La vida familiar según la Instrucción SEM 2/2025: ¿cómo se interpreta el “mantenimiento de la convivencia”?

La vida familiar según la Instrucción SEM 2/2025: ¿cómo se interpreta el “mantenimiento de la convivencia”?

La vida familiar según la Instrucción SEM 2/2025: ¿cómo se interpreta el “mantenimiento de la convivencia”?

Uno de los requisitos clave para mantener la autorización de residencia como familiar de una persona con nacionalidad española es la continuidad del vínculo familiar. El artículo 98.3 del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024) establece la necesidad de conservar la “vida conyugal o familiar afectiva”.

Sin embargo, la Instrucción SEM 2/2025 aclara que esta exigencia no debe interpretarse de forma estricta, sino con un criterio amplio, inclusivo y realista, acorde con la diversidad de modelos familiares actuales.


Qué exige el Reglamento

El artículo 98.3 señala que:

“Será causa de retirada o pérdida de la autorización que la persona de nacionalidad española o el miembro o miembros de su familia no hagan o hayan dejado de hacer vida conyugal o familiar efectiva”.

Esta cláusula ha generado dudas en la práctica: ¿qué se entiende por “vida familiar efectiva”? ¿Es obligatorio convivir bajo el mismo techo? ¿Y si la pareja vive en ciudades distintas por motivos laborales?


Lo que aclara la Instrucción SEM 2/2025

La Instrucción responde directamente a estas preguntas. En la página 6 indica:

“El mantenimiento de la vida conyugal o familiar afectiva se entenderá en un sentido amplio y laxo, atendiendo a las distintas modalidades de convivencia y sin que exista una relación numerus clausus”.

Esto significa que no existe un único modelo familiar válido. La administración deberá valorar la situación caso por caso, sin imponer requisitos de convivencia absoluta o diaria.


Qué significa “sin relación numerus clausus”

El principio de “no numerus clausus” implica que:

  • No hay una lista cerrada de formas de vida familiar aceptables.
  • Pueden reconocerse vínculos afectivos más allá del matrimonio o pareja registrada.
  • La convivencia no tiene que ser continua ni diaria si hay razones justificadas (trabajo, salud, estudios, etc.).

Ejemplos prácticos de interpretación flexible

  • Parejas que viven en ciudades distintas por motivos laborales pero mantienen contacto y planes comunes.
  • Familias reconstituidas donde hay hijos de relaciones anteriores.
  • Parejas no registradas que conviven temporalmente o de forma intermitente.
  • Cuidadores de personas dependientes que no residen en el mismo domicilio pero prestan atención continua.

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