Ascendiente a cargo (padre/madre) · Familiares Ley 14/2013 (UGE)
Si eres titular (o solicitante) de una autorización por Ley 14/2013 y tu padre/madre depende de ti, esta vía puede encajar como ascendiente a cargo. Aquí lo más importante es demostrar la dependencia real con pruebas consistentes y bien ordenadas.
Esto es lo que más fallan los expedientes: transferencias sin coherencia, documentos sueltos o sin explicación, y pruebas que no conectan entre sí.
¿Cuándo suele encajar “ascendiente a cargo”?
✅ Suele encajar si…
- Tu padre/madre depende económicamente de ti de forma real y acreditable.
- La dependencia es sostenida (no puntual) y se ve en el tiempo.
- La documentación cuenta una historia coherente: ingresos del ascendiente, necesidades y tu apoyo.
⚠️ Hay que afinar si…
- Hay transferencias irregulares o sin justificación clara.
- El ascendiente tiene ingresos propios que contradicen la “dependencia”.
- Hay varios familiares aportando o la convivencia/países cambian (se puede, pero hay que explicarlo bien).
Pruebas que suelen funcionar (bien presentadas)
No se trata de aportar “mucho”, se trata de aportar lo correcto y ordenado.
1) Vínculo (filiación)
• Certificado de nacimiento del titular donde conste el ascendiente.
Si es documento extranjero: apostilla/legalización y traducción jurada cuando proceda.
2) Dependencia económica (lo clave)
• Transferencias regulares y trazables (con justificantes).
• Soporte bancario (extractos donde se ve el origen y destino).
• Gastos cubiertos: vivienda, alimentación, salud, suministros (según el caso).
La dependencia se defiende mejor cuando se ve continuidad, motivo y proporción.
3) Situación del ascendiente (ingresos y necesidad)
• Documentos que acrediten ingresos (o ausencia de ellos) y la realidad económica del ascendiente.
• Si hay pensión/ingresos bajos: se explica y se demuestra por qué no es suficiente.
4) Identidad del ascendiente
• Pasaporte completo del padre/madre (copia legible).
• Si aplica, documentación adicional por estancias previas o incidencias del caso.
5) Soporte del expediente del titular (Ley 14/2013)
• Documentación del titular (resolución/solicitud) y requisitos según su autorización por Ley 14/2013.
En presentaciones sucesivas es donde más fallos se cometen por no justificar bien el soporte del núcleo familiar.
¿Te preocupa demostrar “a cargo”?
Te explicamos qué pruebas suelen funcionar y qué errores generan requerimientos.
📌 Ver cómo demostrar “a cargo”
⚡ Consulta prioritaria (de pago)
🗓️ Consulta gratis 15 min (no urgente)
Si tu caso tiene plazos, requerimientos o una denegación, te recomendamos consulta prioritaria.
¿Te preocupa demostrar “a cargo”?
Te explicamos qué pruebas suelen funcionar y qué errores generan requerimientos.
⚡ Consulta prioritaria (de pago)
🗓️ Consulta gratis 15 min (no urgente)
Si tu caso tiene plazos, requerimientos o una denegación, te recomendamos consulta prioritaria.
Honorarios del despacho (según el permiso del titular)
En Ley 14/2013, el importe depende del supuesto del titular (visado o autorización). Importes habituales para ascendiente a cargo:
| Supuesto del titular (Ley 14/2013) | Honorarios familiar |
|---|---|
| Emprendedores (visado) | 3.500 € |
| Profesionales altamente cualificados (visado) | 2.000 € |
| ICT / Traslado intraempresarial (visado) | 1.800 € |
| Emprendedores (autorización) | 2.000 € |
| Investigadores (autorización) | 1.800 € |
| Profesionales altamente cualificados (autorización) | 1.800 € |
| ICT / Traslado intraempresarial (autorización) | 1.800 € |
| Sector audiovisual (autorización) | 1.800 € |
Pago fraccionado: puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.
En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).
Información importante
Condiciones
Confirmación: cualquier trámite/expediente requiere revisión previa de documentos y viabilidad.
Plazos: si tienes vencimientos o una fecha límite, indícalo desde el inicio (puede aplicar suplemento por urgencia y complejidad).
Comunicación: usaremos los canales oficiales del despacho (WhatsApp oficial y correo corporativo).
Qué incluye
• Revisión de encaje legal y puntos sensibles (dependencia y coherencia documental).
• Lista personalizada de documentos y enfoque de presentación.
• Preparación y orden del expediente para minimizar requerimientos.
• Presentación y seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
Cómo trabajamos
Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.
Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.
Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).
Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.
También puedes ver esta sección aquí: Cómo trabajamos
Reserva rápida
Contacto oficial y ubicación
WhatsApp oficial (despacho principal): +34 608 80 73 36
Teléfono oficina: +34 910 601 978
Email: [email protected]
Dirección: C/ De Fortunata y Jacinta 23, Oficina 1C, 28020 Madrid (España)
Protección de datos
Responsable: DÍAZ TAVAREZ ABOGADOS DE EXTRANJERÍA SLP (CIF B88173893).
Contacto: [email protected] · C/ De Fortunata y Jacinta 23, Oficina 1C, 28020 Madrid (España).
Usaremos tus datos para gestionar tu consulta y la prestación del servicio. Podrás ejercer tus derechos conforme a la normativa vigente.
