Resoluciones recientes de la Directora de ANECA sobre Declaraciones de Equivalencia (2023–2025): qué cambian y cómo te afectan

Resoluciones recientes de la Directora de ANECA sobre Declaraciones de Equivalencia (2023–2025): qué cambian y cómo te afectan

ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación) publica resoluciones e informes motivados “de carácter general” que sirven para aplicar criterios homogéneos en el procedimiento de declaración de equivalencia de títulos universitarios extranjeros. Estas medidas son claves porque pueden agilizar expedientes y evitar valoraciones contradictorias cuando se trata de títulos con características similares.

Qué es la “declaración de equivalencia” (y qué NO es)

La equivalencia es el reconocimiento oficial de la formación superada para la obtención de un título extranjero como equiparable a un nivel académico español (Grado, Máster Universitario o Doctorado). Es importante: la equivalencia tiene alcance académico y, por regla general, no produce efectos profesionales cuando el caso exige homologación a una profesión regulada.

Referencia oficial de ANECA sobre equivalencia: Equivalencia de títulos universitarios extranjeros (ANECA)

Resoluciones recientes (ordenadas por fecha) y qué establecen

21 de diciembre de 2023: informe general por “precedentes favorables”

Idea clave: si ya existe al menos un precedente informado favorablemente para la misma combinación de país + universidad + titulación, la nueva solicitud puede ser informada favorablemente sin necesidad de informe individualizado (salvo excepciones).

  • Qué favorece: homogeneidad y rapidez cuando el caso ya tiene precedentes favorables.
  • Cuándo NO aplica directamente: si los precedentes fueron desfavorables o favorables condicionados (en ese caso, se emite informe individualizado mientras no exista otra medida general aplicable).

10 de mayo de 2024: la carencia de TFG/TFM no se usa como criterio desfavorable

Idea clave: se modifica la resolución previa para extender el criterio: no solo se habla de TFG, sino de Trabajo Fin de Titulación (TFT), lo que amplía el alcance también a trabajos fin de máster. En la práctica, la ausencia de ese trabajo final en títulos extranjeros no debe ser, por sí sola, motivo de informe desfavorable.

  • Qué cambia: se reemplaza “TFG” por “TFT” y se indica expresamente que el criterio se extiende a TFM.
  • Por qué importa: evita que se exija realizar un trabajo final “años después” de haber concluido estudios en el extranjero.

7 de octubre de 2024: equivalencia a Grado para Licenciaturas e Ingenierías de universidades cubanas

Idea clave: se establece una medida general para solicitudes de equivalencia a nivel de Grado de determinados títulos de Licenciatura e Ingeniería de universidades cubanas (con listado en el anexo). El objetivo es que, dentro del ámbito definido, se aplique la medida sin informe individualizado.

  • A quién puede beneficiar: solicitantes con títulos cubanos incluidos en el Anexo I.
  • Qué hace la medida: permite aplicar la equivalencia a Grado de forma homogénea para los títulos listados.

24 de febrero de 2025: equivalencias a nivel de Grado para títulos de países de América Latina

Idea clave: se fija un criterio homogéneo para equivalencia a nivel de Grado para títulos procedentes de: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, Uruguay y Venezuela.

  • Para equivalencia a GRADO: se informan favorablemente las solicitudes cuando la denominación genérica del título coincide con lo detallado en el Anexo I del país correspondiente.
  • Para equivalencia a MÁSTER: aunque el título encaje, se indica que debe pedirse informe individualizado para comprobar la equiparación a nivel máster.
  • Países no incluidos: se mantiene el informe individualizado (con posibilidad de ampliar medidas a futuro).

28 de julio de 2025: equivalencia a Grado o Máster para Bachelor/Máster de Estados Unidos (instituciones acreditadas)

Idea clave: se establece una medida general para que las solicitudes de equivalencia de títulos Bachelor y Máster procedentes de instituciones acreditadas de educación superior de Estados Unidos sean informadas favorablemente a nivel de Grado y Máster Universitario, respectivamente, dentro del ámbito de aplicación de la resolución.

  • Bachelor: se destaca la equiparación de nivel, acceso a máster y duración típica de 4 años.
  • Máster: se indica acceso con grado, posibilidad de acceso a doctorado (PhD) y duración aproximada de 1 a 3 años.

Cómo saber si estas resoluciones te aplican

  • Tu país y tu institución importan: en varias resoluciones, el criterio depende del país y de si la institución está reconocida/acreditada según la norma aplicable.
  • Tu objetivo (Grado o Máster) también: por ejemplo, la resolución de América Latina es favorable para Grado cuando encaja con el Anexo, pero en Máster indica informe individualizado.
  • Si tu título no tiene TFG/TFM: la resolución de 10/05/2024 refuerza que esa carencia no debe ser motivo automático de informe desfavorable.
  • Si tu caso es una profesión regulada: puede que lo que necesitas no sea equivalencia (académica), sino homologación; son procedimientos distintos.

Fuentes oficiales


 

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