Requisitos para solicitar la Nacionalidad Española por Valor de Simple Presunción

Requisitos para solicitar la Nacionalidad Española por Valor de Simple Presunción

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La Nacionalidad Española por valor de simple presunción se encuentra establecida en el artículo 17. c) del Código Civil y establece que son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.

 

A continuación, presentamos los requisitos para solicitar la Nacionalidad de un menor por valor de Simple Presunción en Madrid.

 

Aclaramos que estos requisitos podrán variar dependiendo de las exigencia de cada Registro Civil.

 

PUEDEN PEDIR NACIONALIDAD POR VALOR DE SIMPLE PRESUNCIÓN LOS NIÑOS NACIDOS EN ESPAÑA CUYOS PADRES SEAN DE LAS SIGUIENTES NACIONALIDADES:

  • ARGENTINA
  • BOLIVIA
  • BRASIL
  • CABO VERDE
  • COLOMBIA
  • COSTA RICA
  • CUBA
  • GUINEA BISSAU
  • PANAMÁ
  • PARAGUAY
  • PERU
  • PORTUGAL
  • SANTO TOMÉ Y PRÍNCIPE
  • URUGUAY

CASOS ESPECIALES:

  • Ecuador.- Tienen valor los nacidos antes del 20 de octubre de 2008 (los nacidos el mismo día 20/10/2008, ya no lo tienen)
  • Marruecos.- sólo tienen valor en el caso de madre marroquí y padre de los países anteriores
  • Palestina.- en el caso de los palestinos hay que consultar pues la ley varía mucho en función de si son matrimonios mixtos y la ley del país del cónyuge que no es palestino, del país que les acoge, del status que tengan, etc..

 

Expediente De Declaración Con Valor De Simple Presunción De La Nacionalidad Española
Para el inicio del Expediente de Declaración con Valor de Simple Presunción de la Nacionalidad Española de un menor, se presentará una solicitud dirigida al Sr. Juez Encargado del Registro Civil, donde los padres indicarán sus datos de identidad y que solicitan la nacionalidad española para sus hijos menores con Declaración de Valor de Simple Presunción.

DOCUMENTOS ORIGINALES
1. CERTIFICADOS DE EMPADRONAMIENTO DE LOS PADRES (se obtiene en el Ayuntamiento)
2. CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO DEL MENOR (se obtiene en el Registro Civil donde nació el menor)
3. CERTIFICADO DE NACIONALIDAD DE CADA UNO DE LOS PADRES (en su Consulado)
4. CERTIFICADO DEL CONSULADO DONDE CONSTA LA LEY PERSONAL DEL PAÍS REFERIDA A LOS NACIDOS EN EL EXTRANJERO (en su Consulado)
5. CERTIFICADO DEL CONSULADO RESPECTIVO DE LOS PADRES REFERIDO A LA NO INSCRIPCIÓN DEL MENOR EN EL MISMO (en su Consulado)

Todos los documentos excepto las partidas de nacimiento caducan a los tres meses

Los expedientes se presentarán por el padre y la madre. No es necesaria la presencia del menor. Art. 17 c. Del código civil:

Son españoles de origen:

Nº 3º.- Los nacidos en España de padres extranjeros si ambos carecieran de nacionalidad o si la legislación de ninguno
de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.

 

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¿Cómo saber si tu hijo es español o no, si ha nacido en España?

 

Si te encuentras en alguna de las situaciones descritas, recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario, las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida, puedes llamarnos al teléfono +34 910 601 978 o 608 807 336 y solicitar una cita con nuestra abogada,

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Nuestra abogada te lo explica:

 

Comentarios

  1. Isabella dice:

    Hola soy colombiana solo con pasaporte con 2 hijos y el padre es chileno mi bebé nació hace 15 días podría adquirir la nacional por simple presunción

  2. María dice:

    Hola tengo una bebe que nació en España está registrado en el libro de familia por ambos padres
    Pero el padre quiere quitarle el apellido y yo estoy de acuerdo esto de puede hacer y donde se debe solicitar

  3. Lamiryta dice:

    Buenos días quisiera saber cuánto tardan en resolver una nacionalidad por valor de simple presunción para dos recién nacidos de padres apatridas

  4. diego dice:

    hola algun documento de los requisitos debe ir apostillado ?

  5. Bruno Carbonero dice:

    Soy ciudadano Uruguayo, con residencia permanente y la nacionalidad en trámite y mi mujer colombiana en la misma situación , próximamente voy a tener un hijo, mi pregunta es, ¿Puedo solicitar la nacionalidad española para el menor? O tengo que nacionalizarlo Uruguayo y esperar un año.

    En la lista de países que pueden pedir la nacionalidad española por simple presunción aparece Uruguay, pero no me queda muy claro

  6. Cecilia dice:

    Hola buenos dias,
    A que entidad o donde se debe sacar la una cita previa para abrir el expediente que mencionas?

  7. Raul Sanchez Osorio dice:

    Hola, somos dos extranjeros colombianos viviendo en Barcelona y no estamos regulares, acabamos de tener un hijo hace un mes acá en Barcelona, tenemos entendido este hijo podría tener la nacionalidad española por presunción, ya lo registramos y la solicitamos pero nos dicen no la pueden conceder porque el niño se registro antes de 30 días después de nacido, esto es verdad no se podía registrar antes de 30 días?

  8. Jose Cabrera dice:

    Saludos Cordiales, ya tengo los documentos requeridos para solicitar la nacionalidad por simple presunción, mi pregunta es: donde presento los documentos y si tengo que sacar cita para ello.

  9. Nataly dice:

    Me gustaría saber si mi hija q nace dentro de dos meses su padre es colombiano y el le dará la nacionalidad si podemos pedirla por presunción aunque yo sea dominicana

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Nataly,

      Pueden pedir la nacionalidad por valor de simple presunción los niños nacidos en España cuyos padres sean de las siguientes nacionalidades: Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay.
      Ambos padres deben ser de estos países, ya sean los dos del mismo país o combinados entre sí.

      En este caso el niño adquiere la nacionalidad dominicana.

      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, online o presencial indicándonos la fecha y hora en que deseas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.

      Muchas gracias

  10. Sandra dice:

    Hola, mi esposo es de nacionalidad Sueca y yo Peruana, actualmente me encuentro gestando, si mí bebe nace en España, él y yo podríamos la nacionalidad Española? debo recalcar que mi bebe y yo no podemos obtener la nacionalidad Sueca ya que a pesar de que sea casada con un sueco, mi bebe y yo debemos aplicar y el proceso demora 2 años aproximadamente, y solo los bebes nacidos en Suecia obtienen la nacionalidad mas no la madre así este casada.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Sandra,

      Efectivamente, como dices un niño nacido después del primero de abril de 2015 automáticamente adquiere la ciudadanía sueca al nacer si uno de sus padres es ciudadano sueco.Por tanto, tu bebe no puede optar por la nacionalidad Española al nacer, debe ser reconocido como sueco.
      Ahora bien, si lo que necesitas es obtener la nacionalidad española, debo saber si estas de formal legal en España? En caso de ser asi, debes de tener una residencia legal de DOS años para que puedas optar por la nacionalidad por residencia.
      Si es así, podemos ayúdate con el tramite. Mi recomendación es que realices una cita conmigo para poder valorar tus opciones.
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      ➡ Teléfono ☎ +34 910 601 978
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      En horario laboral de lunes a viernes de 9:00 a 18:00.

      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
      Un saludo,
      Máchelin

  11. Elena dice:

    Hola

    Soy argentina y mi hijo ha nacido en Barcelona. Hay que pagar una tasa para pedir nacionalidad por presuncion?

    Donde se presentan los documentos?

    gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Elena,

      No hace falta pagar ninguna tasa para realizar este tipo de tramite. Los documentos se deben entregar en el registro civil en donde usted se encuentre empadronada.

      Si necesita que le ayudemos a realizar el tramite y le asesoremos llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.

      Un saludo,

      Máchelin.

  12. Elvira Meza Carrillo dice:

    Hola, mi consulta es:
    Un niño nacido en España de ambos padres peruanos puede tener nacionalidad española?

    • Johanna dice:

      Somos colombianos y se nos ha negado la nacionalidad por simple presunción de nuestra hija alegando que podríamos darle la nacionalidad colombiana en el consulado, se puedo realizar un recurso o esta denegación es justa?

  13. melisa dice:

    hola buenos tardes soy madre boliviana soltera tengo residencia comunitaria por mi padre mi bebe nacio en madrid españa mi duda es si yo puedo solicitar la nacionalidad de mi bebe por simple presuncion

  14. Gillian Aleyda Granados dice:

    Hola quiero saber si los de Honduras nacidos aquí pueden tener la nacionalidad española gracias

  15. Evelyn dice:

    hola soy Salvadoreña voy a tener 2 años de estar en España y estoy esperando una bebe de padre Salvadoreño pero no tengo residencia, estoy en asilo politico solo tengo numero de NIE y quiero saber si mi bebe puede obtener la nacionalidad española?

  16. Ekaterina dice:

    Estimada Abogada, tengo una duda:
    Tengo la niña recien nacida en España. Los dos padres somos chilenos. Según su articulo, los chilenos no podemos optar para nacionalidad española por valor de simple presunción. Aqui mi duda, en otros lugares dice que los chilenos si tienen posibilidad de optar a ese recurso, y en el anexo del boe numero 86 del martes 10 de abril del 2007, consta en anexo, que paises como chile, si tienen derecho a ese recurso (textual: f) Chilenos (Resoluciones de 20-2.ª de diciembre de 2004; 23-3.ª de diciembre de 2005).

    Ud me podria decir si hubo alguna modificacion de ley? Con cual version me debo quedar?

    Saludos Atentamente

  17. Cintia dice:

    Buenas Tardes,

    Somos una pareja argentina con visa de estudiante en España, estamos viendo las posibilidades de tener un bebe. Por lo que estuve leyendo el niño tendría el derecho a la nacionalidad española con valor de simple presunción dado a que la Constitución argentina no le otorga nacionalidad argentina de forma automática a los hijos de argentinos nacidos en el exterior.

    Mi duda es qué pasaría con los padres, ya que los estudios terminarían, es posible solicitar la nacionalidad española a través de nuestro hijo o alguna una agrupación familiar ?

    Una autorización de residencia por arraigo familiar para los padres, nos permitiría trabajar ?

    Desde ya muchas gracias

  18. Andres Eduardo Pinzon dice:

    Buenas tardes Doctora.
    Somos una pareja Colombiana y tenemos viaje a España en unos meses.
    Mi esposa está esperando bebé y queremos que nazca en España y asi poder aplicar por la nacionallidad por presunción.
    En el momento del nacimiento no seremos residentes,quiero saber si ésto puede impedir la expedición de la nacionalidad ?
    Ella tiene un seguro de viaje. Sera que ella necesita registrase en el sistema sanitario para la atención del bebé y costos ?
    Mas o menos cuanto tiempo demora el proceso?

    Agradezco su tiempo y opinión.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Andres,

      Enhorabuena a ti y a tu esposa por el bebe que tendrán. Ahora bien, en atención a tu consulta te informamos que los hijos de colombianos nacidos en territorio español tienen derecho a la nacionalidad española con valor de simple presunción dado a que la Constitución colombiana no le otorga nacionalidad colombiana de forma automática a los hijos de colombianos nacidos en el exterior. En todo caso, habría que iniciar un expediente administrativo ante el Juez Encargado del Registro Civil de la localidad en la que uds fijen su residencia en España con el fin de solicitar que se declare la nacionalidad española con valor de simple presunción a favor del menor.Este proceso tarda aproximadamente 4 meses. A estos efectos no interesa la situación administrativa de extranjería de los padres en España, es decir, no interesa si están legales con irregulares. Finalmente te comentamos que tu esposa no se podrá afiliar al sistema sanitario español porque no tiene la calidad de cotizante o beneficiaria pero si que durante el parto y por motivos de urgencia médica podrá recibir atención sanitaria, al igual que el bebe cuando nazca.

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

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      Un saludo,

      Machelin

  19. Ana milena dice:

    Hola mi pareja y yo somos colombianos y estoy embarazada de 3 meses y quisiera saber, si mi hijo naciendo aqui en españa tiene derecho a nacionalidad española y si es muy complicada la solicitud que se hace para solicitarta o tengo q asesorarme de un abogado.

  20. Melina dice:

    Cuánto demora este trámite una vez presentada toda la documentación?
    Para solicitar DNI/Pasaporte del menor previamente se tiene que completar este trámite?

  21. Gabriela Rodriguez dice:

    Hola buenos días.Mi nieto nació en España con 7 días regreso con sus padres que son de origen uruguayos a Uruguay .Ahora con 2 años regreso con su madre que tiene la custodia y estan de manera irregular .Se puede sacar la ciudadania por valor de simple presuncion .Porque alli en uruguay consta como ciudadano extranjero .Gracias

  22. LUIS dice:

    Saludos, somos un matrimonio venezolano que estamos en situación de solicitud de asilo, en Madrid, y para octubre de 2019,tendremos un hijo, tenemos dudas, de su situación al nacer. Gracias.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Luis,

      Los hijos de venezolanos nacidos en España son venezolanos, así lo indica la Constitución Venezolana en su art 32.2 “Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano y madre venezolana por nacimiento” y por tanto no hay lugar a la nacionalidad española con valor de simple presunción. Por otra parte, como solicitantes de asilo al momento de nacer, el menor se podrá beneficiar de la extensión de la solicitud de protección internacional.

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      Un saludo,

      Machelin

  23. Carla dice:

    Hola, quisiera saber. Si un niño de padre egipcio y madre española con nacionalidad española. ¿ Puede el padre registrarlo en el consulado egipcio como ciudadano egipcio y expedir el pasaporte del niño sin consentimiento de la madre? Se que egipto permite doble nacionalidad.

  24. Roxana dice:

    Buenas tardes. Le comento, estoy en Madrid . Somos una pareja de Argentinos, vamos a tener a nuestro bebé aquí. Podemos pedir la nacionalidad por simple presunción? (preguntó ya que las leyes cambian constantemente), cuanto tiempo aproximadamente está demorando dicho trámites?, una vez que obtenga la nacionalidad puedo solicitar el arraigo familiar? .Para poder trabajar legalmente. Gracias por la información.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Roxana,

      El 17. c) del Código Civil español, establece que son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. Es el caso, de los menores hijos de argentinos nacidos en territorio español quienes tienen derecho a este tipo de nacionalidad. El expediente se puede realizar en el Registro Civil del domicilio y el tiempo que toma el tramite depende del Registro correspondiente, pero en principio suele tomar entre 2 a 4 meses.

      Por otro lado, te comentamos que tan pronto tu bebe obtenga la nacionalidad española tu puedes solicitar la tarjeta de residencia por arraigo familiar que te le podrán conceder por el hecho de ser “madre de un menor de nacionalidad española”.

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      Un saludo,

      Máchelin

  25. Jose luis dice:

    hola doctora; quisiera saber si con la modificación del art.52 en marzo del 2018 de la legislación del Perú, aun es factible esta opción de la nacionalidad por simple presunción. gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Jose Luis,

      El artículo 17. c) del Código Civil español, establece que son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. Se puede solicitar que se declare la nacionalidad española con valor de simple presunción para los niños nacidos en España cuyos padres sean Perú, entre otras nacionalidades.

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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      Un saludo,

      Máchelin

  26. Gregory dice:

    Hola, tengo un sobrino (bebe de 2 años), nacido en venezuela, con partida de nacimiento de venezuela, y pasaporte de venezuela, su padre y madre son venezolanos, mi sobrino crecera y estudiará aqui en españa, y queremos que adquiera la nacionalidad española.

    En el propio registro civil nos han dicho que pueden pedir el valor de simple presunción, no entiendo el por qué, en 3 ocaciones hemos preguntado y han dicho que si.

    ¿Es viable o no el valor de simple prensunción para venezolanos, aúnque alla nacido fuera de españa?

    Saludos.

    PD: el padre de mi sobrino tiene actualmente nie comunitario, ¿es posible darle residencia legal a mi sobrino si ya estan dentro de españa?

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Gregory,

      La Nacionalidad Española por valor de simple presunción se encuentra establecida en el artículo 17. c) del Código Civil y establece que son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. Así las cosas, en nuestro criterio, tu sobrino no tiene derecho a la nacionalidad española con valor de simple presunción dado a que el menor nació en Venezuela y es hijo de padre y madre de nacionalidad venezolana. A futuro, el menor podrá tener derecho a solicitar la nacionalidad española por residencia o por otra vía.

      En cuanto a tu segunda inquietud, en principio el régimen comunitario podría cobijar al menor siempre que se cumplan determinados supuestos de capacidad económica y de dependencia respecto del familiar comunitario.

      Para mayor información, llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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      Un saludo,

      Máchelin

  27. angelica julieth barajas anaya dice:

    proceso muy sencillo a los 2 meses de nacida mi bb ya tenemos dni español y pasaporte de ella. somos padres colombianos.

  28. alonso dice:

    hola mi esposa y somos colombianos en situación irregular tenemos una hija nacida en España la cual ya solicitamos hace tres meses nacionalidad con valor de simple presunción pero no hemos tenido respuesta cuanto puede tardar este tramite y si yo con el registro civil y libro de familia puedo solicitar arraigo familiar o tengo que esperar que mi hija tenga la nacionalidad por simple presunción para solicitar el arraigo familiar. muchas gracias

  29. Diana dice:

    Buenas tardes Soy Uruguaya mi esposo turco, mi hijo por haber nacido en españa puede tener la nacionalidad por simple presunción siendo los dos de diferente nacionalidad?

    Muchas gracias.

    Saludos,

  30. Jenny dice:

    Soy salvadoreña,madre soltera mi bebé nace en marzo puedo pedir la nacionalidad de mi hija como española?

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Jenny,

      Si usted tiene residencia, deberá darle la residencia a la menor, y después de 1 año, podrá pedir la Nacionalidad Española.

      Podemos ayudarte con todos esos trámites, pide una cita con nosotros por whatsapp al 608 807 336.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 0034608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Máchelin.

  31. Micaela dice:

    Hola en días doy a luz a mi hijo en España ambos somos argentinos mi consulta es yo le tengo que denegar la Nacionalidad argentina al bebé o directamente no se la dan ? Y ni bien nace a dónde me dirijo para pedirle la nacionalidad?

    • Jhon dice:

      Hola mi hija nacerá en unos días en España,llevamos un poco mas de año y medio viviendo aquí. Ambos somos Peruanos, desde que nace la bebé podemos empezar con los tramites para solicitar la nacionalidad de nuestra hija por simple presunción. Estaré a la espera de su respuesta. Gracias

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimado Jhon,

        Efectivamente puedes realizar la nacionalidad de tu bebé en cuanto nazca, lo primero que debes de hacer es inscribir al niño en el registro civil. Desde este despacho podemos asesorarte y ayudarte a realizar el tramite llámanos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.

        Un saludo,

        Máchelin.

  32. Martinez dice:

    Hola somos padres venezolanos actualmente con permiso temporal de residencia por proteccion internacional (tarjeta roja). Tenemos un hijo de 1 año nacido en españa. Podriamos optar a la nacionalidad por valor de simple presuncion?

  33. Micaela dice:

    Hola en 3 meses doy a luz a mi hijo ambos somos argentinos voy a pedir que le den la.nacionalidad por simple presunción española ya Vi que eso.si se puede mi pregunta es nosotros no estamos empadronados por eso pueden rechazarme la nacionalidad a mi hijo ? Gracias

  34. Laura dice:

    Hola soy colombiana llegue al país hace un mes y medio estando en embarazo, acabo de tener mi hijo! Puedo solicitar la nacionalidad por valor de simple presunción, ya estoy empadronada y tengo la tarjeta sanitaria.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Laura,

      ¿Eres madre soltera?, en ese caso sí puedes solicitar la nacionalidad por valor de simple presunción, si el padre ha sido reconocido y no es de una de las nacionalidades por las que se otorga la nacionalidad por presunción no podrías pedirla. Ponte en contacto cuanto antes al ser recién nacido con nosotros, para que podamos evaluar en una consulta si es o no factible, e iniciar cuanto antes los trámites para que tu niño sea español, escríbenos por whatsapp al 608 807 336 y te daremos la información para realizar el pago y darte cita presencial o por videollamada cuanto antes.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 0034608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Máchelin.

  35. Jose dice:

    Hola Dra.

    Nací en España en 1983, de padres Ecuatorianos, pero no hicieron el trámite para nacionalizarme a pesar de haber podido hacerlo en ese tiempo. A las pocas semanas de nacido me inscribieron en el consulado de Ecuador y hasta hoy es mi única nacionalidad.

    Se podría decir que estuve apatrida por unos días y en base a eso quería consultar si de alguna manera puedo acceder por simple presunción siendo hoy mayor de edad?

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Jose,

      Tienen valor de simple presunción los nacidos antes del 20 de octubre de 2008 (los nacidos el mismo día 20/10/2008, ya no lo tienen). Pero si tus padres pidieron la ecuatoriana no puedes solicitarla ya porque es para recién nacidos.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 0034608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,

      Máchelin.

  36. Raiely soares dice:

    hola buenas tardes , yo y mi marido somos brasileños e tenemos una hija de tres años e una recien nascida , la de tres ya tine la nacionalidad española por valor de simples presuncion . queria saber si nosotros podemos solicitar a la recien nascida lo mismo expediente para ella tambiem pues ya me fue saber como podria recojer eso e una secretaria del juzgado me lo dijo que tendria que ser nacionalidad por residencia .gracias por la respuetas.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Raiely,

      Si pueden solicitar la nacionalidad por valor de simple presunción aunque vosotros ya tenga tarjeta de residencia. La nacionalidad por residencia tarda más (deben de esperar un año para poder solicitarla) y no creo que vuestros Consulado en de Brasil en España le de el pasaporte para realizar la solicitud de tarjeta de residencia del menor.

      Estar en vuestro derecho para solicitar la nacionalidad por valor de simple presunción.

      Si tienes mas dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link: https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día.

      Un saludo,
      Máchelin

    • Idialenis dice:

      Hola buenas.. la consulta es esta. Yo soy cuba y mi marido argentino tenemos un hijo de 3 años se que acogió a la nacionalidad por simple presunción pero sabemos que ahora la ley en cuba a cambiado entonces ahora que vamos a tener nuestro próximo hijo podrá también optar por medio de su padre a la nacionalidad por simple presunción. Desde ya muchas gracias.
      Saludos

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimada Idialenis,

        De acuerdo a las ultimas modificaciones, desde enero de 2018 los hijos de cubanos nacidos en España no podrán obtener la Nacionalidad Española por Simple Presunción. Entonces en el caso de que ustedes como padres o uno de ustedes resida legalmente en España, al año de residencia legal se le podrá tramitar la nacionalidad española por residencia al menor. En vuestro caso, así el padre sea argentino hay que tener en cuenta que el menor al momento de nacer tiene derecho a la nacionalidad cubana de pleno derecho por linea materna.

        Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1

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        El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

        Un saludo,

        Machelin

  37. Coral dice:

    Buenos días,

    soy paraguaya, madre de un menor nacido aqui en España, su padre y yo rompimos la relacion y él se regresó, no existiendo a día de hoy ningún contacto, ¿puede optar mi hijo a la nacionalidad por simple presunción aportando sólo mi documentación? ¿o exigirán también la de su padre? en ese caso, ¿podría optar de otra manera? él a día de hoy tiene estatuto de apátrida

  38. Oliver dice:

    Buenas tardes,soy ciudadano americano,mi hijo nacio en espana de madre colombiana en situacion irregular,por razon excepcionales no pude ir a incribir a mi hijo,pero la madre lo inscribio sin mi apellido,el nino tiene la nacionalidad espanola?

  39. Raquel Polit dice:

    Hola buenos días, somos chilenos residentes en España. Nuestro hijo nacido en España puede optar a la nacionalidad por simple presunción??
    Muchas gracias y reciba un saludo.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Raquel,

      No, no puede optar por la nacionalidad por valor de simple presunción. Pueden solicitar una tarjeta de residencia por ustedes, y año de tener la residencia legal puede solicitar la nacionalidad por residencia.

      Un saludo,

  40. Carolina dice:

    Hola, buenos días, mis bisabuelos y abuelos son de Tenerife, mi padre nació en Venezuela pero ya tiene su nacionalidad española, (mis primos y tías tienen la nacionalidad española) fui al Consulado Español en Venezula a solicitar mi nacionalidad y me dijeron que no podía, debido a que soy mayor de 21 años, ¿existe otra forma de solicitar y tramitar mi nacionalidad desde Venezuela? (Por arraigo familiar, por carta de naturaleza, etc) Gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Carolina,

      Solamente podrías haber solicitado la nacionalidad siendo menor de edad. La opción que tienes es pedir el arraigo familiar estando aquí en España y solicitar la nacionalidad por residencia en España al año por ser hija de español de origen.

      Para más información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978 ó 608807336.

      Muchas gracias,
      Un saludo!

  41. Yadira dice:

    Nombre

    Yadira

    Apellido

    Contreras

    Correo Electrónico

    ycacontreras28@hotmail.com

    Numero de Telefono

    632029659

    Mensaje

    Hola Buenos dias Soy cubana y mi marido tambien es cubano y ninguno de los dos tenemos la nacionalidad a mi me la concedieron pero aun no he hecho la jura y tengo un niño de 9 años q nacio aqui en españa y tiene sus documentos españoles Ahora tengo una bebe q acaba de nacer la pregunta es es española mi niña al igual q su hermano o se acoje a mis documento 

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Yadira,

      Desde enero de este mismo año, los hijos de cubanos nacidos en España tienen la nacionalidad de los padres. Sin embargo, puesto que tu tienes la nacionalidad española, cuando nazca tu bebé podrás solicitar la nacionalidad por opción. Desde el despacho, nosotros los abogados podríamos llevar su trámite para que sea exitoso.

      Por lo tanto te recomiendo que te pongas en contacto con nosotros. Si lo desea, puede llamarnos a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olías 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Muchas gracias
      Un saludo!

  42. MAYCON AURELIO dice:

    Hola Me llamo Maycon y estoy tramitando la simples presunción de mi hija. Yo y mi mujer somos Brasileños. Tendo una duda; una vez que ya haya marcado la cita para llevar todos los documentos solicitados, ya salgo de allí con el número del DNI de la niña para ir a la policía solicitar ya la tarjeta y el pasaporte? O tienen que llevar al Juiz y esperar aun más?

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Maycon,

      El día de la cita deja toda la documentación requerida, sino le hace falta ninguna, ya que el expediente de solicitud de nacionalidad por valor de simple presunción en manos del juez/encargado del registro civil para resolverla. Normalmente suelen tardar entre 3 meses a 6 meses depende del volumen de trabajo que tienen.
      Una vez que este aprobada la solicitud le emitirán un resolución que se nombra AUTO de concesión de nacionalidad, y le dará el certificado de nacimiento con nacionalidad española a tu hija, posteriormente tienes que realizar cita en la comisaria más cercana de tu domicilio para solicitar el DNI y el pasaporte español de tu hija.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita.Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Máchelin

  43. Estéfano dice:

    Hola Doctora Máchelin, cuanto tiempo esta tardando el tramite de la nacionalidad por valor de simples presuncion? yo estoy en Valencia.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Eséfano,

      Lamentablemente no puede darte esa información porque no he llevado de Valencia, puedes dirigirte tu mismo al registro civil y preguntar.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita.Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Máchelin

  44. Fernanda dice:

    Hola Doctora, después que mi hijo adquiera la nacionalidad por simple presunción, nosotros dos podemos pedir la residencia temporal? Somos Colombianos y estamos esperando un bebé en España

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Fernanda,

      Después que vuestros hijo tenga la nacionalidad española, pueden solicitar el arraigo familiar.

      Para poder ayudarte de forma personalizada, os ruego hagas una cita para poder responder todas tus preguntas y estudiar mejor tu caso.
      Nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Máchelin

  45. cristina dice:

    Hola buenas.. si soy venezolana y madre soltera, y mi hijo nace en españa, mi bebe tiene derecho a la nacionalidad por presunción??

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Cristina,

      No puede solicitar la nacionalidad por valor de simple presunción.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Máchelin

    • Francisco Cardenas dice:

      Buenas mi consulta es la siguiente mi esposa es cubana y yo argentino mi bebe nació acá en España podemos pedir la nacionalidad por simple presunción?

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimado Francisco,

        Son españoles de origen y por tanto tienen derecho a la nacionalidad española con valor de simple presunción, los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. Así las cosas, pueden pedir dicha nacionalidad los niños nacidos en España de padres de Argentina y Cuba como es tu caso, entre otras nacionalidades. En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.

        Desde nuestro despacho te podemos asesorar y llevar el tramite, para ello puedes llamarnos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp), para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

        El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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        Un saludo,

        Máchelin

  46. Daniel dice:

    Hola somos una pareja de venezolanos yo llevo 2 años en España de forma continua, mi esposa lleva sumado 6 años pero no continuados en el padrón, ambos estamos en situación irregular y tenemos una hija de año y medio nacida aquí en España con libro de familia español y partida de nacimiento española, hay forma de que se pueda solicitar la residencia por lo menos a la niña ya que la misma no tiene ni pasaporte español porque como esta la cosa en Venezuela llevamos casi año y medio esperando el pasaporte y nos dicen que ni siquiera han validado las huellas que se puede tardar hasta 1 año o mas en que se realice ese tramite, por lo que ni podemos salir del país han alguna forma de regularizar su situación???

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Daniel,
      Venezuela no esta dentro de la lista de países para optar a la Nacionalidad por Simple Presunción. Dado que son reconocidos los niños extranjeros como Venezolanos, entiendo que la niña no tiene pasaporte venezolano por la situación de venezuela, ni siquiera puede solicitar una tarjeta en caso de vosotros tuviera, ni puede salir de España. Nosotros los abogados de extranjería estamos solicitando un documento para caso de los menores una cédula de inscripción.
      Tu mujer que ya tienes 6 años que solicite un arraigo social, para que regulariza su situación, a ti te falta un año.

      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas graciass
      un saludo.

  47. andrea dice:

    somos una pareja de colombianos en situación irregular nuestro bebe esta por nacer quisiera saber cuanto tarda endar la respuesta ala solicitud de nacionalidad por presunción gracias

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Andrea,
      La nacionalidad por simple presunción tarda menos de seis meses en resuelta, depende del registro puede tardar un poco más o un poco menos.
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita.Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      un saludo

  48. johan dice:

    hola mi pregunta es la siguiente yo soy de nacionalidad colombiana y mi esposa tambien ambos estamos en estado irregular ella esta embarazada hay algun problema por estar en estado irregular para pedir la nacionalidad por simple presuncion para mi hijo cuando nazca.

    • gestion_machelin dice:

      Estimado Johan,
      Para solicitar la nacionalidad por valor de simple presunción no se toma en cuenta la situación legal de los padres
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Un saludo

      • Yinna dice:

        Y en el caso de los padres Colombianos posteriormente pedir arraigo para obtener la residencia, es posible? Aun estando los dos en condición irregular?

        • Máchelin Díaz dice:

          Estimada Yina,

          Los padres pueden están situación irregular para poder solicitar el arraigo familiar.

          Para poder ayudarte de forma personalizada, os ruego hagas una cita para poder responder todas tus preguntas y estudiar mejor tu caso.
          Nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

          Un saludo,
          Máchelin

    • Nataly dice:

      Hola buenas
      Soy boliviana con NIE voy a tener un hijo en agosto y el padre es de Ecuador puedo solicitar la nacionalidad por presunción

  49. Wendy dice:

    Buenas tardes Doctora,

    Mi consulta es la siguiente mi pareja va a comenzar a trabajar en Madrid, yo me encuentro en los primeros meses de gestación, y hemos planificado que el bebe nazca allá por motivo que el papá estará trabajando en Madrid de manera indefinida, somos peruanos ambos. Tendría que registrar a mi hijo para que tenga la nacionalidad por simple presunción, cuánto demora el trámite?

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Wendy,
      Los hijos de ciudadanos peruanos pueden solicitar la nacionalidad por valor de simple presunción

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Gracias
      Un saludo

    • Gabriela Rodriguez dice:

      Hola Dra.Mi nieto nació en territorio español y se fue con 6 días de nacido a Uruguay. Sus padres son uruguayos en el consulado le hicieron pasaporte uruguayo para irse y allí esta registrado como ciudadano extranjero.Mi hija se a vuelto a vivir aquí con el niño y ahora están los dos irregular .Se puede solicitar la nacionalidad al menor que ahora tiene 2 años de posible presunción. Estan Ya empadronados aquí. Gracias .Un saludo

  50. María José dice:

    Hola tengo la nacionalidad portuguesa y el padre de mis hijos la uruguaya, mis hijos han nacido en España y tienen pasaporte uruguayo llevamos viviendo en España 12 años consecutivos mis hijos tienen 12 y 10 años quiero saber si puedo sacarles la nacionalidad española y cómo hacerlo gracias

    • gestion_machelin dice:

      Estimada María Jose,
      Debes solicitar la nacionalidad española por residencia para tus hijos.
      Este despacho realiza este trámite.
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Un saludo

    • Leticia dice:

      Hola cuanto tiempo estan tardando en otorgarle la nacionalidad por simple presunción a los nacidos en españa. Y otra duda puedo realizar un tramite de reagrupación familiar a mi cónyuge si el esta aquí
      en españa pero con residencia de estudiante?

  51. DANIELA dice:

    hola soy madre de dos niñas de 2 y 3 años mis hijas nacieron aqui en españa barcelona(vilanova i la geltru) llevo desde que nacio mi hija intentando que les den la nacionalidad por simple presuncion pero la juez de mi localidad no me lo acepta dice que desde el 12 no se aplica el valor de simple presuncion a niños de padres argentinos

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Daniela,
      Si tienes el documento de tu consulado que señala que el menor no adquiere la nacionalidad de sus padres por haber nacido en territorio español, el juez debe aprobarla.
      Mi pregunta es ¿Tienes este documento emitido por el consulado Argentino?
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Gracias
      Un saludo

  52. AHL HAMMAD dice:

    hola soy una mujer saharaui con pasaporte marroqui mis padres eran espanoles hasta el año 1976 año de la invasion marroqui al Sàhara soy nacida el año 1974 tengo aun el libro de familia español donde figura mi nombre y mis datos de nacimiento..
    me gustaria saber como proceder para recuperar la nacionalidad española..

    • gestion_machelin dice:

      Buenas tardes, para atenderte y estudiar mejor tu caso debo valorar todo tu historial
      Os ruego hagas una cita para evaluar todas las opciones posibles para llevar a cabo este trámite.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo.

  53. Diego dice:

    Hola, y en el caso de padres con doble nacionalidad, brasileña y australiana puede pedir nacionalidad para su hijo?

    • gestion_machelin dice:

      Estimado Diego,
      Para que el niño pueda obtener la nacionalidad por simple presunción es necesario que la presentación del menor en el Registro civil quede constancia de que los padres solo tienen la nacionalidad brasileña.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo.

  54. leticia dice:

    hola si yo soy argentina y mi esposo es ciudadano israelí mi bebe también sera español?

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Leticia,
      Israel no esta dentro de la lista de países para optar a la Nacionalidad por Simple Presunción.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas graciass
      un saludo.

  55. hola abogada actualmente estoy embarazada y tengo proximo mi viaje a españa..mi deseo es pedir asilo o refugio soy venezolana en caso de dar a luz a mi bebe alla que pasaria con el ? podria solicitar nacionalidad para el

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Alma,
      Los hijos de Venezolanos nacido en territorio Español, nacen venezolanos.
      Si tu te encuentras irregular el menor también estará irregular hasta que tu logres tener la residencia.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo

    • Yoselin dice:

      Hola abogada soy Boliviana y estoy embarazada en españa será que podría pedirle la nacionalidad por simple presunción de mi bebé el padre es colombiano

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimada Yoselin,

        Efectivamente, al ser el padre Colombiano y tu Boliviana, tu bebé puede obtener la nacionalidad por simple presunción al combinar ambos vuestras nacionalidades.

        Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
        Un saludo,
        Máchelin.

  56. helberth yonel soto gonzales dice:

    hola doctora machelin. somos peruanos y tenemos una niña nacida en espańa hace 15 dias podemos pedir la nacionalidad española por simple presuncion para mi hija.

    • gestion_machelin dice:

      Estimado Helberth,
      Lo último que supimos de los descendientes de ciudadanos peruanos es que no podían pedir la nacionalidad por simple presunción, porque la constitución peruana establece que los hijos de peruanos en el extranjero son peruanos.
      Mi recomendación es que vayas al consulado de Perú en Madrid y pidas el certificado correspondiente para solicitar este tipo de nacionalidad.
      Os ruego te pongas en contacto con nuestro despacho para asesorarte y brindarte la mejor opción.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo.

      • Piero Díaz dice:

        Saludos Cordiales, Abogada Máchelin Díaz. Respecto a los descendientes de ciudadanos peruanos nacidos en España. Los padres si pueden solicitar la Nacionalidad Española del bebé y/o niño(a) por el valor de simple presunción, a pesar de la modificación del Art. 52 de la Constitución Política del Perú.

        Decía el Art. 52: Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad. Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú.

        Lo que dice ahora con esta modificación el Art. 52: Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente de acuerdo a Ley. Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú.

        Lo que quiere decir este Art. es que esta norma resuelve el problema que se generaba cuando los hijos de peruanos nacidos en el exterior perdían esa condición simplemente por una función administrativa, al no ser inscritos por sus padres cuando eran menores de edad. Ahora con esta Ley, lo pueden hacer (inscribirse) los hijos de peruanos siendo mayores y sin limite de edad.

        • Máchelin Díaz dice:

          Estimado Piero,

          Tienes toda la razón, pueden pedir la nacionalidad por valor de simple presunción por nacer en España, a pesar de la modificación de la nacionalidad.

          Muchas gracias por tu aclaración.

          Un saludo,

      • Eli Rocha dice:

        Hola somos uruguayos ,y vamos q tener un hijo en España, que nacionalidad le va tocar?

  57. Cristina dice:

    Máchelin, tengo dos consultas:
    1. Mi hija mayor nació en Colombia y estuvimos allá durante varios años. Solicitamos la nacionalidad por residencia y la obtuvimos los tres. Mi hija tenía en ese momento 7 años y cuando se la otorgaron nos dijeron que ella debía jurar nuevamente después de los 18, para confirmar que quería seguir siendo española. Es real esa información? Mi hija tiene actualmente 20 años y no quiero que se me haga tarde si el trámite debe hacerse. Si es así, dónde se debe hacer? Actualmente vivimos en Colombia nuevamente.

    2.Mi hija menor nació en España, antes de que nos otorgaran a mi marido y a mi la nacionalidad española, aunque ya estaba adelantado el trámite. Su registro civil dice que se declara por simple presunción la nacionalidad española de la niña; debemos hacer algún trámite adicional o con éste ya nos quedamos tranquilos y ella seguirá siendo española.
    Muchas gracias,
    Cristina

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Cristina, ambas hijas deben ir al Consulado de España en Colombia y notificar que desean conservar la Nacionalidad Española y hacer uso de ella, inscribiéndose en el Consulado Español .
      Sabemos que el Consulado de España en Bogota esta quitando la nacionalidad a los menores que no notifiquen que la desean conservar.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo

  58. Luis dice:

    Hola buenas tardes . Si es nacido de colombiana con venezolano aplica para esa nacionalidad por presunción ?

  59. Paula dice:

    Hola tengo una bebe nacida en valencia y unos de los requisitos para solicitar la nacionalidad por simple presunción es que los padres estén empadronados y no lo estamos que podemos hacer? Muchas gracias por su atención.

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Paula,
      Pueden pedir la nacionalidad por valor de simple presunción los niños nacidos en España cuyos padres sean de las siguientes nacionalidades: Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay.
      Ambos padres deben ser de estos países, ya sean los dos del mismo país o combinados entre sí.
      Sin cumples con este requisito principal, debes acudir al registro civil del domicilio donde viven los padres y solicitarla.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo

  60. Katherine dice:

    Hola que tal queria informarme ya que tengo una beba de doS meses nacida aqui y nosotros los papas y su hermana somos uruguayosque posibimidades hay q le den la nacionalidad por presuncion?

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Katherine
      Pueden pedir la nacionalidad por valor de simple presunción los niños nacidos en España cuyos padres sean de las siguientes nacionalidades: Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay.
      Ambos padres deben ser de estos países, ya sean los dos del mismo país o combinados entre sí.
      En este caso si pueden.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo

  61. JORGE ALEJANDRO MANTILLA dice:

    BUENAS TARDES MI HIJA NACIO EN ESPAÑA HACE UN MES SOMOS COLOMBIANOS SOLICITANTES DE ASILO QUEREMOS SABER EL COSTO DE SUS SERVICIOS PARA SOLICITARLE LA NACIONALIDAD A LA NIÑA POR SIMPLE PRESUNCION ELLA NACION EN GUADALAJARA ESPAÑA YA LE TENGO LIBRO DE FAMILIA Y REGISTRO CIVIL GRACIAS

    • gestion_machelin dice:

      Buenos días Jorge,
      Tiene un coste de 400 euros
      Os ruego, te coloques en contacto con nuestro despacho para explicarte nuestros honorarios.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo

  62. Dayan Londoño dice:

    hola buenas
    somos colombianos tenemos un niño de casi 3 años nacido en España
    tenemos todos los documentos al día pero en el pueblo donde vivimos no se hace lo de simple presunción (ALGEMESI-VALENCIA)
    ya hemos ido al registro civil de Valencia pero no podemos hacerlo ya que no esta empadronado allí si no aquí en este pueblo
    no sabemos donde ir ni que hacer
    ya que en el registro civil del pueblo lo único que nos deja hacer es pedirle la nacionalidad como un extranjero mas no como nacido aquí en España.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Dayan,

      Gracias por escribirnos.

      La cabecera judicial que corresponde es Alzira, ve al registro civil de Alzira.

      Si tienes mas dudas o quieres contratar, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial, llámanos o escríbenos al 910 601 978 consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día.

      Un saludo,
      Máchelin

      • Dayan Londoño dice:

        HOLA
        hemos ido al registro civil de alzira y aunque teníamos toda la documentación no hemos podido presentarla
        se ve que cada registro tiene su política ..
        nos piden mas documentación de lo normal
        queríamos saber si este tramite también lo podemos hacer con un abogado que nos ayude a agilizar el tramite¿?…

        • gestion_machelin dice:

          Buenos días Dayan,
          Podemos agilizar la solicitud.
          Os ruego te pongas en contacto con nuestro despacho para asesorarte y brindarte la mejor opción.
          Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
          Muchas gracias
          un saludo.

          • Alejandra dice:

            Buenas noches. Somos.colombianos sin documentos tuvimos hace 6 meses un bebe en murcia. Hicimos el proceso de inscripcion y solicitud de valor por sosimple presun ion y nos fue negada la peticion por no tener residencia mi esposo y yo que podemos hace en este caso?

          • Máchelin Díaz dice:

            Estimada Alejandra,

            Se puede recurrir la resolución denegatoria, dado a que los hijos de colombianos nacidos en España tienen derecho a la nacionalidad española con valor de simple presunción. No es un requisito para que otorguen la nacionalidad española con valor de simple presunción que los padres del menor tengan residencia legal en España. Podemos valorar el caso.

            Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

            El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

            Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1

            Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
            https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services

            Un saludo,

            Machelin

        • Mirko Obregón dice:

          Hola Máchelin buenas noches.
          Mi consulta es acerca del pubto 3. En donde se pide el CERTIFICADO DE NACIONALIDAD DE CADA UNO DE LOS PADRES(en su consulado) … Se refiere a la partida de nacimiento?? Y de ser asi, el mismo consulado me lo puede dar.. O esas partidas de nacimiento las tengo que hacer traer desde mi país de origen ( Perú) ? Desde ya muchas gracias por la información que nos brindas.

    • ALIX ANDREA MATEUS OLMOS dice:

      Empadronado.en Valencia

  63. lizeth dice:

    Hola soy colombiana y tengo tarjeta comunitaria hace poco tuve mi bebe y queria saber si el puede obtener la nacionalidad automáticamente y donde presento los documentos gracias

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Lizeth, todo depende si la nacionalidad del padre de tu bebe es colombiana. Se podría solicitar la Nacionalidad por simple presunción.
      PUEDEN PEDIR NACIONALIDAD POR VALOR DE SIMPLE PRESUNCIÓN LOS NIÑOS NACIDOS EN ESPAÑA CUYOS PADRES SEAN DE LAS SIGUIENTES NACIONALIDADES:
      ARGENTINA
      BOLIVIA
      BRASIL
      CABO VERDE
      COLOMBIA
      COSTA RICA
      CUBA
      GUINEA BISSAU
      PANAMÁ
      PARAGUAY
      PERÚ
      PORTUGAL
      SANTO TOMÉ Y PRÍNCIPE
      URUGUAY
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo

      • Aymara perez dice:

        Buenos días÷ en espera del nacimiento de nuestro bebé me gustaría informarme sobre los trámites a seguir para la obtención de nacionalidad española por simple presuncion de nuestro hijo..somos ambos padres cubanos residentes de manera irregular ..nos han dicho que el consulado en Madrid no está emitiendo el documento de no inscripción..

  64. natalia dice:

    Hola queria saber en que situacion estaria mi hija que obtubo de niña la nacionalidad por simple presuncion, ahora estamos viviendo d enuevo en argentina y es argentina por opcio, no perdio la nacionalidad española? antes d elos 18 años tiene que manifestar sus ganas de seguir siendo española?? gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Natalia, efectivamente tu hija deber ir al Consulado de España en Buenos Aires y notificar su deseo de seguir teniendo la Nacionalidad Española.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo

    • Maritza dice:

      Hola Buenos días soy colombiana no tengo apeles y acabo de tener un bebé lo inscribí en el registro el bebé tiene un mes presente los documentos de simple presunción me dicen que es posible que me la nieguen por ser colombiana y no tener documentos gracias

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimada Maritza,

        La Nacionalidad Española por valor de simple presunción se encuentra establecida en el artículo 17. c) del Código Civil y establece que son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.

        Es este sentido, los hijos de colombianos tienen derecho a la nacionalidad española de origen por valor de simple presunción dado a que la Constitución colombiana no le otorga la nacionalidad colombiana a los hijos de colombianos nacidos en el exterior de forma automática.

        Por otra parte, ten encuenta que no es requisito para solicitar y que te concedan la nacionalidad española con valor de simple presunción que los progenitores del menor tengan la condición de residentes legales en España.

        Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1

        Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

        El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

        Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
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        Un saludo,

  65. Victor dice:

    Hola quisiera información de la nacionalidad española por presunción ya que yo soy cubano y mi esposa venezolana

    • gestion_machelin dice:

      Estimado Victor,

      Gracias por contactar con MÁCHELIN DÍAZ ABOGADA DE EXTRANJERÍA y consultar tus dudas.

      Pueden pedir la nacionalidad por valor de simple presunción los niños nacidos en España cuyos padres sean de las siguientes nacionalidades: Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay.
      Ambos padres deben ser de estos países, ya sean los dos del mismo país o combinados entre sí.

      En este caso el niño adquiere la nacionalidad venezolana.

      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, online o presencial indicándonos la fecha y hora en que deseas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.

      Muchas gracias

    • Danaisy dice:

      Mi esposo es hungaro y yo cubana estoy embarazada que nacionalidad tendra mi hijo, puedo pedir por simple presuncion , que debo hacer

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimada Danaisy,

        Vuestro hijo tendrá la nacionalidad de uno de los dos, el que vosotros decidáis, tendréis que inscribirlo en el Consulado de Cuba o de Hungría. Si se inscribe como húngaro, le darán el Certificado de registro de ciudadano de la Unión, que le autoriza a residir de manera legal en España. A pesar de que vuestro hijo no tendrá la nacionalidad española por valor de simple presunción, podréis solicitarla al año de haber nacido en en territorio español.

        Para más información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que deseas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos ó 608807336.

        Muchas gracias,
        Un saludo.

        • Natalia dice:

          Hola soy colombiana sin papeles y tengo una bebe de 8 meses a ella la registre en el registro español aun no le he sacado la nacionalidad quisiera saber bien q es lo q teno q hacer para q se la den

          • Máchelin Díaz dice:

            Estimada Natalia,

            Tienes que ir al consulado de Bogota en España para que te de certificado de no inscrito de tu bebe, y luego debes de ir al registro civil de tu domicilio para solicitar la nacionalidad por valor de simple presunción.

            Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

            Un saludo,
            Máchelin.

          • Mary dice:

            Hola acabamos de tener un bebé mi pareja es de Nicaragua y yo de Perú podemos solicitar la nacionalidad por simple presunción

          • Máchelin Díaz dice:

            Hola Mary,

            Pueden pedir la nacionalidad por valor de simple presunción los niños nacidos en España cuyos padres sean de las siguientes nacionalidades: Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay.
            Ambos padres deben ser de estos países, ya sean los dos del mismo país o combinados entre sí.
            En este caso el niño adquiere la nacionalidad de Nicaragua.

            Espero haberte ayudado. Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.
            El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
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            Un saludo,

      • Leslie dice:

        Buena tarde mi esposo y yo tenemos 4 meses en españa voy a tener una niña somos de colombia podemos tramitar papeles cuando le den la nacionalidad por simple presuncion a la niña?

        • Máchelin Díaz dice:

          Estimada Leslie,

          Si tan pronto a la niña le otorguen la nacionalidad española con valor de simple presunción, tu puedes solicitar la autorización de residencia por arraigo familiar por ser la madre de una menor de nacionalidad española. La autorización te la darían por un año y viene aparejada con autorización de trabajo por cuenta ajena o propia.

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          Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

          El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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          Un saludo,

          Máchelin

          • Johanna dice:

            Mi esposo y yo somos colombianos y vamos a tener un bebé en España, tenemos conocidos en las mismas condiciones que les han negado la nacionalidad por simple presunción argumentando que la nacionalidad colombiana es una opción, osea que se puede pedir en España sólo que los padres prefieren dar la española, que se puede hacer en estos casos?

        • Carlos dice:

          Buenas noches
          Y en que tiempo obtiene la nacionalidad española el niño?..
          Los padres solo obtienen permiso de residencia o nacionalidad. ?

          • Angie dice:

            Buenos días ! Mi hija nació hace 6 meses en Barcelona. Soy colombiana y su padre Paraguayo, tengo entendido que puedo solicitar la nacionalidad por simple presunción pero al llamar al registro civil de donde vivimos me dicen que Colombia le da la nacionalidad y no le darían aquí en España por simple presunción. Esta bien esto o no estaba la mujer informada ? Gracias

          • Máchelin Díaz dice:

            Hola Angie

            Para abrir este expediente de nacionalidad por simple presunción será necesario que comparezcan los progenitores o representantes legales de los niños nacidos en España, cuyos padres sean de las siguientes nacionalidades:

            Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay.
            Ambos padres deben ser de estos países, ya sean los dos del mismo país o combinados entre sí.

            Importante, que el nacimiento se inscriba primeramente en España, posteriormente a la inscripción hay que aportar los documentos consulares expedidos por el Consulado de colombia y paraguay en España, donde se acreditan la ley personal de los padres, la nacionalidad de los mismos, y la NO INSCRIPCIÓN DEL MENOR como colombiano ni paraguayo,

            Mi recomendación es que exijas al registor civil que te cojan los papales para el tramita, si te lo deniegan puedes ponerte en contacto con nosotros y te ayudamos a recurrir la denegación, pero SI, a tu bebe le corresponde la nacionalidad por simple presunción.

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            Un saludo
            Máchelin

      • Daniuska dice:

        Buenas noche,por favor necesito que me oriente,soy cubana y estoy embarazada, mi esposo también es cubano,ya el mes queviene doy a luz,dios mediante,por favor quisieramos saber si le podemos solicitar la nacionalidad por simple presunción a mi bebé cuándo nazca?
        Que documentos debemos tener para solicitarle la nacionalidad por simple presunción si usted me dice que se puede?

    • Loubna dice:

      Soy marroquí con visado de turista,mi hijo nacido hace 3semanas en España, soy madre soltera,voy hacer la inscripción en el registro Civil de Marbella mañana como madre soltera,mi consulta es puedo pedir la nacionalidad de mi hijo como español,?una vez inscrito en el registro Civil de Marbella me dirijo al consulado marroquí en España Algeciras y pido la no inscripción de mi hijo como marroquí y a continuación podría pedir la nacionalidad española para mi hijo?repito soy madre soltera y podría volver a Marruecos con el siendo español?gracias me gustaría saber y si usted en caso de dificultades en los trámites me podría llevar el caso y cuanto cobraría…yo tengo trabajo en Marruecos y vida estable allí Pero mi idea es obtener la nacionalidad española de mi hijo…. gracias

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimada Loubna,

        Si pueden solicitar la nacionalidad por valor de simple presunción, puedes ir buscar los documentos que necesitan para solicitar la nacionalidad por valor simple presunción, y uno de ellos es la no inscripción de tu hijo, y el resto de documentos. En cuanto al problema de entrada, tu hijo puede entrar como español turista, luego no tengo conocimiento que puede ser nacional marroqui tu hijo español en Marruecos.

        Pueden ponerse en contacto para realizar la solicitud a nuestro móvil 608807336.

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        Un saludo,
        Máchelin

        • Raúl dice:

          Hola estimada abogada mi pareja y yo somos de Perú, ella llego a España Con 6 meses de embarazo empadronada 3 meses ahora está en situación irregular, cuando nazca nuestro hijo podemod solicitar la nacionalidad española por simple presunción sin importar qué lleve empadronada poco tiempo,y después tramitar el arraigo familiar por circunstancias excepcionales? Gracias por su pronta respuesta.

    • Jackeline dice:

      Buenas tardes mi pareja y yo tenemos 10 meses en españa y tenemos una hija de 3 meses esta registrada en barcelona ya pedimos la nacionalidad x simple presuncion solo nos pidieron la copia de pasaportes de nosotros certificado de no inscripcion hoja de padro y la hoja de registro de la bebe mi pregunta es cuanto tiempo tendria que esperar para que me den una respuesta ? Y si le niegan la nacionalidad que es lo que deberia de hacer en ese caso

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimada Jackeline,

        Los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción suelen tardar aproximadamente 4 meses. En caso de denegación se puede interponer recurso.

        Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

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        Un saludo,

        Machelin

      • Karen Díaz dice:

        Hola somos una oareja de colombianos que tenemos la tarjeta hoja por q solicitamos la protecion internacional pero vamos a tener nuestro bebe el 12 de agosto quería saber si puedo pedir la nacionalidad de mi bebe por valor de simple presuncion o afecta en algo el proceso de procreación internacional
        Gracias por tu ayuda q Dios te bendiga

        • Máchelin Díaz dice:

          Estimada Karen,

          Efectivamente vuestro hijo tendría derecho a la nacionalidad española con valor de simple presunción. El tramite hay que iniciarlo ante el Registro Civil de la localidad. Te podemos llevar este tramite. Ahora bien, no consideramos que ello les pueda afectar en el proceso de asilo, al contrario, con un hijo español ustedes como padres se pueden beneficiar de una autorizacion de residencia por arraigo familiar.

          Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

          El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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          Un saludo,

          Machelin

          • Karen dice:

            Hola abogada soy colombiana llevo en España 4 años igual que mi esposo y mis tres hijos.Hace poco me dieron residencia temporal por circunstancias excepcionales inicial. Pero a mi esposo se la negaron por que la empresa que le ofreció el contrato no cumplía con todos los requisitos. Hay otra forma que el.pueda obtener la residencia? Muchas gracias.

          • Máchelin Díaz dice:

            Hola,
            Entiendo tu preocupación.
            Es importante conocer mas detalles sobre el tema para poder orientarles de la mejor manera y de forma más personalizada. Ponte en contacto con nuestro Despacho para agendar una cita para una consulta.
            Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
            El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
            Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1
            Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
            https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services
            Un saludo,
            Machelin

        • Daniuska dice:

          Buenas noche,por favor necesito que me oriente,soy cubana y estoy embarazada, mi esposo también es cubano,ya el mes que viene doy a luz,dios mediante,por favor quisieramos saber si le podemos solicitar la nacionalidad por simple presunción a mi bebé cuándo nazca?
          Que documentos debemos tener para solicitarle la nacionalidad por simple presunción si usted me dice que se puede?Bendiciones y salud para usted y familia,un cordial y respetuoso saludo,gracias,espero su respuesta estamos muy preocupados.
          Somos de Granada.

      • sara dice:

        Buenos días abogada mi esposo y yo somos de perú, yo estoy embarazada y llevamos 5 meses en españa y estamos con asilo político quisiera saber si mi bebe cuando nazca tendía la naciolidad española

    • Miriam dice:

      Soy peruana estoy embarazada que nacionalidad obtiene mi hijo

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimada Mairiam,

        Depende de la nacionalidad de los padres (ambos). Si lo registras como tu hijo solamente, el bebe sera peruano pero si va a estar registrado por padre y madre, la respuesta dependerá también de que nacionalidad tenga el padre. Ponte en contacto con nosotros para valorar tu caso con detalle y poder darte una respuesta mucho mas preciso a tu caso concreto.

        Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

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        Un saludo,

        Machelin

      • Guada dice:

        Hola hace un año que estamos en España estoy embarazada ya por tener a mi bebé el papá es argentino y yo paraguaya tenemos un hijo argentino de 5 años una vez que el bebé tenga la nacionalidad española podemos pedir por arraigo familiar también?

    • Genesis dice:

      Hola, tengo una duda soy Venezolana Madre soltera y mi hijo nació en España… he oído de casos que le han otorgado la nacionalidad Española ya que según el artículo 32 dice que cuando es hijo o hija de padre o Madre Venezolano se le otorga la nacionalidad siempre y cuando resida en Venezuela o declare la voluntad de acogerse a la nacionalidad Venezolana. Entonces mi duda es puedo tramitar la nacionalidad de mi hijo por simple presunción por ser madre soltera?

    • Grasiele dice:

      Hola,yo y mí marido somos brasileños y tuvimos un hijo hace dos meses. Solicitamos a nacionalidad por simple presunción y se nos denegaron con base en que podemos registrarlo en el consulado brasileño. Mi pregunta es. Hay recurso para esta petición?

    • Reynaldo dice:

      Hola MÁCHELIN DÍAZ, somos una pareja de nacionalidad Perú ,tenemos un hijo nacido en españa ya hicimos su nacionalidad por simple presunción , ya le salio su resolución nos han citado para diciembre 15. La pregunta es si podemos ya sacar su DNI en la policia y que requisitos hay que llevar para el tramitar su DNI.de antemano mil gracias por su pronta respuesta.

    • Carolina Rondon dice:

      Buenos
      Mi esposo y yo somos colombianos, no tenemos la nacionalidad española, puedo pedirle la nacionalidad a mi hijo si nació aquí en España, y qué documentos necesito.

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimada Carolina,
        Si ambos son colombianos y tu niño nacio en España puedes realizarle la nacionalidad por simple presunción a tu hijo.
        Los documentos que se necesitan son:
        1. Certificado de nacimiento literal del menor, actualizado.
        2. Certificado consular de no atribución de la nacionalidad de los padres al menor.
        3.Original y copia de la tarjeta de residencia o pasaporte en vigor de los padres; sólo a efectos de identificación, no es necesario que los padres tengan permiso de residencia en España para que prospere este expediente.
        4.Certificado consular acreditativo de la nacionalidad de los padres del menor.
        5.Certificado de empadronamiento de los solicitantes actualizado en el partido judicial en que residan.

        Si necesitas que un abogado experto en esta materia te asesore llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.
        El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
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        Un saludo,

        Machelin

      • Daniuska dice:

        Buenas noche,por favor necesito que me oriente,soy cubana y estoy embarazada, mi esposo también es cubano,ya el mes que viene doy a luz,dios mediante,por favor quisieramos saber si le podemos solicitar la nacionalidad por simple presunción a mi bebé cuándo nazca?
        Que documentos debemos tener para solicitarle la nacionalidad por simple presunción si usted me dice que se puede?Bendiciones y salud para usted y familia,un cordial y respetuoso saludo,gracias,espero su respuesta estamos muy preocupados.
        Somos de Granada.

    • Barbara dice:

      Hola quisiera saber si podría hcer nacionalidad x presunción de padre colombiano y madre ecuatoriana

    • José Ivan dice:

      Que pasa si estoy con un programa de ayuda al refugiado de OMG
      EJEMPLO CEA[R] y vivo en un hostal soy colombiano al igual que mi esposa y no puedo llevar un padrón.

    • Mirna Noguera dice:

      Como puedo conseguir cita para la presuncion de nacionalidad de un menor en el registro civil

    • Mirko Obregón dice:

      Hola Máchelin buenas noches.
      Mi consulta es acerca del pubto 3. En donde se pide el CERTIFICADO DE NACIONALIDAD DE CADA UNO DE LOS PADRES(en su consulado) … Se refiere a la partida de nacimiento?? Y de ser asi, el mismo consulado me lo puede dar.. O esas partidas de nacimiento las tengo que hacer traer desde mi país de origen ( Perú) ? Desde ya muchas gracias por la información que nos brindas.

    • David dice:

      Hola mi esposa es colombiana y yo venezolano ella esta embarazada y quería saber, si a mi hijo le sale nacionalidad por simple presunción si podrían orientar un poco lo agradezco

    • Janeth dice:

      yo soy colombiana madre soltera, y obtuve el dni español en enero 2021 …y mi hijo nació en marzo de 2020 x motivos de la pandemia, e imposibilidad de conseguir citas mi hijo aún no está inscrito ni he hecho ningún trámite de nada…quería saber como solicitar o si directamente obtiene la nacionalidad española

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