Recientemente escribimos sobre Empadronamiento en Barcelona sin domicilio Fijo ¿Es Posible? Muchas personas nos han llamado desde otros municipios de España preguntándonos si este articulo aplica para el resto de municipios, que si pueden empadronarse sin tener domicilio fijo en Valencia por ejemplo.
La respuesta es sí, existe una resolución que permite que todas las personas que deseen empadronarse, así no cuenten con un domicilio fijo, podrán hacerlo. Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
A continuación, citamos la ley, sobre empadronarse:
El artículo 3.3 de la Resolución de 16 de marzo de 2015 del Ministerio de la Presidencia nos ofrece una alternativa para el empadronamiento sin domicilio.
3.3 empadronamiento de personas sin domicilio.
Como se ha indicado anteriormente, el Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón.
Las situaciones más extremas pueden plantear la duda sobre la procedencia o no de su constancia en el Padrón municipal. El criterio que debe presidir esta decisión viene determinado por la posibilidad o imposibilidad de dirigir al empadronado una comunicación al domicilio que figure en su inscripción. En el caso de que sea razonable esperar que esa comunicación llegue a conocimiento del destinatario, se le debe empadronar en esa dirección.
La correcta aplicación de este criterio determina, por un lado, que se deba aceptar como domicilio cualquier dirección donde efectivamente vivan los vecinos, y, por otro, que pueda y deba recurrirse a un «domicilio ficticio» en los supuestos en que una persona que carece de techo reside habitualmente en el municipio y sea conocida de los Servicios Sociales correspondientes.
Las condiciones que deberían cumplirse para este tipo de empadronamiento son las siguientes:
– Que los Servicios Sociales estén integrados en la estructura orgánica de alguna Administración Pública o bajo su coordinación y supervisión.
– Que los responsables de estos Servicios informen sobre la habitualidad de la residencia en el municipio del vecino que se pretende empadronar.
– Que los Servicios Sociales indiquen la dirección que debe figurar en la inscripción padronal y se comprometan a intentar la práctica de la notificación cuando se reciba en esa dirección una comunicación procedente de alguna Administración Pública.
En estas condiciones, la dirección del empadronamiento será la que señalen los Servicios Sociales: la dirección del propio Servicio, la del Albergue municipal, la del punto geográfico concreto donde ese vecino suela pernoctar, etc.
Evidentemente, para practicar este tipo de inscripción no es necesario garantizar que la notificación llegará a su destinatario, sino simplemente que es razonable esperar que en un plazo prudencial se le podrá hacer llegar.
¿Qué deben hacer para empadronarse?
Debes dirigirte al Ayuntamiento que te quede más cerca, y hablar con el funcionario. Cada Ayuntamiento gestiona estos casos de manera diferente, pero casi siempre, este tema es tratado por la oficina de Servicios Sociales.
En caso de que el funcionario no esté enterado de este procedimiento, dile que revise la citada Resolución del 15 de marzo de 2015.
En caso de Madrid, Deberá acudir a los servicios sociales del distrito donde resida o ponerse en contacto con el Samur Social, puesto que la normativa padronal establece que para estos empadronamientos se necesita la previa intervención de los servicios sociales, quienes a la vista de las circunstancias establecerán el domicilio en el que lo deben empadronar.
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Hola, Soy Jose María, Trabajador Social de “orienta Alicante” servicio dirigido a personas del colectivo LGTBIQ+ y tenía una pequeña consulta en relación al empadronamiento en el ayuntamiento. Tengo un usuario (de origen de colombia) que no tiene donde empadronarse. Necesita que se haga el trámite por servicios sociales o puede acudir directamente con su cita para realizar el proceso de empadronamiento??
Hola,
En este debe acudir a los servicios sociales con la asistente social para que puedan ayudarlo.
Espero haberte ayudado. Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
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Un saludo,
Machelin
Escrito que se utiliza para solicitar el empadronamiento: https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://growproexperience.com/espana/empadronarse-en-espana/&ved=2ahUKEwjRo5eo9Y3zAhWcAGMBHYytDSoQFnoECEEQAQ&usg=AOvVaw2L_Or9K3qwae2EKMo0FI_b
Si hay Accem.es en Almería te ayudarán
Preguntaste en sos racismo, cruz roja o Cáritas?
Sino en el albergue municipal a través de la trabajadora soc de Cáritas
Ponte en contacto con stop desahucios también (PAH y sindicato de inquilinos de la zona si hay)
Buenos días!Vivo en una parcela rústica en el municipio de Chinchón (Madrid) en una Mobil home
Actualmente tengo agua de pozo,Y electricidad por medio de placas solares. Mi pregunta la siguiente.
Me podría empadronar en el Ayuntamiento de Chinchón?
Hola buenas.. Yo vivo con una familia en Valdemoro pero no se pueden empadronarme por cosas personales.. Hay solución para empadronarme?
Estimada Hayaf,
Mi recomendación es que, si tienes algún conocido éste te pueda empadronar.
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Un saludo,
Máchelin.
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Un saludo,
Máchelin.
Hola vivía en casa de mis padres con mi hija menor hasta hace unos días que me tube que ir a la calle por motivos familiares. No tengo trabajo y no se si al estar empadronado con mis padres puedo pedír un alquiler social para mi y mi hija. Alguien podría ayudarme? Gracias
Hola Alex,
Lamento tu situación. Puedes ponerte en contacto con el Centro de Asistencia Social de tu domicilio.
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Un saludo,
Hola, imprime ese escrito, rellenalo con tus datos y entrégalo en el ayuntamiento.
Ponte en contacto con el grupo de ayuda mutua de vivienda de alquiler de Madrid http://www.inquilinato.org
Escrito: https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://growproexperience.com/espana/empadronarse-en-espana/&ved=2ahUKEwjRo5eo9Y3zAhWcAGMBHYytDSoQFnoECEEQAQ&usg=AOvVaw2L_Or9K3qwae2EKMo0FI_b
Miraste? Lo hiciste?