Español de origen: reconocimiento e inscripción

Si por tu situación familiar o por tu nacimiento te corresponde la nacionalidad española desde el origen, el paso clave no es “solicitar” una nacionalidad como tal, sino acreditar el supuesto y conseguir una inscripción correcta en el Registro Civil (en España o en Consulado, según el caso).

  • Más de 12 años de experiencia en extranjería y nacionalidad.
  • Estudiamos tu caso, definimos la vía y preparamos la documentación para que el expediente avance sin bloqueos.
  • Revisión de certificados, vínculos familiares y documentación extranjera (apostilla/legalización y traducción cuando corresponda).

Honorarios

  • Reconocimiento e inscripción desde España (Registro Civil): 1.800€
  • Reconocimiento e inscripción desde fuera de España (vía Consulado): 2.000€

Gastos externos (si aplican) no incluidos: certificados, legalizaciones/apostillas, traducciones juradas, tasas/gestiones de terceros, costes consulares, desplazamientos, etc.


Elige tu consulta

🔴 URGENTE (prioritaria – de pago, primera disponibilidad):
Reservar consulta prioritaria

🟢 NO URGENTE (consulta gratuita 15 min, según agenda):
Reservar consulta gratuita

Pago fraccionado: puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.
En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).


“Español de origen” se refiere a supuestos en los que la nacionalidad española se tiene desde el nacimiento. En la práctica, lo que hacemos es encajar el caso en el supuesto correcto y lograr una inscripción registral válida para que puedas tramitar documentación española (y evitar problemas futuros).



  • Hijo/a de padre o madre español/a (nacido dentro o fuera de España).
  • Supuestos donde el nacimiento en España o la situación de los progenitores genera un encaje específico.
  • Casos donde la nacionalidad existe pero falta la inscripción, hay errores o hay que aportar prueba adicional.

En consulta te confirmamos el encaje exacto según tu situación y la documentación disponible.



Depende del caso y del lugar de residencia:

  • Registro Civil en España, cuando corresponde por domicilio o por la naturaleza del expediente.
  • Registro Civil Consular (Consulado), cuando la persona reside fuera y el trámite debe canalizarse por vía consular.

Antes de iniciar, definimos la vía correcta para evitar presentaciones inválidas o retrasos.



  • Certificación literal de nacimiento de la persona interesada.
  • Certificaciones y documentos del progenitor español (y, si aplica, de abuelos/ascendientes).
  • Documentos de identidad/pasaportes vigentes.
  • Documentación de vínculo (filiación, matrimonio, reconocimiento, etc., según el supuesto).

Importante: cuando la documentación es extranjera, normalmente se requiere en original y debidamente apostillada/legalizada, y traducida si no está en castellano (según el país y el documento).

En consulta te damos el listado exacto (no todos los expedientes requieren lo mismo).



  • Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.
  • Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.
  • Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).
  • Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
  • Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
  • Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
  • Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.

Los comentarios están cerrados.