Nuevas medidas sobre menores migrantes no acompañados: lo que debes saber del Real Decreto-ley 2/2025
El 19 de marzo de 2025 entró en vigor una reforma legal de gran calado: el Real Decreto-ley 2/2025, aprobado por el Gobierno para hacer frente a situaciones de contingencia migratoria extraordinaria y garantizar el interés superior del menor. Esta norma introduce en la Ley de Extranjería un mecanismo que obliga a redistribuir territorialmente a menores migrantes no acompañados cuando una comunidad autónoma supera su capacidad de acogida.
Desde mi experiencia como abogada de extranjería, esta reforma abre un debate profundo sobre los límites entre la cooperación institucional y la imposición, y sobre cómo conciliar el respeto por las competencias autonómicas con la urgencia humanitaria.
¿Qué cambia con esta reforma?
1. Una nueva figura legal: contingencia migratoria extraordinaria
Se introduce en la Ley Orgánica 4/2000 un nuevo artículo 35 bis que permite declarar una “situación de contingencia migratoria extraordinaria” cuando una comunidad o ciudad autónoma triplica su capacidad ordinaria de acogida de menores extranjeros no acompañadosBOE-A-2025-5404.
2. Redistribución obligatoria entre comunidades
El Estado podrá, mediante resolución motivada, ordenar el traslado forzoso de menores a otras comunidades autónomas, incluso sin el acuerdo unánime de estas, siempre que se acredite dicha situación de emergenciaBOE-A-2025-5404.
3. Plazos muy cortos
Una vez inscrito el menor en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados, la reubicación debe realizarse en un máximo de 15 días naturalesBOE-A-2025-5404.
4. Nuevos artículos en la LOEx
Se añaden los artículos 35 ter, quáter y quinquies para definir el modelo de gestión, el plan de respuesta solidaria y los criterios objetivos que determinarán a qué comunidad será trasladado cada menor. Estos criterios incluyen:
-
Población
-
Renta disponible
-
Tasa de paro
-
Esfuerzo de atención previo
-
Infraestructura disponible
-
Realidad geográfica (fronteras, insularidad, dispersión territorial)BOE-A-2025-5404
¿Por qué se adopta esta medida?
Según el Gobierno, se ha producido un incremento del 221,4% en los últimos ocho años en la llegada de menores no acompañados, sobre todo a Canarias y Ceuta. Estas regiones ya no pueden asumir solas la tutela y protección de tantos niños y adolescentesBOE-A-2025-5404.
La norma busca garantizar una distribución más equitativa y solidaria entre territorios, en línea con el principio del interés superior del menor recogido en la Constitución, la Convención de Derechos del Niño y la Ley de Protección Jurídica del MenorBOE-A-2025-5404.
¿Qué implicaciones tiene esto en la práctica?
Como profesional del derecho de extranjería, observo varias implicaciones:
-
Positiva: Se reconoce la necesidad de actuar rápido y con coordinación cuando un sistema autonómico está desbordado. Evitar el colapso es clave para proteger a los menores.
-
Preocupante: La reubicación obligatoria sin acuerdo unánime puede tensar las relaciones entre comunidades autónomas y el Estado. Además, no todas las regiones cuentan con los recursos materiales y humanos adecuados para ofrecer una acogida digna.
-
Legalmente delicado: Aunque el interés superior del menor debe prevalecer, la imposición del Estado en competencias autonómicas sensibles como servicios sociales o tutela de menores puede generar conflictos jurídicos.
¿Y qué pasa con los derechos de los propios menores?
El decreto establece que el traslado debe hacerse con intervención del Ministerio Fiscal, y que los menores o sus representantes recibirán una certificación oficial con los datos sobre su identidad y comunidad de destinoBOE-A-2025-5404. No obstante, sigue sin quedar claro qué ocurre si el menor manifiesta preferencias personales o vínculos familiares en un territorio concreto.
Este es un punto en el que, como abogada, seguiré muy de cerca su desarrollo reglamentario y las primeras aplicaciones prácticas.
Agenda ya tu cita con nuestro equipo. Analizaremos tu solicitud, evaluaremos tu situación procesal y te diremos exactamente qué puedes hacer para realizar tus trámites de extranjería, nacionalidad o asilo.
Porque incluso en los casos más difíciles, hay soluciones si actúas a tiempo.
Consulta gratuita sobre extranjería:
Rellena este formulario:
Formulario de consulta gratuita de extranjería
Consulta gratuita sobre nacionalidad española:
Completa este formulario:
Formulario de consulta gratuita de nacionalidad española
Pasos para obtener tu consulta gratuita personalizada de 15 minutos online
Suscríbete a nuestra Newsletter
Al suscribirte, recibirás:
- Promociones exclusivas
- Novedades y actualizaciones sobre procesos migratorios.
- Acceso a consultas gratuitas personalizadas de 15 a 30 minutos (presencial o por videollamada).
👉 Suscríbete aquí
Síguenos en redes sociales
Mantente informado con los mejores consejos y actualizaciones legales:
Regálanos 5 estrellas
Agenda tu cita aquí
Nota importante:
Para que podamos atenderte en el horario programado, recuerda suscribirte a la newsletter antes de la cita. Este paso es imprescindible para validar tu consulta gratuita.