Se prorrogan las condiciones de cuarentena para personas procedentes de otros países

 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó hace unos días la Orden SND/312/2021, de 31 de marzo, por la que se prorroga por segunda vez la Orden SND/181/2021, de 2 de marzo, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de riesgo, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, produciendo efectos desde las 00:00 horas del 5 de abril de 2021 hasta las 24:00 horas del 19 de abril de 2021.

 

A continuación destacamos los aspectos más relevantes:

 

“Primero. Prórroga de la Orden SND/181/2021, de 2 de marzo, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de riesgo, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

Queda prorrogado lo dispuesto en los apartados primero, segundo y tercero de la Orden SND/181/2021, de 2 de marzo.

 

Segundo. Ratificación judicial

De conformidad con lo previsto en el artículo 11.1.i) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, confiérase traslado de esta Orden a la Abogacía General del Estado al objeto de solicitar la ratificación judicial.

 

Tercero. Efectos

La presente orden producirá efectos desde las 00:00 horas del 5 de abril de 2021 hasta las 24:00 horas del 19 de abril de 2021, pudiendo prorrogarse sus efectos de mantenerse las circunstancias que la motivan.”

 


 

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