¿Desde cuándo empieza a contar el tiempo para el Arraigo si desistí del asilo? La clave es la fecha de registro del desistimiento

Máchelin Díaz Abogados Extranjería

Extranjería • Arraigos • SEM 1/2025 • DGGM 4/2025

¿Desde cuándo empieza a contar el tiempo para el Arraigo si desistí del asilo? La clave es la fecha de registro del desistimiento

Actualizado: 29 de agosto de 2025 • Reglamento (RD 1155/2024) en vigor desde 20/05/2025

Si has sido solicitante de protección internacional y presentaste un desistimiento, el cómputo del tiempo para solicitar un arraigo se reanuda desde la fecha en que tu escrito de desistimiento quedó registrado ante la autoridad competente (es decir, el acuse o justificante de registro con sello o número de entrada). Esto está expresamente recogido en el Criterio de Gestión DGGM 4/2025.

Traducción práctica: lo que cuenta es el día del registro de tu desistimiento, no cuando más tarde te notifiquen el archivo o el decreto judicial. Aun así, aporta ambos documentos si los tienes.

Este criterio se integra con lo ya explicado en nuestra guía sobre la Instrucción SEM 1/2025: la condición de solicitante nace desde la manifestación de voluntad, y durante ese periodo el tiempo no computa; al desistir, deja de ser solicitante y el cómputo comienza o se reanuda.

¿Qué documento acredita la fecha de registro?

  • Administrativo (reposición/alzada): justificante/acuse de registro (telemático con CSV o sellado en ventanilla).
  • Judicial (contencioso): resguardo de presentación (p. ej. LexNET/Decanato). El decreto de archivo puede llegar después; tu fecha de registro es la que fija el reinicio del cómputo.
  • Consejo: adjunta ambos si dispones del archivo/decreto.
 

Otros efectos prácticos (en línea con lo ya explicado)

  • Estancia por estudios, PAC, nómadas, prácticas, intraempresarial: al desistir, puedes recuperar la estancia (p. ej., turista) desde esa fecha y valorar plazos de solicitud. Ver análisis: reanudación del cómputo.
  • El “19 de marzo” no es muro final: existen soluciones (p. ej., desistir del recurso) si tu resolución llega después. Ver: fecha límite u oportunidad.
 

Checklist de aportes

  • Empadronamientos, billetes y constancias que acrediten tiempo previo.
  • Documento de manifestación de voluntad o registro ADEXTRA (si consta).
  • Acuse/justificante de registro del desistimiento (administrativo o judicial) y, en su caso, decreto/archivo.
  • Si alegas Transitoria 5ª: prueba de denegación/desestimación firme.
 

Documento oficial y verificación

Consulta el Criterio de Gestión 4/2025 completo: Acceso al documento (Adobe Acrobat). CSV: GEN-dab8-d338-28eb-9e85-071d-7c98-046a-d0e8 (verificación en run.gob.es/hsblF8yLcR).
 
¿Te calculamos la fecha exacta? Revisamos tus resoluciones y justificantes de registro y te decimos cuándo puedes solicitar tu permiso.

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¿Desde cuándo empieza a contar el tiempo para el Arraigo si desistí del asilo? La clave es la fecha de registro del desistimiento

Actualizado: 29 de agosto de 2025 • Reglamento (RD 1155/2024) en vigor desde 20/05/2025

Si has sido solicitante de protección internacional y presentaste un desistimiento, el cómputo del tiempo para solicitar un arraigo se reanuda desde la fecha en que tu escrito de desistimiento quedó registrado ante la autoridad competente (es decir, el acuse o justificante de registro con sello o número de entrada). Esto está expresamente recogido en el Criterio de Gestión DGGM 4/2025.

Traducción práctica: lo que cuenta es el día del registro de tu desistimiento, no cuando más tarde te notifiquen el archivo o el decreto judicial. Aun así, aporta ambos documentos si los tienes.

Este criterio se integra con lo ya explicado en nuestra guía sobre la Instrucción SEM 1/2025: la condición de solicitante nace desde la manifestación de voluntad, y durante ese periodo el tiempo no computa; al desistir, deja de ser solicitante y el cómputo comienza o se reanuda.

¿Qué documento acredita la fecha de registro?

  • Administrativo (reposición/alzada): justificante/acuse de registro (telemático con CSV o sellado en ventanilla).
  • Judicial (contencioso): resguardo de presentación (p. ej. LexNET/Decanato). El decreto de archivo puede llegar después; tu fecha de registro es la que fija el reinicio del cómputo.
  • Consejo: adjunta ambos si dispones del archivo/decreto.
 

Otros efectos prácticos (en línea con lo ya explicado)

  • Estancia por estudios, PAC, nómadas, prácticas, intraempresarial: al desistir, puedes recuperar la estancia (p. ej., turista) desde esa fecha y valorar plazos de solicitud. Ver análisis: reanudación del cómputo.
  • El “19 de marzo” no es muro final: existen soluciones (p. ej., desistir del recurso) si tu resolución llega después. Ver: fecha límite u oportunidad.
 

Checklist de aportes

  • Empadronamientos, billetes y constancias que acrediten tiempo previo.
  • Documento de manifestación de voluntad o registro ADEXTRA (si consta).
  • Acuse/justificante de registro del desistimiento (administrativo o judicial) y, en su caso, decreto/archivo.
  • Si alegas Transitoria 5ª: prueba de denegación/desestimación firme.
 

Documento oficial y verificación

Consulta el Criterio de Gestión 4/2025 completo: Acceso al documento (Adobe Acrobat). CSV: GEN-dab8-d338-28eb-9e85-071d-7c98-046a-d0e8 (verificación en run.gob.es/hsblF8yLcR).
 
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