Nacionalidad española por opción
La nacionalidad por opción es un derecho para adquirir la nacionalidad española cuando encajas en determinados supuestos familiares y legales (por ejemplo, patria potestad de un español, algunos supuestos de filiación o adopción).
Preparamos documentación completa
Presentación y seguimiento
¿En qué casos suele aplicar?
Patria potestad
Personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
Filiación / determinación posterior
Determinación de filiación o nacimiento en España después de los 18 años (con plazos y condiciones).
Padre/madre español nacido en España
Puede encajar en algunos supuestos (depende del caso y de la prueba documental).
Adopción
Adopción por españoles cuando se cumplen requisitos y dentro de los plazos aplicables.
¿Se presenta en España o en Consulado?
Si se presenta desde España
Menores de 14 años: normalmente se exige que el menor esté empadronado en España para tramitarlo desde aquí (según el órgano competente en tu caso).
En consulta te decimos exactamente qué aplica a tu situación y qué Registro/órgano corresponde.
Si no residen en España
Por regla general, la tramitación corresponde al Registro Civil Consular (Consulado) del país de residencia.
Nota: en algunos casos se ha podido presentar sin residir en España para menores de 14 años, pero no es un criterio pacífico y depende del caso.
Honorarios
Gastos externos (si aplican) no incluidos: traducciones juradas, legalizaciones/apostillas, certificados, tasas o costes consulares, desplazamientos y gestiones de terceros.
Elige tu consulta
Si tienes plazos, requerimientos, denegaciones o tu caso es delicado, mejor consulta prioritaria.
Importante: si contratas el trámite, descontamos el importe de la consulta de los honorarios.
Contacto oficial
- WhatsApp principal: +34 608 80 73 36
- Teléfono oficina: +34 910 601 978
- Email: [email protected]
- Dirección: C/ Fortunata y Jacinta 23, Oficina 1C, 28020 Madrid (España)
Protección de datos
Responsable: DÍAZ TAVAREZ ABOGADOS DE EXTRANJERÍA SLP (CIF B88173893). Finalidad: gestionar tu consulta/servicio. Derechos: puedes ejercerlos escribiendo a [email protected].
- Identificación completa del solicitante y, si procede, del representante legal.
- Certificados literales (nacimiento y los que correspondan al supuesto).
- Pruebas de vínculo (filiación/patria potestad/adopción, según el caso).
- Empadronamiento (cuando se presenta desde España y aplica).
- Documentación extranjera: legalizada/apostillada y, si corresponde, traducida.
Autorización del progenitor no presente (menores): si el menor comparece con un solo progenitor, normalmente se requiere autorización/poder del otro para la solicitud y, posteriormente, para trámites de DNI y pasaporte (según criterio del órgano competente).
Nosotros redactamos el poder con las facultades que suelen exigir para evitar incidencias o requerimientos.
En consulta te damos el listado exacto según tu supuesto (no todos los casos requieren lo mismo).
Según el supuesto y la residencia, la tramitación puede corresponder al Registro Civil en España o al Registro Civil Consular (Consulado). Te confirmamos la vía correcta antes de iniciar para evitar pérdidas de tiempo.
- Los plazos varían según el supuesto (por eso es clave encajar bien tu caso desde el inicio).
- En menores, revisamos quién debe comparecer y qué autorizaciones son necesarias.
- Si hay documentación extranjera, planificamos apostilla/legalización y traducción jurada para que no te frene el expediente.
En consulta te decimos el camino exacto y el orden de preparación.
Pago fraccionado (trámites): puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.
En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).
Nota: el pago fraccionado aplica a trámites (no a consultas).
- Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.
- Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.
- Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).
- Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
- Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
- Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
- Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.
