Prohibición de entrada a España y lista de no admisibles: cómo pedir acceso o borrado en el SIS – Máchelin Díaz

Actualizado: 15/01/2026

Prohibición de entrada a España y “lista de personas no admisibles” (SIS): qué puedes pedir y dónde se presenta

Si te han denegado la entrada, un visado o incluso el embarque, es posible que exista una prohibición de entrada o una alerta relacionada con Schengen. Por eso, conviene actuar con orden. Primero identificas el problema y, después, pides acceso, rectificación o borrado de datos cuando proceda.

✅ Acceso a tus datos ✅ Rectificación ✅ Supresión / borrado 🏛️ Secretaría de Estado de Seguridad 📌 Presentación por registro (Ley 39/2015)
Importante: pedir “borrado” no siempre equivale a “levantar” una prohibición. Sin embargo, si hay error, datos desactualizados o una inclusión indebida, esta vía puede ser decisiva.

Si el caso es de frontera, aerolínea, antecedentes o expulsión, no improvises: un paso mal dado suele complicarlo todo.

1) Cuándo sospechar que existe una alerta o prohibición

Lo normal es enterarse por una denegación. Además, a menudo te dan una explicación muy general.

  • Denegación de entrada en frontera.
  • Denegación de visado o “incidencia” en el trámite.
  • La aerolínea impide embarcar (por una verificación previa).
  • Te dicen que apareces como “no admisible” en Schengen.

En esos casos, lo más inteligente es pedir la información por la vía correcta. Así reduces incertidumbre y ganas claridad.


2) A quién se dirige la solicitud

Según el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024 (art. 28), la persona extranjera que conoce una prohibición de entrada por su inclusión en la lista de no admisibles puede canalizar, incluso a través de la oficina consular, una solicitud escrita dirigida a la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior.

En la práctica: fuera de España suele ser más directo el consulado. En España, si aplica, puede ser más ágil presentar por registro.

3) Qué puedes pedir: acceso, rectificación o supresión

Primero, el acceso sirve para saber si existen datos sobre ti y qué constan. Después, si hay fallos, pides rectificación. Por último, la supresión (borrado) se plantea cuando los datos no deberían estar, están caducados o se han incluido indebidamente.

  • Acceso: confirmar si hay datos/alertas y obtener la información que legalmente proceda.
  • Rectificación: corregir datos inexactos (identidad, fecha, pasaporte, etc.) aportando prueba.
  • Supresión: solicitar borrado por error, caducidad, suplantación u otra causa justificada.

Acordeón: cómo se presenta y qué aportar

La solicitud debe presentarse por las oficinas de registro previstas en la Ley 39/2015 (art. 16). Estas son las opciones habituales:

  • Registro electrónico de la Administración u organismo al que te diriges, y otros registros electrónicos válidos.
  • Oficinas de Correos, en la forma reglamentaria.
  • Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • Oficinas de asistencia en materia de registros.
  • Y cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Si estás fuera de España, normalmente el consulado facilita el encauce.
Si estás en España, valora el registro electrónico cuando sea posible.

La documentación exacta cambia según el motivo. Aun así, estas piezas suelen ayudar y evitan devoluciones por falta de prueba:

  • Pasaporte (y, si tienes, pasaportes anteriores).
  • Documento de denegación (entrada, visado, embarque, etc.).
  • Relato breve de lo ocurrido (fecha, lugar, quién te lo comunica y referencia).
  • Si pides rectificación: prueba del dato correcto.
  • Si pides supresión: prueba del motivo (error, caducidad, suplantación, indebida inclusión).
  • Domicilio a efectos de notificaciones y datos de contacto.
  • Si actúa representante: documento de representación.

Modelo orientativo (adáptalo a tu caso real):

A LA SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD
MINISTERIO DEL INTERIOR (ESPAÑA)

ASUNTO: Ejercicio de derecho de ACCESO / RECTIFICACIÓN / SUPRESIÓN de datos en el Sistema de Información de Schengen (SIS)

D./Dña. [NOMBRE COMPLETO], nacionalidad [PAÍS], nacido/a el [FECHA], pasaporte nº [NÚMERO],
domicilio a efectos de notificaciones [DIRECCIÓN], email/teléfono [DATOS],

EXPONE:

Que ha tenido conocimiento de una incidencia/prohibición de entrada por inclusión en la lista de personas no admisibles, con ocasión de [DENEGACIÓN DE ENTRADA / VISADO / EMBARQUE / OTRO], en fecha [FECHA], aportando [DOCUMENTO/REFERENCIA].

Que desea ejercer sus derechos sobre sus datos en el SIS y, por ello,

SOLICITA (marcar y desarrollar):
☐ ACCESO: se informe si existen datos/alertas relativos a su persona en el SIS y se facilite la información legalmente procedente.
☐ RECTIFICACIÓN: se corrijan los datos inexactos siguientes: [DETALLAR] y se tenga por aportada la prueba [PRUEBAS].
☐ SUPRESIÓN: se supriman los datos/alertas por considerar que [MOTIVO: error/caducidad/suplantación/indebida inclusión], aportando [PRUEBAS].

Se acompaña:

Copia de pasaporte.

Copia de denegación/notificación/incidencia.

Documentación adicional: [LISTA].

En [CIUDAD], a [FECHA].
Firma: _______________________

  • Presentar un escrito genérico sin fechas ni documento de denegación.
  • Confundir “supresión de datos” con “anulación automática” de una sanción.
  • No identificar el problema real (identidad, homonimia, pasaporte, sanción, etc.).
  • No presentar por un registro válido o no conservar justificante.
Por eso, en muchos casos conviene empezar por acceso y, con lo que salga, decidir si toca rectificación o supresión.

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