Reagrupación desde España de cónyuge o pareja (Régimen General)


Si tu familiar ya está en España y tu caso encaja en el circuito “desde España”, podemos tramitar la reagrupación de cónyuge o pareja con estrategia documental y seguimiento.

Este supuesto es habitual cuando el familiar dependía de un permiso “vinculado al titular” (por ejemplo, familiar de estudiante, prácticas, altamente cualificado, etc.) y el titular pasa a Régimen General, o cuando el circuito permite tramitar aquí por la situación real del familiar y la oficina competente.




Honorarios:
1.600€

Revisión + preparación + presentación + seguimiento



IMPORTANTE: para tramitar la reagrupación desde España, el familiar debe estar en situación legal.

  • No puede estar con su permiso caducado fuera de plazo.
  • La vía “desde España” suele encajar cuando el familiar ya dependía del titular y el titular va a modificar a Régimen General. En estos casos, puede presentarse la reagrupación del familiar de forma coordinada con la modificación del titular.
  • Ten en cuenta que la validez del permiso del familiar suele ser la misma que la del titular. Por eso, los plazos se deben controlar como si fueran “en paralelo”.
  • Plazos clave: el familiar debe tramitar dentro del periodo legal: 60 días antes de la caducidad y hasta 90 días después. Esto aplica incluso si la modificación del titular todavía no está aprobada, siempre que esté presentada en plazo.

Conclusión: si el titular presenta la modificación dentro de los 60 días previos o 90 días posteriores a su caducidad, el familiar debe presentar su trámite en esa misma ventana para no quedar fuera de situación legal.



Qué revisamos para confirmar que procede “desde España”


  • Tu situación actual (tipo de autorización y contexto del cambio a Régimen General, si aplica).
  • Situación real del familiar en España y vía correcta según oficina competente.
  • Vínculo (matrimonio/pareja) y coherencia documental.
  • Medios económicos y vivienda adecuada cuando corresponda.


Requisitos habituales (según el caso)


Normalmente se solicita:

  • Vínculo acreditado (certificado válido y actualizado).
  • Medios económicos suficientes para la unidad familiar (según número de miembros).
  • Vivienda adecuada (cuando la oficina lo exige en este circuito).
  • Empadronamiento y, si aplica, prueba de convivencia.
  • Pasaporte del familiar en vigor.


Documentación orientativa


  • Pasaportes completos en vigor.
  • TIE / resolución del titular.
  • Certificado de matrimonio o documento de pareja (en original).
  • Apostilla/legalización y traducción jurada si procede.
  • Medios económicos (según el circuito).
  • Informe de vivienda adecuada (si aplica) + contrato/recibos básicos (si se requieren).
  • Empadronamiento.


Honorarios


Reagrupación desde España (cónyuge/pareja): 1.600€
Gastos externos (si aplican) no incluidos: tasas, certificados, apostilla/legalización, traducciones juradas, gestiones de terceros, desplazamientos.




  1. Confirmación de que el circuito correcto es “desde España”.
  2. Lista personalizada de documentos y revisión completa.
  3. Preparación y presentación del expediente.
  4. Seguimiento y respuesta a requerimientos si aparecen.


¿Siempre se puede desde España? No. Depende del caso y del criterio de la oficina competente.

¿Piden vivienda adecuada? En muchos circuitos sí, y por eso lo planificamos desde el inicio.

¿Cuánto tarda? Varía según provincia/oficina y carga de trabajo.





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🔴 URGENTE (prioritaria – de pago, primera disponibilidad):


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Cómo trabajamos


  • Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.
  • Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.
  • Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar.
  • Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
  • Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
  • Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
  • Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.

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