Nacionalidad Española por Residencia, me han requerido los exámenes CCSE y el DELE

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Como muchos saben, desde el día 15 de octubre del año 2015, se habilito un nuevo proceso de nacionalidad española con la entrada en vigor de una nueva normativa y un nuevo reglamento que la desarrolla. Esta nueva normativa señala que todas las personas que deseen solicitar la Nacionalidad española deben examinarse realizando dos exámenes CCSE y DELE

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Ahora bien, existen algunas excepciones como las que mencionamos a continuación, donde las personas interesadas están exentas de presentar los exámenes CCSE y DELE. Estas son:

  • Los solicitantes titulados en educación secundaria obligatoria española.

Podrán solicitar la dispensa, quienes hayan estado escolarizados en España y superado la Educación Secundaria Obligatoria.

  • Los solicitantes titulados en estudios oficiales de nivel medio o superior

Podrán solicitar la dispensa quienes hayan cursado y superado los estudios oficiales de nivel medio o superior para los que se hayan matriculado en España, en lengua española.

Las personas que cumplan con alguna de estas condiciones podrán solicitar la dispensa en el mismo expediente de solicitud de nacionalidad telemática, cuando se presenta la solicitud de Nacionalidad española por Residencia de manera telemática en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Para esto, deberán aportar alguno de estos certificados:

  • Título de ESO en España
  • Título de estudios oficiales de nivel medio o superior

Recientemente, hemos visto varios requerimientos en expedientes de personas que solicitaron la dispensa por haber cursado estudios en España. Pero, que por falta de conocimientos aportaron certificados de finalización del curso y aprobación del mismo emitido por el Centro de Estudio, porque el titulo oficial aún no les había llegado (el titulo suele tardar un poco)

A estas personas el Ministerio de Justicia le ha requerido el certificado de los exámenes CCSE y DELE porque no han dado por válido los certificados que se han aportado, si este es tu caso te recomendamos lo siguiente:

  • Si ya tienes el titulo oficial, aportar el mismo a través de la Carpeta Ciudadana y no realizar los exámenes CCSE y DELE
  • Si aún no te ha llegado el título, aportar el resguardo de solicitud del mismo con el respectivo justificante de pago de la tasa, y no realizar los exámenes CCSE y DELE

Como verán, en Máchelin Díaz Abogados de extranjería no recomendamos hacer los exámenes, ya que entendemos que esto sería un gasto económico innecesario para el solicitante.

Si la persona cumple con alguna de estas condiciones, pues puedes subsanar el expediente sin necesidad de presentar los exámenes.

Y que esto sirva de aprendizaje para la presentación de los siguientes expedientes de Nacionalidad española por residencia.

Recordemos lo siguiente:

¿Cómo saber si me han hecho un requerimiento?

  • Si has solicitado la Nacionalidad española con el antiguo proceso:

Debes revisar periódicamente tu expediente en la plataforma electrónica “Como va lo Mio” si tienes un requerimiento aparecerá en el estado de tu nacionalidad que te han hecho un requerimiento.  ¿Cómo consultar mi expediente de nacionalidad por la plataforma web “Como va lo Mio”?

Debes acudir al Registro Civil donde solicitaste la nacionalidad y solicitar el documento donde consta el requerimiento, firmar que lo has recibido y luego deberás aportarlo a través de ese Registro Civil. Desde Máchelin Díaz, abogados expertos en nacionalidad española recomendamos enviarlo también por la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, y poner una incidencia a través del portal de atención ciudadana del Ministerio de Justicia.

  • Si has solicitado la Nacionalidad española con el proceso telemático:

Si has marcado la casilla de notificación electrónica, te llegará un correo electrónico con el requerimiento el cual podrás descargarlo y aportarlo de manera telemática a través de la Carpeta Ciudadana

Y si no marcaste la notificación telemática, te llegará por correo postal.


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