Dictamen C/2025/6319 del Comité Europeo de las Regiones: igualdad de género y derechos de las mujeres en la UE desde la perspectiva local y regional
El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado el Dictamen del Comité Europeo de las Regiones (C/2025/6319) sobre “La perspectiva local y regional en el refuerzo de los derechos de las mujeres y de la igualdad de género en la UE”. Este documento pone el foco en el papel clave de las ciudades y regiones a la hora de aplicar, en la práctica, las políticas europeas de igualdad de género y lucha contra la violencia sobre las mujeres.
1. ¿Qué es el dictamen C/2025/6319 del Comité Europeo de las Regiones?
El Comité Europeo de las Regiones (CdR) es el órgano consultivo que representa a los entes locales y regionales (ayuntamientos, diputaciones, comunidades autónomas, etc.) dentro de la Unión Europea. En el dictamen C/2025/6319 el CdR analiza cómo reforzar los derechos de las mujeres y la igualdad de género, destacando que la igualdad entre mujeres y hombres es un derecho fundamental y un valor democrático esencial de la UE.
El documento se vincula a la “Hoja de ruta sobre los derechos de la mujer” presentada por la Comisión Europea [COM(2025) 97 final], que servirá de base para la nueva Estrategia para la Igualdad de Género de la Unión Europea en los próximos años. El CdR respalda esta hoja de ruta, pero advierte de que todavía no se reconoce suficientemente el papel de los entes locales y regionales en la aplicación efectiva de las políticas de igualdad sobre el terreno.
2. Por qué ciudades y regiones son clave para la igualdad de género
El dictamen insiste en que los entes locales y regionales deben ser reconocidos como socios estratégicos en la elaboración, aplicación y evaluación de la hoja de ruta y de la futura estrategia de igualdad de género. Para ello, reclama:
- Recursos financieros adecuados para aplicar políticas de igualdad en el ámbito local y regional.
- Refuerzo de los organismos de igualdad a nivel regional y municipal.
- Una cooperación estrecha con la sociedad civil y las entidades que trabajan con mujeres, incluidas mujeres migrantes.
- Respeto al principio de subsidiariedad: las decisiones deben tomarse lo más cerca posible de la ciudadanía, allí donde los retos en materia de igualdad son más tangibles.
El CdR recuerda que la igualdad de género debe integrarse en todas las fases de la acción pública: diseño de políticas, presupuestos, ejecución, seguimiento y evaluación.
3. Fondos europeos y presupuestos con perspectiva de género
El dictamen enlaza directamente la igualdad de género con la forma en que se utilizan los fondos europeos. Señala que el próximo marco financiero plurianual 2028-2034 debe integrar de manera sistemática la perspectiva de género en todos los programas de la UE, y pide reforzar la metodología de presupuestación con perspectiva de género.
En particular, subraya el papel del Fondo Social Europeo Plus (FSE+), recordando que este fondo debe:
- Financiar de forma prioritaria actuaciones que beneficien directamente a las personas (mujeres, familias monoparentales, personas que sufren múltiples discriminaciones).
- Apoyar formación, empleo, innovación social y desarrollo de capacidades que refuercen la independencia económica de las mujeres.
- Evitar que las inversiones reproduzcan brechas de género ya existentes en el territorio.
La idea central es clara: no basta con tener fondos; hay que gastar con enfoque de igualdad para que el dinero público contribuya a cerrar las brechas, no a ampliarlas.
4. Mujeres en zonas rurales y brecha territorial
El dictamen dedica un bloque específico a la situación de las mujeres en zonas rurales y menos desarrolladas. Recuerda que estas mujeres afrontan obstáculos sistémicos para acceder al empleo, la educación, la sanidad y la participación política, y que muchas sufren una discriminación múltiple.
- Pide que las políticas agrícolas y de desarrollo rural presten más atención al papel de las mujeres en el medio rural, con medidas concretas para mejorar su formación, emprendimiento y empleabilidad.
- Recomienda avanzar en la cotitularidad de las explotaciones agrarias y aumentar la presencia de mujeres en los órganos de dirección de cooperativas y asociaciones.
- Señala la necesidad de visibilizar y dotar de recursos la prevención y atención de la violencia de género en el medio rural, acercando servicios a la población y luchando contra la despoblación y el aislamiento.
Para muchas mujeres migrantes que residen en zonas rurales o en municipios pequeños, estas recomendaciones son fundamentales: acceso real a recursos, a información y a servicios de protección y apoyo.
5. Violencia de género, Directiva europea y enfoque interseccional
El CdR saluda la adopción de la nueva Directiva de la UE sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, aunque lamenta que falte una definición de violación basada explícitamente en el consentimiento, conforme al Convenio de Estambul.
El dictamen subraya que:
- La aplicación adecuada y oportuna de la Directiva por parte de los Estados miembros será clave para garantizar protección efectiva, acceso a la justicia y servicios de apoyo a las mujeres.
- La lucha contra la violencia de género exige combatir estereotipos, normas de género perjudiciales y lenguaje discriminatorio, y fomentar masculinidades corresponsables.
Además, el CdR recuerda que la igualdad de género debe abordarse de forma interseccional: las mujeres sin hogar, las mujeres migrantes, las pertenecientes a minorías étnicas y las que sufren discapacidad se ven afectadas desproporcionadamente por las desigualdades estructurales y requieren medidas específicas.
6. ¿Qué implica este dictamen para las mujeres migrantes y extranjeras en España?
Aunque se trata de un dictamen consultivo (no es una normativa directamente aplicable), sus recomendaciones orientan la actuación de la Unión Europea y de los Estados miembros, y sirven de referencia para comunidades autónomas y ayuntamientos en España.
En la práctica, el dictamen refuerza la idea de que las políticas de igualdad de género deben incluir también a las mujeres migrantes y extranjeras que viven en la UE, y que:
- Los servicios de atención a víctimas de violencia de género, empleo, formación, vivienda y servicios sociales deben ser accesibles independientemente del origen o situación administrativa, dentro del marco legal aplicable.
- Los proyectos financiados con fondos europeos tienen que medir su impacto en términos de igualdad de género y considerar especialmente a las mujeres en situación de vulnerabilidad, incluidas las migrantes.
- Las entidades locales y regionales deben cooperar con asociaciones especializadas que trabajan con mujeres inmigrantes para diseñar políticas basadas en la realidad de los territorios.
Si eres mujer migrante en España y estás sufriendo discriminación, violencia de género o barreras para acceder a servicios, este marco europeo refuerza la obligación de las administraciones públicas de ofrecerte recursos y protección efectivos.
7. Recomendaciones prácticas para administraciones locales y regionales
A partir del dictamen C/2025/6319, las administraciones locales y regionales pueden extraer varias líneas de actuación:
- Integrar la perspectiva de género en todos los planes municipales y autonómicos (vivienda, empleo, salud, educación, migración, seguridad).
- Aplicar presupuestación con perspectiva de género, identificando cómo se reparten los recursos entre mujeres y hombres, y midiendo resultados.
- Reforzar la coordinación entre áreas de igualdad y extranjería para garantizar que las mujeres migrantes acceden a servicios y recursos de protección.
- Impulsar programas específicos en zonas rurales para luchar contra el aislamiento, la falta de servicios y la violencia de género.
- Apoyar a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con mujeres, especialmente aquellas que acompañan a víctimas de violencia y a mujeres migrantes o refugiadas.
8. Enlaces oficiales al texto del dictamen
Si quieres consultar directamente el documento, puedes acceder a las siguientes fuentes oficiales:
- Texto oficial en EUR-Lex (Diario Oficial, Serie C, C/2025/6319): https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:C_202506319.
- ELI oficial del documento: http://data.europa.eu/eli/C/2025/6319/oj.
- Versión PDF facilitada por el despacho: Descargar PDF desde Adobe Acrobat.
Para información general sobre viajes y derechos de las personas que se desplazan dentro de la UE, también puedes consultar los portales oficiales de la Unión Europea, como Travel to Europe o la sección de viajes de Your Europe.
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