad/revisión)
Base Doctrina del Tribunal Supremo y Directiva 2004/38/CE

Cómo solicitar la certificación de silencio (pasos prácticos)

  1. Verifica que han pasado 90 días desde la presentación (guarda resguardo/registro).
  2. Presenta escrito simple ante tu Oficina de Extranjería solicitando la certificación de silencio estimatorio de tu expediente.
  3. Adjunta: copia del resguardo de solicitud, identidad y cualquier prueba del cumplimiento de los 5 años (si procede).
  4. Con la certificación, solicita expedición/renovación de tarjeta física conforme a la práctica de tu provincia.

Fundamento jurídico esencial

  • Directiva 2004/38/CE: el derecho de residencia permanente nace del cumplimiento de los requisitos materiales; la tarjeta no es condición previa para ejercer ese derecho (arts. 16, 19 y 25).
  • Tribunal Supremo (STS 19/01/2022, rec. 3501/2020) y resoluciones posteriores: si no hay resolución en 3 meses en solicitudes de permanente de familiar de ciudadano UE/EEE, opera el silencio positivo.

Consulta y descarga oficial

Documento oficial del Criterio 6/2025: abrir en Acrobat. Página de Criterios de Gestión del Ministerio: consultar aquí.


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