Renovaciones · Autónomos

Renovación de residencia y trabajo por cuenta propia

Si eres autónomo y tu tarjeta va a caducar, te ayudamos a renovar con estrategia: encajamos tu caso en el supuesto correcto, ordenamos la documentación y presentamos en Mercurio/Registro.

💼 Honorarios: 550€
🗂️ Presentación Mercurio / Registro
📍 Madrid · Atención online

Ojo: los criterios pueden variar según Oficina. Antes de presentar, revisamos tu situación real para reducir riesgos.

¿Cuándo se puede solicitar?

  • En los 2 meses previos a la caducidad.
  • También hasta 3 meses después (puede iniciarse sanción).
  • Si presentas en plazo, tu autorización queda prorrogada hasta resolución.

Tiempo de respuesta: el plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si no notifican, puede entenderse estimada por silencio administrativo (según el caso).

Requisitos principales (en claro)

  • No ser ciudadano UE/EEE/Suiza (ni familiar en régimen de Unión).
  • No tener antecedentes penales (España y países de residencia de los últimos 5 años, cuando aplique).
  • No figurar como rechazable en el espacio territorial correspondiente.
  • Si tienes menores a cargo en edad obligatoria: acreditar escolarización.
  • Encajar en uno de estos supuestos:
    • Continuas con la actividad que dio lugar a la autorización y has cumplido obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
    • Un familiar reagrupable cumple requisitos económicos para reagruparte.
    • Eres beneficiario de protección por cese de actividad.
    • Si eres autónomo económicamente dependiente, y el contrato se interrumpe/extingue por causas ajenas a tu voluntad (incluye supuestos de violencia de género o violencia sexual, cuando aplique).
    • Situaciones protegidas por la normativa: prestación contributiva por desempleo o prestación asistencial pública orientada a inserción social/laboral, cuando corresponda.

Si falta algún requisito: en algunos casos puede aportarse informe positivo de esfuerzo de integración para valoración por Extranjería.

Documentación que solemos pedirte

  • Modelo oficial EX–07 cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo en vigor.
  • TIE actual.
  • Escolarización de menores (si aplica).
  • Según tu supuesto:
    • Si continúas actividad: acreditación de continuidad y soporte de cumplimiento fiscal/Seguridad Social (lo preparamos contigo con lo que ya tengas).
    • Si cese de actividad: resolución/justificante de concesión.
    • Si autónomo dependiente y fin/interrupción: documentación que acredite causa ajena a tu voluntad.
    • Si familiar te reagrupa: vínculo familiar actualizado y medios económicos.
    • Si prestaciones: resoluciones y acreditaciones vigentes.

Si hay documentación extranjera: revisamos traducción jurada y legalización/apostilla cuando proceda.

Qué hacemos nosotros

  1. Diagnóstico: confirmamos el supuesto correcto y el punto débil del expediente.
  2. Revisión: ordenamos la documentación para que la OEX lo entienda rápido.
  3. Preparación: formularios, anexos, escritos y justificación del supuesto.
  4. Presentación: Mercurio/Registro u OEX, según tu provincia y estrategia.
  5. Seguimiento: control de notificaciones y estado.
  6. Requerimientos: si llegan, preparamos y presentamos la respuesta.

Objetivo: presentar una renovación sólida y coherente, sin contradicciones y con soporte suficiente.

Tasas (importante)

Se devengan al presentar y deben abonarse en 10 días hábiles:

  • Modelo 790 código 052 · epígrafe 2.2.3 “renovación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y propia”.
  • Modelo 790 código 062 · epígrafe 3.3.2 “autorización de trabajo para autorizaciones renovadas de residencia temporal de trabajo por cuenta propia”.

Te indicamos exactamente qué marcar y cómo pagarlo para evitar errores de epígrafe o justificante.

Preguntas frecuentes

¿Puedo renovar si he tenido un bajón de ingresos o parón en la actividad?

Depende del supuesto: continuidad con obligaciones al día, cese de actividad, prestaciones, familiar con medios para reagrupar, autónomo dependiente con fin de contrato por causa ajena, etc. Lo clave es encajar bien y documentar de forma coherente.

¿Cuánto dura la renovación?

La vigencia habitual es de 4 años, salvo que corresponda una autorización de larga duración.

Si renuevo, ¿puedo trabajar también por cuenta ajena?

Sí. La renovación habilita a trabajar por cuenta propia y por cuenta ajena, en cualquier parte del territorio nacional y en cualquier sector.

¿Qué pasa si presento fuera de plazo?

Se puede solicitar dentro de los 3 meses posteriores a la caducidad, pero puede iniciarse procedimiento sancionador. Si estás cerca de plazo, es mejor revisarlo ya y presentar con criterio.

Si conceden, ¿cuándo se hace la tarjeta?

En el plazo de 1 mes desde la notificación, se solicita la TIE en la Comisaría o servicios policiales de tu lugar de residencia.

¿Quieres que revisemos tu renovación?

Si tu tarjeta caduca pronto o tu caso tiene cambios (actividad, contratos, prestaciones), reserva y te decimos exactamente cómo presentarlo.

Pago fraccionado y checkout

  • Pago fraccionado: puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.
  • En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).

Honorarios no incluyen tasas, traducciones, legalizaciones, notarías, mensajería ni costes de terceros.

Cómo trabajamos

  1. Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.
  2. Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.
  3. Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).
  4. Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
  5. Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
  6. Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
  7. Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.

No garantizamos resultados; los plazos y criterios dependen de la Administración.

Contacto oficial

Teléfono fijo (oficina): +34 910 601 978

WhatsApp principal (oficial): +34 608 80 73 36

Email: [email protected]

Dirección: C/ De Fortunata y Jacinta 23, Oficina 1C, 28020 Madrid (España)

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