¿Tienen permiso de trabajo los estudiantes? ¿Automática para todos? (SEM 3/2025)

¿Tienen permiso de trabajo los estudiantes? ¿Automática para todos? (Instrucción SEM 3/2025)

La posibilidad de que los estudiantes trabajen no es nueva. Fue incorporada por primera vez en el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, que modificó el artículo 42 del Reglamento de Extranjería (RLOEx). Esta reforma eliminó el antiguo sistema de autorización expresa y reconoció el derecho a trabajar hasta 30 horas semanales como parte de la estancia.

Así decía literalmente el nuevo artículo 42.1 del RLOEx tras la reforma de 2022:

“La autorización de estancia por estudios habilitará a trabajar, por cuenta ajena o por cuenta propia, cuando el empleador o el trabajador por cuenta propia cumpla con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la actividad a desarrollar.

En el caso del trabajo por cuenta ajena, el empleo deberá ser compatible con la realización de los estudios y no superar las treinta horas semanales.

En el caso del trabajo por cuenta propia, la actividad deberá ser compatible con la realización de los estudios y con su duración.

Esta habilitación para trabajar tendrá la misma vigencia que la duración de la estancia por estudios.”

Esta disposición entró en vigor en agosto de 2022 y supuso un avance significativo: ya no era necesario solicitar una autorización adicional (como se hacía antes con el modelo EX-12).


El nuevo Reglamento de 2024 (RD 1155/2024) consolida este derecho y lo traslada al actual artículo 57.1 del RLOEx, delimitando de forma más precisa quiénes se benefician de la habilitación automática:

“La autorización de estancia de larga duración habilita a trabajar por cuenta ajena o propia, hasta 30 horas semanales, si se trata de estudios superiores, formación profesional o formación sanitaria especializada.”

📄 La Instrucción SEM 3/2025 (pág. 6) aclara:

“Para programas de voluntariado, movilidad académica o cursos de idiomas no hay habilitación automática. Se requiere autorización expresa.”

Además, con el nuevo sistema, desaparece el formulario EX-12. Toda gestión —tanto si se requiere autorización expresa como si no— se canaliza mediante el modelo EX-00, simplificando el procedimiento.

Agenda ya tu cita con nuestro equipo. Analizaremos tu solicitud, evaluaremos tu situación procesal y te diremos exactamente qué puedes hacer para realizar tus trámites de extranjería, nacionalidad o asilo.
Porque incluso en los casos más difíciles, hay soluciones si actúas a tiempo.

Consulta gratuita sobre extranjería:
Rellena este formulario:
Formulario de consulta gratuita de extranjería

Consulta gratuita sobre nacionalidad española:
Completa este formulario:
Formulario de consulta gratuita de nacionalidad española

Pasos para obtener tu consulta gratuita personalizada de 15 minutos online

Suscríbete a nuestra Newsletter
Al suscribirte, recibirás:

  • Promociones exclusivas
  • Novedades y actualizaciones sobre procesos migratorios.
  • Acceso a consultas gratuitas personalizadas de 15 a 30 minutos (presencial o por videollamada).
    👉 Suscríbete aquí

Síguenos en redes sociales
Mantente informado con los mejores consejos y actualizaciones legales:

Regálanos 5 estrellas
Agenda tu cita aquí

Nota importante:
Para que podamos atenderte en el horario programado, recuerda suscribirte a la newsletter antes de la cita. Este paso es imprescindible para validar tu consulta gratuita.

Comentar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

8 + diecinueve =