Estudios · Prácticas

Residencia por Prácticas Profesionales

Autorización de residencia para prácticas mediante convenio o contrato de trabajo en prácticas. Lo que decide el caso es cumplir los puntos clave (titulación superior, encaje académico, medios/seguro cuando corresponda y documentación bien armada).

Pregunta rápida: ¿Tienes convenio/contrato, titulación superior (obtenida en los últimos 2 años o estás cursándola), y estás regular en España si presentas desde aquí? Si falta algo, conviene corregirlo antes de presentar.




Consulta prioritaria (de pago)


Consulta gratuita 15 min (no urgente)



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Importante: si contratas el servicio, descontamos el importe de la consulta de los honorarios.

Lo que realmente se revisa

  • Convenio de prácticas o contrato de trabajo en prácticas (bien redactado).
  • Titulación superior (universidad, FP Grado Superior u otras enseñanzas superiores) obtenida en los 2 años anteriores o estar cursándola.
  • Que las prácticas sean en el mismo campo académico y al mismo nivel de cualificación.
  • Seguro médico y medios económicos cuando no hay contrato (casos con convenio).
  • Pasaporte en vigor y, si aplica, antecedentes (según situación/tiempo de estancia).
  • Presentación por la entidad de acogida (empresa/entidad) y pago de tasas.

Duración (según modalidad)

  • Con convenio: hasta 12 meses (prorrogable una vez), con límite total de 2 años.
  • Con contrato: la duración será la prevista en el contrato (según normativa laboral aplicable).

¿Se puede trabajar?

Solo en el marco aprobado: con contrato autoriza a trabajar para la entidad de acogida. Con convenio, no autoriza a trabajar.

Cómo se tramita (según dónde estés)

  • Desde España: si estás en situación regular y cumples requisitos, se tramita telemáticamente (la presenta la entidad de acogida).
  • Desde el extranjero: si resides fuera de España, normalmente necesitarás visado antes de entrar (según tu país y vía aplicable).

Qué revisamos primero (para evitar requerimientos)

  • Que el convenio/contrato sea coherente con tu titulación y describa bien funciones, horas, supervisión y duración.
  • Que el título y fechas estén claros y dentro del plazo exigido.
  • Si es convenio: seguro y medios económicos bien acreditados (y cómo se calculan en tu caso).
  • Que no haya una causa de bloqueo: irregularidad en España, documentación incompleta o encaje académico débil.

Resultado esperado

Si cumples requisitos y el expediente está bien armado, presentamos y hacemos seguimiento hasta resolución. Si falta un punto clave (convenio/contrato, encaje académico, seguro/medios o situación en España), lo correcto es corregirlo antes para no quemar la oportunidad.


Honorarios

Tasas administrativas aparte. Confirmamos vía correcta y alcance tras revisar tu caso.

  • Residencia por prácticas (desde España): 1.800€
  • Visado de prácticas (desde el extranjero): 2.000€
  • Familiar (desde España): 1.600€
  • Familiar (desde el extranjero): 1.800€

Elige una opción y te atendemos

Importante: si luego contratas el trámite, descontamos el importe de la consulta de los honorarios.



  • Esta autorización es orientativa y se aplica según la normativa vigente al presentar.
  • La solicitud la presenta la entidad de acogida (empresa/entidad) con la que se firma convenio o contrato.
  • Con convenio: suele exigirse seguro y medios económicos (IPREM) correctamente acreditados.
  • No prevé reagrupación familiar por sí misma (solo podrían acompañar familiares en supuestos muy concretos si ya venían como familiares durante la estancia por estudios).


  • Revisión inicial de encaje del caso (modalidad, fechas, situación y riesgos).
  • Revisión del convenio/contrato y propuesta de ajustes para que cumpla contenido mínimo.
  • Listado personalizado de documentación y preparación del expediente.
  • Presentación y seguimiento. Si hay requerimiento, preparamos y presentamos la respuesta.

No incluye tasas, traducciones juradas, legalizaciones/apostillas, notarías u otros costes de terceros.



Pago fraccionado (trámites): puedes pagar el 60% para comenzar ahora y el resto dentro de un mes.

En el checkout pueden aparecer opciones como VíaBill, PayPal (3 pagos) y Klarna sin intereses (según disponibilidad).

Nota: el pago fraccionado aplica a trámites, no a consultas.



  • Pago y apertura: al realizar el pago (o el 60% inicial), te enviamos la factura y abrimos tu expediente.
  • Hoja de encargo: en horario laboral te enviaremos la hoja de encargo para firma.
  • Inicio del servicio: una vez recibimos hoja de encargo firmada y la primera cuota, disponemos de hasta 7 días para comenzar (tu abogado/a te contactará con el listado personalizado).
  • Revisión y preparación: revisamos, indicamos ajustes y dejamos el expediente listo para presentar con la estrategia correcta.
  • Presentación y seguimiento: presentamos y hacemos seguimiento. Si hay requerimientos, preparamos y presentamos la respuesta.
  • Urgencias: si necesitas iniciar antes por un plazo que vence, puede aplicarse un suplemento según urgencia y complejidad.
  • Control de calidad: cuando el expediente está completo puede pasar a revisión interna (~48h), y esa revisión puede requerir ajustes o soportes adicionales.


Contacto oficial

WhatsApp oficial (despacho): +34 608 80 73 36 · Abrir WhatsApp

Fijo (oficina): +34 910 601 978

Email: [email protected]

Dirección: C/ De Fortunata y Jacinta 23, Oficina 1C, 28020 Madrid (España)

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