Reagrupación familiar · Desde origen · Ascendientes
Reagrupación familiar en Régimen General (desde origen): ascendientes
Esta es una de las solicitudes más exigentes. Lo habitual es que se pida 65+ años y una dependencia económica real y sostenida (no basta con “ayudar”: hay que probarlo con coherencia). Además, quien reagrupa suele necesitar larga duración o larga duración–UE.
Cuándo encaja
- Tu familiar (quien reagrupa) vive en España con residencia legal y encaja para solicitar esta autorización.
- El ascendiente está fuera de España y el caso requiere fase consular (visado) cuando corresponda.
- Se puede acreditar dependencia económica real y coherente con el historial familiar.
- Se cumplen medios económicos y vivienda adecuada para la unidad familiar.
Nota práctica: si se pretende reagrupar a dos ascendientes y uno no llega a 65, el caso hay que trabajarlo con estrategia probatoria (no es un “sí” automático).
Si tu caso no es Régimen General
Requisitos principales
De quien reagrupa (residente en España)
- Residencia que permita reagrupar (en esta vía, normalmente larga duración o larga duración–UE).
- Medios económicos suficientes según miembros de la unidad familiar.
- Vivienda adecuada (informe o equivalente según provincia).
- Situación documental ordenada (vigencias, datos coherentes, certificados correctos).
Del ascendiente
- Ascendiente en primer grado acreditado con certificados válidos.
- En general, 65+ años (salvo supuestos que exigen análisis de viabilidad).
- Dependencia económica acreditable y sostenida (transferencias, contexto familiar y coherencia).
- Pasaporte en vigor y documentación consular según país.
Documentos habituales (orientativo)
Vínculo familiar
- Certificados que acrediten el vínculo (en formato válido, con legalización/apostilla si aplica).
- Traducción jurada cuando corresponda.
Dependencia + medios + vivienda
- Soportes de dependencia económica (transferencias, frecuencia, importes y coherencia).
- Soportes económicos del residente en España (según su perfil: nóminas, IRPF, vida laboral, etc.).
- Vivienda adecuada (informe o prueba equivalente según el caso).
- Documentación consular adicional (formularios, tasas, fotos, antecedentes/medical si el consulado lo exige).
Punto crítico: lo que más bloquea esta vía es una dependencia “débil” o mal documentada. Aquí se prepara un relato probatorio con soportes que encajen.
Proceso (orden real)
- Revisión estratégica: confirmamos encaje (residencia del reagrupante + edad + dependencia + país/consulado).
- Lista personalizada: cerramos documentos exactos para Extranjería + Consulado.
- Preparación: coherencia, vigencias, apostilla/legalización y traducciones.
- Presentación en España por la persona residente.
- Fase consular: solicitud de visado con el paquete correcto.
- Entrada a España y pasos posteriores (TIE cuando proceda).
Más páginas de esta sección
Honorarios
- Reagrupación RG ascendientes (desde origen): 2.000€
- Gastos externos no incluidos: tasas, certificados, apostilla/legalización, traducciones juradas, costes consulares, mensajería y desplazamientos (si aplica).
Pago fraccionado: puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.
En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).
Preguntas frecuentes
¿Se puede reagrupar si el ascendiente tiene menos de 65?
En la práctica, suele requerir un análisis de viabilidad muy fino y una dependencia especialmente bien documentada (y el encaje depende del expediente completo).
¿Qué significa “dependencia económica” en la práctica?
Que existe una ayuda sostenida y coherente en el tiempo, con soportes verificables y sin contradicciones. No se trata de enviar “algo” una vez: se construye prueba sólida.
¿Por qué esta vía se deniega o se bloquea?
Por dependencia mal probada, documentos en formato incorrecto (apostilla/legalización/traducción), o incoherencias en medios económicos y unidad familiar.
¿Es lo mismo que traer a un familiar de español o de ciudadano UE?
No. Si tu familiar es español o ciudadano UE, normalmente se analiza otra vía. Por eso, antes de iniciar, confirmamos contigo el circuito correcto.
- Contenido informativo: la viabilidad depende de país/Consulado, situación del residente en España y documentación aportada.
- Gastos externos no incluidos: tasas, certificados, apostilla/legalización, traducciones juradas, costes consulares, mensajería y desplazamientos (si aplica).
- Si hay plazos, requerimientos o denegación previa, usa la consulta prioritaria para estrategia inmediata.
- Revisión de encaje y estrategia (residencia del reagrupante + edad + dependencia + país/Consulado).
- Lista personalizada de documentos (Extranjería + Consulado), con orden y forma correcta.
- Revisión de medios económicos, vivienda adecuada y coherencia del expediente.
- Preparación, presentación y seguimiento del expediente.
- Si hay requerimientos: preparación y presentación de respuesta.
- Orientación para fase consular y pasos posteriores tras la entrada.
Pago fraccionado: puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.
En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).
Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.
Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.
Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).
Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.
Contacto oficial
DÍAZ TAVAREZ ABOGADOS DE EXTRANJERÍA SLP (CIF: B88173893)
Dirección: C/ De Fortunata y Jacinta 23, Oficina 1C, 28020 Madrid (España)
Teléfono fijo (oficina): +34 910 601 978
WhatsApp principal (oficial): +34 608 80 73 36 · Escribir por WhatsApp
WhatsApp 2: +34 697 33 45 00 · Gestoría: +34 600 73 81 43 · Emergencias: +34 722 35 64 45 · RD: +1 849 936 6307
Email: [email protected]
Guarda este contacto para recibir recordatorios y ver nuestros estados.
Protección de datos
Usamos tus datos únicamente para gestionar tu consulta y, si procede, tu expediente, conforme a RGPD.
Política de privacidad ·
Política de cookies ·
Aviso legal ·
Términos y condiciones
