“Los trabajadores de actividades no esenciales deberán quedarse en casa”.
La tendencia al alza del número de fallecidos por coronavirus en los últimos días ha llevado al Gobierno a endurecer el confinamiento de los 47 millones de españoles. Pedro Sánchez anunció ayer, la limitación total de movimientos salvo los de los trabajadores de actividades esenciales.
La medida obliga a quedarse en casa a todos los trabajadores que no pertenecen “a actividades esenciales, pero les garantiza un permiso retribuido recuperable.” Esto significa que seguirán recibiendo su salario con normalidad y cuando termine la situación actual de emergencia sanitaria recuperarán las horas de trabajo no prestadas de manera paulatina y espaciada en el tiempo. Tendrán hasta el 31 de diciembre de 2020 para hacerlo.
PROFESIONES ESENCIALES :
• Empresas que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y
“el funcionamiento de los servicios de bienes de primera necesidad: alimentos, bebidas, productos higiénicos, sanitarios y farmacéuticos, permitiendo su distribución.” • Médicos,enfermeros y personal sanitario.”
• Farmacias.
“• Fuerzas Armadas y cuerpos de seguridad,tanto públicos como privados.”
• Restauración con entrega de comida a domicilio.
• Trabajadores de medios de transporte.
• Empleados del hogar y personas cuidadoras cuyos empleadores trabajen en servicios esenciales.
“• Quioscos de prensa, medios de comunicación y servicios meteorológicos.”
• Empresas de servicios financieros y seguros.
“• Industria electrointensiva,siderúrgica y minera.”
• Empresas dedicadas a la fabricación de baterías de plomo o de cualquier material necesario para la atención sanitaria.
“• Industria aeroespacial, de defensa y sectores estratégicos.”
• Empresas de telecomunicaciones y de servicios informáticos esenciales.
• Trabajadores en atención a víctimas de violencia de género.
• Trabajadores de atención a inmigrantes.
• Trabajadores que presten servicios en actividades esenciales para la
“gestión de las prestaciones públicas,subsidios y ayudas legal.”
“• Gestorías administrativas , asesorías, despachos profesionales y asesoramiento legal, fiscal,empresarial y sociolaboral.”
• Notarías.
• Servicios esenciales de justicia.
• Servicios funerarios.
• Correos y servicio postal universal básico.
• Actividad sindical y patronal de servicio.
• Trabajadores de limpieza y mantenimiento de cualquiera de los sectores anteriormente mencionados.
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