Estatut dels Municipis Rurals: el “escudo legal” para pueblos <2.000 hab. (en vigor desde el 20/08/2025)

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Cataluña — Actualización 2025

Estatut dels Municipis Rurals: el “escudo legal” para pueblos <2.000 hab. (en vigor desde el 20/08/2025)

Qué cambia: vivienda, incentivos fiscales, servicios y gobernanza para 608 municipios rurales.

¿Qué cambia para tu pueblo?

  • Bolsa de vivienda rural conectada con la demanda y disponible también en formato telemático (Art. 34).
  • Vivienda asequible y protegida: incentivos positivos, adquisición y rehabilitación de vacíos para alquiler social y programas con INCASÒL (Art. 35).
  • Reutilizar edificios públicos y cambio de uso a vivienda; modelo de contrato de alquiler específico para municipios rurales (Arts. 37–38).
  • Fiscalidad: tipos reducidos del ITP para vivienda habitual comprada en municipio rural 4% (o 3% si es de atención especial); régimen específico para compra con rehabilitación, y deducciones autonómicas ligadas a adquisición, rehabilitación y alquiler en municipio rural (Arts. 60–64).
  • Gobernanza y garantías: Mecanismo Rural de Garantía, refuerzo de financiación local y participación de municipios rurales en órganos de la Generalitat (Títulos II, III y VI).

Ámbito: inicialmente para 608 municipios < 2.000 habitantes, lista revisable cada 4 años.

Personas, familias y ayuntamientos

  • ¿Buscas vivir en un micropueblo? Revisa si tu municipio está incluido; podrás optar a vivienda asequible, tipos reducidos al comprar y deducciones autonómicas.
  • ¿Tienes vivienda vacía? El Estatut fomenta su rehabilitación y alquiler social con apoyo público.
  • Ayuntamientos: nuevas herramientas para financiar servicios, agilizar trámites (p. ej., actividades agroalimentarias de pequeña escala) y atraer población.

Un “escudo legal” frente a la despoblación

La ley fue aprobada por el Parlament y beneficiará a 608 municipios. Medios catalanes la presentan como un “escudo legal” que refuerza servicios, vivienda e incentivos para fijar población y atraer nuevos residentes.

Enlaces útiles

Aviso: varios artículos despliegan efectos en fechas distintas (p. ej., la disposición final décima). Revisa siempre la ley publicada y las órdenes de desarrollo antes de solicitar beneficios o aplicar tipos reducidos.

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