Regularización en España
Arraigo tras denegación de asilo (vía ordinaria)
Te decimos la vía realista para tu caso y lo preparamos de principio a fin (sin perder tiempo en opciones que no aplican).
- Estudio de viabilidad y estrategia (según tu situación y tu documentación)
- Preparación del expediente y presentación
- Seguimiento + respuestas a requerimientos
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Elige tu vía
Estas son las opciones más habituales tras una denegación o cierre del asilo. Elegimos la que puedas demostrar con más fuerza.
Vínculos
Arraigo social con vínculos
Para casos donde puedes acreditar integración y apoyo real (familiares/vínculos) con documentación coherente.
Medios económicos
Arraigo social sin vínculos
Si no tienes vínculos, la preparación depende de cómo acreditas medios y continuidad documental.
Trabajo
Arraigo sociolaboral (contrato)
Para casos con contrato y requisitos laborales que puedas sostener sin “puntos débiles” en la documentación.
Trabajo
Sociolaboral con empresa
Si la empresa contrata: revisamos viabilidad, riesgos y cómo blindar el expediente para evitar requerimientos.
Trabajo
Sociolaboral con autónomo
Si el empleador es autónomo: afinamos documentación y encaje real del caso para presentar con seguridad.
Formación
Arraigo socioformativo
Si quieres regularizarte a través de formación: revisamos encaje, documentación y estrategia de presentación.
Segunda oportunidad
Arraigo de segunda oportunidad
Para perfiles que encajan en esta vía: evaluamos requisitos y cómo documentarlo correctamente.
En vía ordinaria, lo más importante tras el asilo es presentar en el momento correcto y por la modalidad adecuada.
Muchos expedientes fallan por presentar cuando aún se mantiene condición de solicitante o por contar tiempos que no se pueden defender.
- Revisamos tu situación actual (resoluciones, recursos, notificaciones, antecedentes y prueba de permanencia).
- Definimos la vía de arraigo más viable según tu realidad documental (no “la que suena mejor”).
- Sin documentación coherente y continua, la presentación se vuelve frágil y aumenta el riesgo de requerimientos/denegación.
1) ¿Puedo pedir arraigo si todavía soy solicitante de asilo?
En general, no se recomienda presentar arraigo mientras se mantenga condición de solicitante. Hay que revisar si tu procedimiento está realmente finalizado y firme, porque ese punto suele ser determinante.
2) ¿Desde cuándo empiezo a contar tiempo para el arraigo si pedí asilo?
Tras el asilo, el cómputo de tiempo depende de tu situación y de cuándo queda cerrada y firme tu protección internacional. Por eso se trabaja con fechas exactas y documentos: presentar “por intuición” suele salir mal.
3) ¿Qué vía suele encajar mejor tras una denegación de asilo?
Depende de tu perfil: empleo y cotización (sociolaboral), integración y vínculos (social), formación (socioformativo) o segunda oportunidad. Se elige la que puedas demostrar con más fuerza.
4) ¿Necesito antecedentes penales limpios para el arraigo?
Los antecedentes pueden ser un punto crítico. Si existen, hay que estudiar cancelación, documentación y cómo afecta a la vía elegida antes de presentar, porque puede condicionar la viabilidad.
5) ¿Qué pruebas sirven para demostrar permanencia y vida en España?
Padrón e histórico, documentos sanitarios, escolarización, alquiler, movimientos bancarios, vida laboral, cursos, etc. Lo importante es continuidad y coherencia (fechas que “cuadren”).
6) ¿Qué errores suelen causar una denegación en vía ordinaria tras asilo?
Presentar en mal momento, elegir una vía sin requisitos sólidos, no justificar permanencia/continuidad, documentación contradictoria o insuficiente, o no preparar una respuesta sólida a posibles requerimientos.
- Diagnóstico completo del caso y cronología (asilo, recursos, situación actual y firmeza).
- Estrategia de regularización por la modalidad de arraigo más defendible.
- Plan documental: qué aportar y cómo justificar cada requisito.
- Preparación y presentación del expediente (según el servicio contratado) + seguimiento.
- Preparación de respuesta a requerimientos, si los hubiera.
La consulta de pago se abona en el checkout de la reserva. Si posteriormente contratas la preparación del expediente,
se informa por escrito de la forma de pago aplicable a tu servicio antes de iniciar el trabajo.
Pago fraccionado (trámites): puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.
En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).
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- Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.
- Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.
- Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).
- Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
- Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
- Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
- Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.
Contacto oficial
WhatsApp oficial (despacho): +34 608 80 73 36 — https://goo.su/vgdFHc
Teléfono oficina: +34 910 601 978
Email: [email protected]
Dirección: C/ Fortunata y Jacinta 23, Oficina 1C, 28020 Madrid (España)
Protección de datos
Responsable: DÍAZ TAVAREZ ABOGADOS DE EXTRANJERÍA SLP (CIF B88173893).
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