Plazo de silencio en la Ley de Nietos (LMD): cuándo empieza y qué hacer después

Plazo de silencio en la Ley de Nietos (LMD): cuándo empieza y qué hacer después

Silencio en nacionalidad por LMD/Ley de Nietos: cómputo simple y siguientes pasos. Explicado en sencillo: cuándo nace el silencio en tu opción a la nacionalidad por LMD (por abuelo/por apellidos) y qué pasos dar sin términos legales complicados.
Para que no haya líos con fechas, piensa así: desde que tu escrito entra en el órgano que debe resolver (por ejemplo, al elevar el recurso), empieza la cuenta. Si pasan 6 meses sin respuesta, se considera silencio.

3 pasos

  • Guarda el resguardo con la fecha exacta de entrada.
  • Apunta la “fecha 6 meses”. Pon un recordatorio 1-2 semanas antes para preparar el siguiente paso.
  • Si llegas a los 6 meses sin respuesta, pide cita con un profesional para valorar el paso judicial.
Importante: si tu caso es de residencia, la vía es distinta. Aquí hablamos de opción a la nacionalidad por LMD (también conocida como Ley de Nietos).

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