Recurso Por La Denegación De Asilo
En Máchelin Díaz Abogados, entendemos la complejidad y frustración que muchas personas enfrentan cuando su solicitud de asilo es denegada y se encuentran en una situación de incertidumbre jurídica. Sin embargo, existen opciones para quienes han interpuesto un recurso tras la denegación de asilo. Un aspecto clave es la prórroga de derechos tras la denegación de asilo en Madrid, un trámite que puede permitirte mantener ciertos derechos mientras tu recurso sigue en trámite. En este artículo, te explicaremos paso a paso cómo gestionar esta prórroga de derechos sin necesidad de un certificado de silencio presunto.
¿Qué es la prórroga de derechos tras la denegación de asilo?
La prórroga de derechos es un documento que permite a los solicitantes de asilo, cuyo recurso ha sido denegado, mantener algunos de los derechos que tenían mientras su solicitud inicial estaba en proceso, tales como el derecho a trabajar, residir legalmente en España y acceder a servicios públicos. Este documento es esencial para evitar caer en una situación de irregularidad administrativa y para poder continuar con tu vida laboral y personal sin interrupciones.
En situaciones como esta, es frecuente que el solicitante de asilo pierda su empleo porque ya no tiene un documento válido que acredite su estancia legal en España. Sin embargo, el sistema permite solicitar la prórroga de derechos una vez han transcurrido seis meses desde la interposición del recurso contra la denegación de asilo. Esto te dará un respiro mientras esperas la resolución final de tu caso.
Requisitos para solicitar la prórroga de derechos
A continuación, te explicamos los requisitos necesarios para solicitar la prórroga de derechos en la Oficina de Asilo y Refugio de Madrid:
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Haber presentado un recurso tras la denegación de asilo
El primer paso es haber interpuesto un recurso contencioso-administrativo tras la denegación de tu solicitud de asilo. Este recurso se puede presentar a través de un abogado especializado en extranjería y asilo, quien te guiará durante todo el proceso. En nuestro despacho, Máchelin Díaz Abogados, nos encargamos de la redacción y presentación de estos recursos, garantizando que se ajusten a los requisitos legales.
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Esperar seis meses desde la interposición del recurso
Una vez que se ha presentado el recurso, es necesario esperar un mínimo de seis meses antes de solicitar la prórroga de derechos. Durante este tiempo, la Administración tiene la obligación de resolver el recurso, pero si no lo hace, puedes tramitar la renovación de tu prórroga de derechos sin necesidad de esperar una respuesta oficial.
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Solicitud a través de la nueva plataforma
Para gestionar esta solicitud, se puede utilizar la nueva plataforma del Ministerio del Interior, la cual facilita este tipo de trámites. En muchos casos, no es necesario presentar el certificado de silencio presunto, ya que las autoridades están habilitadas para aprobar la prórroga sin este documento. Este es un cambio reciente que permite agilizar el proceso para las personas que han esperado los seis meses reglamentarios sin haber recibido una resolución.
El procedimiento para obtener la prórroga de derechos sin el certificado de silencio presunto
Gracias a los avances en los procedimientos de extranjería, ahora es posible solicitar la prórroga de derechos sin necesidad de obtener un certificado de silencio presunto. Este certificado, que acredita que la Administración no ha resuelto tu recurso dentro del plazo establecido, solía ser un requisito obligatorio para renovar los derechos de las personas en esta situación.
Sin embargo, desde Máchelin Díaz Abogados, hemos constatado que la Oficina de Asilo y Refugio de Madrid permite renovar los derechos una vez han transcurrido los seis meses sin necesidad de presentar dicho certificado. Esto simplifica el proceso para los solicitantes y evita demoras innecesarias.
Pasos para solicitar la prórroga sin el certificado de silencio presunto:
- Cita previa en la Oficina de Asilo y Refugio: El primer paso es solicitar una cita en la Oficina de Asilo y Refugio de Madrid. Recuerda que, aunque no tengas el certificado de silencio presunto, puedes proceder a pedir la prórroga si han pasado seis meses desde la interposición del recurso.
- Documentación necesaria:
- Resguardo del recurso interpuesto.
- Pasaporte en vigor.
- Tarjeta de identidad de extranjero (si está en vigor).
- Fotografía reciente tamaño carnet.
- Presentación de la solicitud: El día de la cita, acude a la Oficina de Asilo y Refugio con todos los documentos. Si todo está en orden, te otorgarán una prórroga de derechos, lo que te permitirá continuar trabajando y residiendo legalmente en España hasta que se resuelva tu recurso.
¿Qué hacer si te piden el certificado de silencio presunto?
Aunque en muchos casos no es necesario, puede ocurrir que la Administración te solicite el certificado de silencio presunto para tramitar tu prórroga de derechos. En este caso, te recomendamos que acudas a nuestro despacho para que podamos asesorarte y ayudarte a obtener este documento.
El certificado de silencio presunto se solicita cuando la Administración no ha respondido al recurso interpuesto en el plazo de seis meses, y permite al solicitante justificar que ha hecho todo lo necesario para obtener una respuesta. En Máchelin Díaz Abogados, podemos gestionar este trámite de manera rápida y eficiente, asegurando que cumplas con todos los requisitos para renovar tus derechos.
No estás solo en el proceso de renovación de tus derechos
En Máchelin Díaz Abogados, comprendemos que el proceso de asilo y extranjería puede ser complicado y estresante. Sin embargo, si tu recurso de asilo ha sido denegado, recuerda que tienes opciones para mantener tus derechos mientras esperas una resolución definitiva. Solicitar la prórroga de derechos tras la denegación de asilo en Madrid es posible, incluso sin el certificado de silencio presunto, siempre que hayas cumplido con los plazos establecidos.
Si necesitas ayuda con este trámite o cualquier otro relacionado con extranjería, asilo o nacionalidad española, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para brindarte el mejor asesoramiento jurídico y acompañarte durante todo el proceso.
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Fuentes:
La información en este artículo ha sido extraída de la experiencia práctica de Máchelin Díaz Abogados y de las siguientes fuentes externas:
- Ministerio del interior
- https://rio del Interiorwww.interior.gob.es/opencms/es/inicio/
- Oficina de Asilo y Refugio de Madrid
- https://www.foroinmigracion.es/
- Foro de Extranjería y Asilo en España
- https://www.foroinmigracion.es/
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