No tengo la resolución de la Residencia Humanitaria ¿Qué debo hacer?

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Hace casi un año, que se dio a conocer la noticia a través de la subsecretaria del Ministerio del Interior, Isabel Goicoechea que a los venezolanos que no tuvieran derecho a que se les otorgue el estatus de refugiado o asilado en España se les reconocería la residencia humanitaria que prevé la ley, durante un año prorrogable, para que no estén en un limbo jurídico.

En los últimos meses desde que a las personas venezolanas le están aprobado la Residencia Humanitaria cuando le deniegan el Asilo, nos ha llegado la siguiente pregunta por todas las redes sociales

Me concedieron la Residencia Humanitaria pero no me han dado la resolución y tampoco me han renovado la tarjeta roja, estoy en un limbo jurídico y mi empleador me ha echado por no tener documentos de identidad en Vigor. ¿Qué puedo hacer?

Es cierto y les ha pasado a muchas personas que el día que han tenido la cita para la renovación de la Tarjeta Roja, el funcionario les ha dicho “Su solicitud de Asilo ha sido denegada, pero le han concedido la Residencia Humanitaria. Tome su tarjeta roja vencida, váyase a su casa y espere que le llamemos por teléfono para devolverle su pasaporte y darle la resolución”

Las personas por desconocimiento se han marchado a sus casas, con la Tarjeta Roja vencida y sin ningún documento por escrito que diga que tienen aprobada una residencia y que siguen estando legales en España.

El tiempo de espera de las llamadas es de 1 semana a 2 meses, por esto, muchas personas se encuentran desesperadas ya que, sin un NIE, Tarjeta Roja en vigor en España todas las puertas se cierran y es imposible hacer cualquier tramite legal o administrativo.

En el peor de los casos las personas han perdido su trabajo y sus cuentas bancarias han sido bloqueadas hasta el momento de tener algún documento en vigor.

Realmente la Oficina de Asilo y Refugio no están expidiendo Tarjeta Roja, porque tienen esa orden, tampoco están dando la resolución porque la entregan al momento de devolver el pasaporte. Las personas se devuelven a sus casas y/o trabajos solo con la esperanza de que los llamarán para devolverle el pasaporte y la resolución.

Cuando ya tengas la resolución en mano, este documento te identifica como persona con residencia legal en España y puedes hacer uso de él, en los bancos y en tu trabajo. Incluso puedes hacer el canje del permiso de conducir con la resolución.

La resolución te documenta, el único problema que existe es que hasta que no tengas el pasaporte no podrás poner huella en la Comisaria Policial para sacar la Tarjeta de Identidad de Extranjero. (TIE)

En el caso de que no te den nada, puedes poner una queja formal para agilizar tu procedimiento, ya que, esto es completamente inadecuado porque deja a los solicitantes en un estado de indefensión por no tener ningún papel que lo documente.

Desde el despacho de Máchelin Díaz, abogados de extranjería recomendamos a todas las personas que estén en esta situación que, al momento de que los pare la policía en la calle o haya una inspección de trabajo en su lugar de trabajo, diga que en el sistema de extranjería y de la policía nacional, tienen una residencia aprobada. Efectivamente la residencia está aprobada y guardada y cualquier persona que mire el sistema de seguridad lo podrá mirar. Así, el empleador evitará tener una multa, claro está, que deberá estar dado de alta en la Seguridad Social como manda la ley.

Los beneficiarios de la residencia humanitaria aún sin resolución deben saber que realmente están legales en España, que aunque no lo tengan por escrito ellos pueden pedirle a los inspectores de trabajo o la policía, consultar en a la Delegación de Gobierno, o en el sistema de seguridad en caso de la policía y ahí encontrarán esta información, y así, podrán evitar multas y detenciones.

 


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