Régimen comunitario (UE/EEE/Suiza)

Residencia como familiar de ciudadano UE en España

Si tu familiar es ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, esta vía permite tramitar tu residencia como familiar. La clave no es “solo el vínculo”: Extranjería mira también residencia efectiva, medios económicos y, si corresponde, seguro médico.

  • Te decimos si encaja (y qué vía exacta corresponde).
  • Preparamos el expediente con pruebas coherentes (sin improvisar).
  • Presentación y seguimiento. Si hay requerimiento, lo respondemos.

⚠️ Importante: en muchas oficinas el empadronamiento “solo” no basta para probar residencia real. Se suele pedir evidencia complementaria (banco, facturas, asistencia médica, etc.).

Accesos directos

Trámites dentro del régimen comunitario

Tarjeta de familiar de ciudadano UE

Familiares (cónyuge/pareja, hijos, ascendientes y otros supuestos según encaje).

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Cónyuge de ciudadano UE

Cuando estás casado/a con ciudadano UE/EEE/Suiza y vas a residir en España.

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Si el ciudadano UE no trabaja

En ese caso el expediente suele sostenerse con fondos en cuenta + seguro médico. Abajo te dejamos los importes prácticos del despacho (PNC 2026) y lo que mira Extranjería para no requerir.

¿Qué suele pedir Extranjería?

1) Identidad y vínculo

Pasaportes/IDs en vigor + documento que acredita el vínculo (matrimonio, nacimiento, registro, tutela, etc.).

2) Residencia real en España

No basta con “estar empadronado”: suelen pedir pruebas de vida efectiva en España (movimientos bancarios, facturas, asistencia médica, contratos, etc.).

3) Medios económicos + (según caso) seguro

Si el ciudadano UE trabaja: se acredita por trabajo/actividad. Si no trabaja: fondos + seguro médico y coherencia del origen del dinero.

Medios económicos por “fondos en cuenta” (PNC 2026)

Regla usada en el despacho: 100% PNC (titular) + 50% PNC por cada miembro adicional. Si el ciudadano UE no trabaja, el expediente se sostiene en fondos + seguro médico.

Miembros % PNC Mínimo mensual (equivalente) Equivalente en cuenta (12 meses) PNC anual (14 pagas)
1 100% 628,80 € 7.545,60 € 8.803,20 €
2 150% 943,20 € 11.318,40 € 13.204,80 €
3 200% 1.257,60 € 15.091,20 € 17.606,40 €
4 250% 1.572,00 € 18.864,00 € 22.008,00 €
5 300% 1.886,40 € 22.636,80 € 26.409,60 €
6 350% 2.200,80 € 26.409,60 € 30.811,20 €
7 400% 2.515,20 € 30.182,40 € 35.212,80 €
8 450% 2.829,60 € 33.955,20 € 39.614,40 €

Lo que suele revisar la oficina (banco): extractos, saldo medio, movimientos, origen y coherencia. Si entra dinero “de golpe” sin justificar, suele venir requerimiento.

Regla práctica del despacho (para NO requerimientos): si el expediente va por “fondos”, se acredita con BANCO. En esta vía no presentamos nóminas ni “soy autónomo” como sustituto del saldo bancario. Si el comunitario es autónomo de verdad, el caso va por cuenta propia y hay que aportar actividad/ingresos reales (no solo el alta).

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Información importante (requerimientos reales, IMV y banco)



En requerimientos de comunitario, es habitual que indiquen que el empadronamiento por sí solo no acredita residencia real y efectiva y que aportes evidencias complementarias (por ejemplo, movimientos bancarios con gastos en España, asistencia médica, contratos celebrados en España, recibos de suministros, telefonía, internet, facturas, documentos de entidades públicas/privadas, billetes/sellos de entrada, IRPF, etc.).

 



Cuando se acredita por saldo o balance, en requerimientos suelen pedir certificado de saldo medio de los últimos 12 meses o, si el banco no lo emite, extracto certificado con movimientos del periodo. Si la cuenta es nueva, se aporta desde apertura + (si hace falta) otras cuentas hasta completar 12 meses.

 

Clave: justificar el origen. Si hay ingresos “de golpe” sin lógica, el requerimiento suele venir por falta de coherencia.



En algunos requerimientos se menciona expresamente que deben acreditarse medios para no convertirse en carga y que la unidad familiar no esté en vulnerabilidad económica conforme al art. 11 de la Ley 19/2021 del IMV, usando umbrales por unidad de convivencia.

 

Ejemplo de tabla que aparece en requerimientos (unidad de convivencia / euros):

Familiares (incluido solicitante) Euros
Un adulto solo 20.353,62
Un adulto y un menor / Dos adultos 28.495,07
Un adulto y dos menores / Dos adultos y un menor / Tres adultos 36.636,52
Un adulto y tres menores / Dos adultos y dos menores / Cuatro adultos / Tres adultos y un menor 44.777,96
Un adulto y más de tres menores / Dos adultos y más de dos menores / Tres adultos y más de dos menores / Cuatro adultos y un menor / Otros supuestos 52.919,41

Ejemplo adicional (IMV: cuantía mínima mensual/anual en requerimientos):

Número de familiares (incluido solicitante) Cuantía mínima mensual (promedio) Cuantía mínima anual
2 adultos 639,12 7.669,44
2 adultos y un menor o 3 adultos 786,61 9.439,32
2 adultos y 2 menores o 3 adultos y un menor o 4 adultos 934,10 11.209,20
2 adultos y 3 o más menores o 3 adultos y 2 o más menores o 4 adultos y un menor 1.081,59 12.979,08

Cómo lo aplicamos en el despacho: usamos la tabla PNC 2026 (fondos en cuenta) como referencia práctica para preparar expedientes por “fondos” y evitar requerimientos, sin perder de vista que algunas oficinas añaden el análisis IMV en requerimientos.


Si el ciudadano UE o el solicitante trabaja a distancia para empresas fuera de España, en requerimientos pueden pedir que acredites la relación laboral y la afiliación/alta en Seguridad Social y el cumplimiento de obligaciones tributarias en España.

 



Pago fraccionado: puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.

En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).



Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.

Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.

Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).

Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.

Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.

Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.

Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.



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