Muchos seguidores nos han preguntado cual es la mejor plataforma telemática para presentar el expediente de nacionalidad española por residencia. A continuación, explicamos nuestro punto de vista:
¿Cuáles plataformas existen?
Actualmente existen operativas 3 plataformas. La ordinaria del Ministerio de Justicia, y las plataformas del Consejo General de la Abogacía desarrollada para abogados, y del Consejo General de Gestores Administrativos desarrollado para Gestores Administrativos titulados. Las personas interesadas en presentar su nacionalidad española por residencia pueden elegir entre estas tres plataformas para hacerlo, así como también, la solicitud puede ser presentada por la persona interesada siempre y cuando está cuente con Certificado Digital
Por las tres plataformas se obtendrá el número de expediente de nacionalidad española por residencia una vez presentada y se podrá consultar por la pagina web como va lo mio
Lo que no recomendamos es que la nacionalidad española por residencia sea presentada por los Registros Públicos ni mucho menos por correo postal, ya que estos expedientes tiene mayor retraso en las resoluciones.
A pesar de haber suscrito el convenio en 2016, la primera plataforma en comenzar a usarse fue la del Consejo de Gestores Administrativos. Las pruebas con dicha plataforma se iniciaron a finales del año 2017, permitiendo el uso a los profesionales certificados desde los primeros meses de 2018. En cambio, la plataforma del Consejo General de la abogacía no ha estado operativa hasta entrada la segunda mitad del 2018, con un plan piloto que duro 6 meses.
¿Por cuál plataforma tardan menos los expediente de nacionalidad española por residencia?
No se ha establecido un plazo mínimo en estas plataformas para resolver las solicitudes distinto del que marca la Ley. Si bien se entiende que no debería demorar más de 1 año (como esta ocurriendo en la plataforma original)
En este despacho llevamos expedientes por la plataforma del Ministerio de Justicia y por la plataforma del del Consejo General de la abogacía, y realmente en plazo de resolución no existe ninguna diferencia, se han visto expedientes resueltos en solo 4 semanas, así como también, expedientes resueltos en 6 meses, el plazo de resolución depende directamente del Registro Nacional de Dirección General de los Registros y del Notariado.
Lo que si podemos asegurar es que los expedientes presentados a través de estas plataformas son presentados de manera correcta. Hay tres comprobaciones de la documentación. Existe la primera comprobación por parte del abogado colegiado que reúne los requisitos para el expediente. La segunda comprobación es por parte del receptor del ICAM, que revisa minuciosamente que todos los requisitos estén de manera correcta según lo establecido en la Ley. La tercera y ultima comprobación es por parte del Ministerio de Justicia, que en caso extremo hace alguno que otro requerimiento
¿Cuál es la mejor plataforma?
Realmente en este ultimo punto radica la diferencia de presentarlo por alguna otra plataforma, así como también, el hecho de presentarla con un gestor o con un abogado o personalmente en algunos casos. Si estas asesorado o quieres hacerlo tu mismo, lo ideal es que lo hagas bien, que cuentes con los conocimientos necesarios para la presentación ya que, se tiene que evitar a toda costa la realización de un requerimiento por parte del Ministerio de Justicia porque, esto retrasaría mucho tu expediente de nacionalidad española por residencia.
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