Hoy vamos a resolver dudas de una consulta, ¿Soy español, puedo pedir residencia a familiar que lleva un o dos años residiendo en España con su familiar comunitario?
Esto dependerá del tipo de familiar del que se trate, esto aplica si es: un hijo mayor de 21 años, ascendientes, si se trata de cualquier familiar con grado de consanguinidad o afinidad, será necesario aportar la documentación necesaria que acredita dependencia económica y que este se encuentre a cargo del ciudadano español o comunitario.
Al realizar esta solicitud, en la oficina de extranjería te van a exigir pruebas que acrediten la dependencia de este familiar con el ciudadano español o comunitario.
Por ejemplo, envío de remesas antes de la entrada a España, empadronamiento conjunto desde hace más de año para el caso de hijos mayores de edad o ascendientes, para el caso de resto de familiares empadronamiento desde hace 24 meses, documentos como pagos de seguros médicos o cualquier servicio que haya sido pagado por el ciudadano español; como por ejemplo contrato telefonía móvil, pagos de estudios, de Gimnasio, de medicina entre otros.
¿Qué significa “estar a cargo”?
No hay una definición legal de este concepto, pero la Administración entiende que un familiar a cargo es aquel familiar que para alcanzar o mantener un nivel de vida digno en su país de origen o nacionalidad o en aquel que resida habitualmente requiere de la ayuda económica del español para sus necesidades básicas.
Documentos que tienen que aportar junto con la solicitud de tarjeta comunitaria:
Para solicitar autorización de residencia comunitaria los extranjeros tienen que pedir cita previa por Internet. Y presentarse en las dependencias de Oficinas de Extranjería aportando:
- Copia de todas las páginas de pasaporte.
- DNI del ciudadano comunitario, si es español o certificado de residencia comunitaria.
- Documentación que acredita parentesco con el ciudadano comunitario, certificados nacimientos, etc
- Certificado de empadronamiento familiar/conjunto/colectivo.
- Hay que aportar declaración jurada que reagrupados dependen económicamente del reagrupante.
- Los documentos que acrediten la dependencia de este familiar con el ciudadano español o comunitario:
- Empadronamiento en conjunto desde hace 1 año para hijos mayores de edad y ascendientes.
- Empadronamiento desde hace 24 meses para otro familiar en grado de consanguinidad o afinidad (hermanos, tíos, primos, nietos, etc.)
- Documentos como pagos realizado por el ciudadano español:
- Seguros médicos,
- contrato telefonía móvil
- Estudios
- Gimnasio
- Medicina
- Actividades de deportes y ocios (natación, baile, cocina)
- Transporte
- Mesada o paga
- Documentos que demuestre que familiar que se pretende reagrupar no tienes otra unidad familiar ni que percibe ingresos en su país de procedencia ( carta de soltería, certificado defunción, certificado de residencia (el mismo domicilio donde te envía el dinero, certificado de que no trabajas, ni percibes pensiones ni ayudas), certificado de estudios.
- Pruebas de la solvencia económica del reagrupante: como contrato de trabajo, nominas, declaración de la renta, en caso de ser autónomo, alta de hacienda y Seguridad social, certificado de estar al corrientes de pagos, declaraciones del IVA; Certificados bancarios, movimientos bancarios; Certificado de pensiones, de prestaciones, etc .
Motivos de posible denegación de solicitud de tarjeta de residencia comunitaria:
- Que el solicitante tenga antecedentes penales.
- No viven juntos.
- No se puede acreditar que no percibe ingresos en su país de origen o procedencia, ni que tiene otra unidad familiar
- No acreditan la solvencia económica.
- Seguro de salud de los padres o de los hijos mayores de edad tienen el periodo de carencia o carencia. En estos casos la Oficina de Extranjería argumenta que no tienen las mismas coberturas que de la Seguridad Social.
Artículos relacionados:
- Tarjeta de Familiar comunitario: ¿Diferencia entre Pareja de hecho y Matrimonio?
- Tarjeta de Familiar comunitario: ¿Tengo derecho a la Tarjeta Sanitaria?
- Tarjeta de Familiar Comunitario, ¡Últimas Novedades!
- ¿Cómo solicitar la Tarjeta de Familiar Comunitario?
Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario http://orn.wxv.mybluehost.me/website_aa43ebb9/cita-abogado-online/, las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida debes llamarnos al teléfono +34 910 601 978, 608 807 336 y solicitar una cita con nuestra abogada,
Para las personas en el extranjero, podemos agendar una consulta online vía SKYPE, puedes solicitar tu cita previa al correo consulta@machelindiaz.com.