Duración de las autorizaciones de residencia (Criterio de Gestión 2/2025)

 

Máchelin Díaz - Abogada de Extranjería

Ley 14/2013 · Emprendedores, PAC, Investigadores, ITC y Nómadas Digitales

Duración de las autorizaciones de residencia (Criterio de Gestión 2/2025)

La Dirección General de Gestión Migratoria ha fijado cómo calcular la vigencia de las autorizaciones de la Ley 14/2013. En general, se concederán por el tiempo necesario para la actividad y, cuando proceda, pueden ser inferiores a 90 días naturales. A continuación, te explico lo esencial y qué significa en tu caso.

Fecha de firma del criterio: 16 de julio de 2025. Aplicable a categorías de la Ley 14/2013 no sujetas al régimen general.

¿A quién aplica?

  • Emprendedores.
  • Profesionales Altamente Cualificados (PAC).
  • Investigadores.
  • Traslados Intraempresariales (ITC).
  • Teletrabajadores de carácter internacional (nómadas digitales).
Estas figuras están fuera del régimen general (LOEx/RD 1155/2024); su duración se ajusta a la actividad real o límites específicos.

Duración por categoría (resumen)

Categoría Vigencia
Emprendedores 3 años (única).
PAC Igual al contrato + 3 meses si el contrato es < 3 años, con tope en 3 años.
Investigadores Igual al convenio/contrato, máximo 3 años.
ITC Por la duración del traslado: hasta 3 años (directivos/especialistas) o 1 año (en formación).
Teletrabajo internacional Por el tiempo solicitado, con máximo 3 años.

Nota: en supuestos permitidos, la concesión puede ser inferior a 90 días naturales.

Contexto y encaje con la reforma

Este criterio aclara la duración bajo Ley 14/2013, en línea con directivas UE que vinculan la residencia al período necesario para la actividad. Complementa los cambios de procedimiento y renovación introducidos por la reforma del Reglamento de Extranjería (agilización, simplificación documental, ajustes de medios económicos, etc.).

Preguntas frecuentes

¿Puede mi autorización ser de menos de 90 días?

Sí, cuando la actividad lo justifique y esté permitido para tu figura, es viable conceder por menos de 90 días naturales.

Si cambio mi contrato, ¿cambia la vigencia (PAC)?

En PAC, la vigencia se ancla al contrato (más 3 meses si es inferior a 3 años), con tope de 3 años. Cambios sustanciales pueden requerir actualizar tu autorización.

¿Qué debo preparar para la renovación?

Depende de la figura y tu situación (alta, cumplimiento, continuidad de actividad). Te orientamos caso a caso y te indicamos la duración óptima a solicitar.

¿Quieres que revisemos tu caso y preparemos tu solicitud con la duración adecuada?

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