Denegaciones de nacionalidad por “baches” en la continuidad de la residencia: tres casos reales (y cómo evitarlos)

Denegaciones de nacionalidad por “baches” en la continuidad de la residencia: tres casos reales (y cómo evitarlos)

En los últimos meses estamos viendo resoluciones —sobre todo en Madrid— que rompen la continuidad de la residencia al pasar de tarjeta de familiar de ciudadano de la UE (TFC) a arraigo familiar o a residencia y trabajo. Ese corte luego aflora en el expediente de nacionalidad: Justicia computa residencia legal e ininterrumpida y, si aparece un “bache”, deniega.

A continuación reunimos tres ejemplos reales y explicamos cómo lo solucionamos.


Qué está pasando

  • Se fija la validez desde la fecha de resolución, en lugar de enlazarla con la fecha de solicitud o con el día siguiente a la caducidad de la autorización anterior.
    Ejemplo típico: la TFC nueva aparece “válida desde 28/05/2025” aunque la solicitud entró el 11/02/2025.

  • En cambios de régimen (p. ej., TFC → arraigo familiar o TFC → residencia y trabajo) el Registro Central de Extranjeros refleja ese arranque tardío y se generan meses “en blanco”.
    Ejemplo real: TFC 02/03/2020–01/03/2025 y arraigo solicitado 12/02/2025 pero válido desde 19/05/2025 → el tramo 01/03→19/05 queda sin residencia legal.

  • Al pedir la nacionalidad, Justicia toma lo que Interior tiene grabado; si ve un hueco, no computa esos meses y puede denegar por no alcanzar el tiempo exigido.
    Ejemplo real: cálculo de 0 años, 5 meses y 2 días a la fecha de solicitud de nacionalidad porque solo contaron desde la nueva autorización.

Importante: la corrección de estas fechas se pide a la Oficina de Extranjería que resolvió el expediente. No es “culpa” del Ministerio de Justicia: Extranjería es quien graba la validez de la autorización y, por tanto, quien puede rectificarla.


Tres casos reales

Caso 1 — De TFC a Arraigo Familiar (Islas Baleares)

  • En el registro constan:
    TFC: 02/03/2020 → 01/03/2025.
    Arraigo familiar (progenitora de menor español): solicitud 12/02/2025validez 19/05/2025–18/05/2030.

  • Problema: ~2,5 meses sin residencia legal (01/03→19/05).

  • Qué hacemos: pedir efectos retroactivos para “empatar/enlazar” el arraigo con la TFC sin interrupción. Esto lo solicitamos expresamente en el escrito.

Caso 2 — TFC concedida con inicio tardío (Madrid)

  • Resolución: “Validez desde 28/05/2025 hasta 27/05/2030” pese a que la solicitud entró el 11/02/2025.

  • Riesgo: si la TFC anterior caducó antes del 28/05, queda un bache que perjudica la nacionalidad.

  • Qué hacemos: revisar el asiento y solicitar corrección para que la validez se compute desde la solicitud o desde el día siguiente a la caducidad.

Caso 3 — De régimen comunitario a Residencia y Trabajo (Madrid) y denegación de nacionalidad

  • Cronología: concesión de residencia y trabajo con validez desde 26/10/2022; renovación posterior anclada a esa misma fecha.

  • Nacionalidad: Justicia deniega por “no contar con 2 años”, porque solo computa lo grabado en Trabajo y Residencia (y no enlaza el periodo previo en régimen comunitario).

  • Contexto útil: la modificación se hizo en plazo, pero el interesado no cumplía 3 años de matrimonio con español/a, por lo que salió del régimen comunitario y se generó el bache. Aquí sí hubo denegación por el cómputo.


Por qué no debe romperse la continuidad

  • En arraigo familiar (progenitor de menor español) podemos pedir efectos retroactivos en la propia solicitud para no interrumpir la residencia cuando venimos de TFC.

  • Las resoluciones de Extranjería producen plenos efectos (no dependen de la TIE). Por eso es clave que la fecha de efectos quede bien asentada: enlazada a la solicitud o al día siguiente de la caducidad del permiso anterior.


Cómo lo resolvemos en el despacho

  1. Auditoría de continuidad antes de presentar nacionalidad: revisamos resoluciones, asientos del Registro y empadronamientos (altas/bajas) para detectar cualquier hueco.

  2. Escrito técnico de corrección a la Oficina de Extranjería que resolvió, solicitando efectos enlazados (desde solicitud o desde el día posterior a la caducidad).

  3. Aporte del Registro actualizado: una vez corregida la fecha, Justicia ya computará sin baches.

  4. Impugnación: si ya hubo denegación, recurrimos con la documentación que demuestra la continuidad real.

Nota práctica: en muchos casos Extranjería ha subsanado tras nuestro escrito. En otros, estamos pendientes de la rectificación y no presentamos nacionalidad hasta que el asiento esté correcto.


¿Te afecta si estás casada/o con un español?

Sí, pero con matices. En estos supuestos también importa desde cuándo se computa.
Estamos preparando un artículo específico: “¿Nacionalidad por matrimonio: cuenta desde la solicitud o desde la grabación de la residencia?” 
Te recomendamos leerlo a continuación para saber qué fecha manda en ese escenario.


Conclusión

Si has cambiado de TFC a arraigo familiar o a residencia y trabajo desde 2022, revisa ya las fechas de efectos de tus resoluciones y lo que figura en el Registro Central de Extranjeros.
Si detectas un “bache”, pide la corrección a la Oficina de Extranjería que resolvió antes de presentar nacionalidad. En MÁCHELIN DÍAZ estamos restableciendo la continuidad con escritos técnicos y evitando denegaciones que no deberían producirse.

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